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Ayudas Claras
Subvenciones Galicia Agricultura
Agricultura Galicia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a proyectos colectivos marisqueros en Galicia

Hasta 200.000€ por proyecto para equipamientos marisqueros en Galicia

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consellería del Mar para comprar equipamientos que restauren la biodiversidad marina
Para quién
Cofradías de pescadores, organizaciones de productores pesqueros y entidades asociativas del sector con sede social en Galicia
Cuánto
Hasta el 100% de la inversión subvencionable, con un máximo de 200.000€ por proyecto, sin IVA
Qué cubre
  • Compra de vehículos tractores para tareas de regeneración de los bancos marisqueros
  • Compra de elementos remolcados para remoción y arado en zonas de producción de moluscos
  • Compra de motocultores o elementos de arado mecánicos
Requisitos
  • Tu entidad es una cofradía de pescadores, una organización de productores pesqueros o una entidad asociativa de profesionales del sector pesquero
  • Tu entidad tiene la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia
  • Tu entidad es titular de un plan marisquero en régimen de cogestión
  • Tu cofradía cumple sus deberes y tiene constituidos sus órganos rectores según la normativa gallega de cofradías
  • Presentas una sola solicitud: si envías más de una, solo cuenta la primera que entre en el registro
  • La solicitud la firma el representante legal de tu entidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto dentro de los plazos de la resolución de concesión, como máximo hasta el 30 de noviembre de 2026
  • Justifica los gastos hasta el 15 de diciembre de 2026, salvo que la resolución de concesión fije otra fecha
  • Comunica al órgano concedente cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actividad
  • Lleva registros contables independientes o códigos de contabilidad específicos para las operaciones del proyecto
  • Conserva los documentos justificativos durante cinco años desde el 31 de diciembre del año del último pago
  • Da visibilidad pública al proyecto: si el coste total supera los 100.000€, instala placas o vallas publicitarias con el emblema de la UE; si no, basta un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica. En cualquier caso, incluye el logotipo de la Xunta de Galicia
Cuándo
  • Abre: 26 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 26 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una cofradía de pescadores con sede social en Galicia
  • Eres una organización de productores pesqueros gallega
  • Tu entidad asociativa está constituida por profesionales del sector pesquero
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro integrada solo por cofradías de pescadores
  • Tu entidad es titular de un plan marisquero en régimen de cogestión
  • Necesitas equipamientos para recuperar los bancos marisqueros y su entorno
  • Tu entidad no tiene la sede social en Galicia
  • Tu cofradía no cumple los deberes ni tiene constituidos sus órganos rectores
  • La autoridad competente ha declarado que tu entidad cometió fraude en ayudas pesqueras
  • Tu entidad ha cometido infracciones graves de la política pesquera común
  • Ya presentaste otra solicitud a esta convocatoria antes que esta

Cuánto puedes recibir

La ayuda puede alcanzar el 100% de la inversión subvencionable en cada una de las acciones, con un importe máximo subvencionable de 200.000€ por proyecto, sin IVA. Esa intensidad está condicionada a las disponibilidades presupuestarias: si lo solicitado supera el crédito de la convocatoria, puede ajustarse a la baja, y la Comisión de Evaluación puede limitar los gastos que considere no justificados. Si la inversión exige pagos inmediatos, puedes pedir un anticipo de hasta el 90% de la subvención concedida, que no está sujeto a garantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación: la certificación del cargo de quien firma, los estatutos de tu entidad si no eres cofradía ni federación de cofradías, y la memoria del proyecto técnico

  2. Presenta la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, firmada por el representante legal

  3. Atiende en diez días hábiles el requerimiento de enmienda si te piden datos o documentos que falten

  4. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de dos meses desde la publicación de la convocatoria

  5. Ejecuta el proyecto antes del 30 de noviembre de 2026

  6. Presenta la justificación de los gastos hasta el 15 de diciembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada (Anexo I)
  • Certificación del órgano competente que acredite el cargo de quien firma la solicitud y el acuerdo que le autoriza a presentarla
  • Copia de los estatutos de la entidad, si no es una cofradía de pescadores ni una federación de cofradías
  • Memoria del proyecto técnico o anteproyecto valorado de los equipamientos, con las acciones de los dos últimos años, las necesidades y objetivos, las acciones previstas y los indicadores de resultados
  • Relación de costes individualizados por cada actuación, con y sin IVA, y las facturas correspondientes, para justificar la ayuda

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varias solicitudes?
No. Cada entidad solo puede presentar una solicitud. Si envías más de una, solo se tiene en cuenta la primera según el orden de entrada en el registro de la sede electrónica.
¿Podemos presentar el proyecto varias entidades juntas?
Sí. Podéis concurrir como agrupación, haciendo constar en la solicitud los compromisos y el importe que corresponde a cada entidad y nombrando una entidad representante única. Si hay incumplimiento, responden todas las entidades integradas en la agrupación.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con cualquier otra ayuda o recurso público y privado, siempre que el mismo gasto no esté financiado por otro fondo europeo ni por el mismo fondo en un programa distinto, y que la suma de las ayudas no supere el coste de la actividad. Si se superan esos límites, se reduce la ayuda concedida.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
Te lo comunicarán por escrito para que en diez días hábiles envíes los datos, documentos y aclaraciones necesarios. Si no lo haces, se considera que desistes de tu petición.
¿Qué pasa si no me notifican la resolución a tiempo?
La resolución se notifica como máximo en dos meses desde la publicación de la convocatoria en el diario oficial. Si vence ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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