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Ayudas Claras
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Ayudas a asociaciones de mujeres de Mairena del Aljarafe

Hasta 3.000€ por línea para asociaciones de mujeres de Mairena del Aljarafe

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe para actividades y equipamiento de asociaciones de mujeres
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de mujeres de Mairena del Aljarafe
Cuánto
  • El 100% del coste final de la actividad, con un máximo de 3.000€
    LíneaMáximo
    Línea 1 · proyectos o actividades3.000€
    Línea 2 · inversiones en equipamientos3.000€
    El importe se calcula sobre el presupuesto que presentes y nunca supera ese máximo.
Qué cubre
  • Gastos de las actividades que realices en el municipio durante 2026

    Personal necesario para la actuación, desplazamientos, alojamiento y manutención, hasta un máximo del 75% del total de la subvención. Material fungible como papelería o correos adquirido solo para la actividad. Publicidad y difusión, conferencias, jornadas, cursos y servicios profesionales ligados al proyecto.

  • Inversiones en equipamiento para la sede de tu asociación

    Equipos informáticos, impresoras, programas, cámaras y micrófonos, con los elementos inventariables relacionados. Equipos de sonido y de iluminación. Mobiliario, que puede ser terapéutico. Actualizaciones patrimoniales.

Requisitos
  • Tu entidad es una asociación o entidad sin ánimo de lucro de mujeres de Mairena del Aljarafe
  • Está legalmente constituida e inscrita en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro del Ayuntamiento
  • Tiene una antigüedad mínima de un año en ese registro
  • No recibes del Ayuntamiento ni de sus organismos autónomos otra subvención nominativa para la misma finalidad en el mismo ejercicio
  • Presentas una sola solicitud por entidad
  • Los gastos se pagan a partir del 1 de enero de 2026 y antes del 31 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto o la actividad en la forma y los plazos establecidos
  • Justifica el gasto total del proyecto presentado en los tres meses siguientes al pago de la subvención
  • Conserva los documentos justificativos durante cuatro años
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención o ingreso que financie la actividad, en cuanto lo sepas
  • Haz constar en la información y la publicidad de la actividad que está subvencionada por el Área de Promoción y Compromiso con la Juventud y la Igualdad
  • Comunica por escrito cualquier cambio de fechas, horarios o desarrollo del proyecto y relaciónate con el Ayuntamiento por medios electrónicos
Cuándo
  • Abre: 26 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 25 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de mujeres de Mairena del Aljarafe
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro y está legalmente constituida
  • Estás inscrita en el registro municipal de entidades sin ánimo de lucro
  • Quieres financiar actividades en el municipio durante 2026
  • Necesitas comprar equipamiento o mobiliario para tu sede
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No estás inscrita en el registro municipal de entidades sin ánimo de lucro
  • Tu entidad lleva menos de un año inscrita en ese registro
  • Ya tienes una subvención nominativa del Ayuntamiento para la misma finalidad
  • Quieres presentar más de una solicitud con la misma entidad

Cuánto puedes recibir

Recibes el 100% del coste final de la actividad de acuerdo con el presupuesto que presentes, sin superar los 3.000€: ese es el máximo tanto en la línea de proyectos y actividades como en la de inversiones en equipamientos. No estás obligada a aportar una cantidad propia mínima para ejecutar el proyecto. El pago es anticipado: aprobada la resolución definitiva y aceptada la subvención, cobras el 100% del importe y no se te exigen garantías.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la solicitud firmada por la presidencia, la memoria del proyecto y el presupuesto desglosado por tipos de gasto

  2. Marca en la solicitud la línea a la que te presentas: actividades o inversiones en equipamientos

  3. Presenta todo por medios electrónicos en el Registro Electrónico Único de la sede electrónica del Ayuntamiento, dentro de los 20 días naturales

  4. Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de diez días naturales

  5. Cuando se publique la resolución provisional en el tablón de edictos electrónico, puedes alegar en diez días hábiles y, si te conceden menos de lo que pediste, reformular tu solicitud

  6. Acepta la subvención en los diez días naturales siguientes a la comunicación de la resolución definitiva

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada por la presidencia de la asociación o entidad (Anexo I)
  • Declaración responsable de que la entidad cumple los requisitos para ser beneficiaria y está al corriente de sus obligaciones, incluida en la solicitud
  • Memoria de la actividad a financiar firmada por la presidencia (Anexo II)
  • Presupuesto de la actividad desglosado por tipos de gastos (Anexo III)
  • Acta de la junta directiva aprobando la solicitud de la subvención
  • Certificado de la secretaría de la entidad con el número de socios y socias al corriente de su cuota
  • Acta de nombramiento de la actual directiva, salvo que ya esté presentada en el Ayuntamiento
  • Certificado de titularidad de la cuenta corriente de la asociación

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya recibo otra ayuda para la misma actividad?
Sí, salvo una excepción. Es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que entre todas no superen el coste de la actividad, y tienes que comunicar al Ayuntamiento que las has obtenido. La excepción: si ya tienes del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe o de sus organismos autónomos una subvención nominativa para la misma finalidad en el mismo ejercicio, no puedes ser beneficiaria de esta convocatoria.
¿Puede mi asociación presentar varias solicitudes?
No. Solo se admite una solicitud por entidad, y en ella indicas la línea a la que te presentas.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te requerirá para que lo subsanes en un plazo de diez días naturales. Si no lo haces, se te tendrá por desistida de tu petición y el expediente se archivará.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
La resolución definitiva se dicta en un plazo máximo de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin notificación, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo encargar la actividad a una empresa externa?
Sí. Puedes subcontratar con empresas o profesionales hasta el 100% de la actividad o proyecto subvencionado, pero tu asociación sigue siendo la única responsable ante el Ayuntamiento de realizarla y justificarla.

Fuentes oficiales

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