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Ayudas Claras
Ayudas Valencia Educación
Educación Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para material escolar de Infantil en Llíria

Hasta 50€ por persona beneficiaria para material escolar de 2º Ciclo de Infantil

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Llíria para la compra de material escolar de Educación Infantil.
Para quién
Padres, madres y tutores legales de alumnado de 2º Ciclo de Educación Infantil en centros públicos o privados concertados.
Cuánto
Hasta 50€ por persona beneficiaria
Qué cubre
  • Material escolar fungible: bolígrafos, libretas, gomas, rotuladores y similares
  • Compras en comercios de cualquier localidad, con posible bonificación si se hacen en establecimientos de Llíria
Requisitos
  • El menor y ambos progenitores o representantes legales estáis empadronados en Llíria

    En caso de separación o divorcio, el empadronamiento solo se exige al padre o a la madre que tenga atribuida la guarda y custodia del menor. El ayuntamiento lo comprueba de oficio.

  • El alumnado cursa 2º Ciclo de Educación Infantil en un centro público o privado concertado
  • El material comprado es fungible, quedan fuera mochilas, libros de texto y cuadernillos de trabajo
  • Solicitas la ayuda como padre, madre, tutor o tutora legal del alumnado
  • No tienes deudas locales, tributarias ni con la Seguridad Social en periodo ejecutivo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la ayuda con las facturas detalladas del material que presentas con la solicitud
  • No puedes cobrar un importe superior al total de las facturas admitidas
  • No percibas otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
  • Autoriza al ayuntamiento a comprobar que estás al corriente de pagos o aporta tú los certificados
  • Si te requieren subsanación, aporta la documentación en 10 días hábiles o se archivará tu solicitud
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre o tutor legal de alumnado de 2º Ciclo de Educación Infantil
  • Tu hijo o hija estudia en un centro público o privado concertado
  • El menor y ambos progenitores estáis empadronados en Llíria
  • Has comprado material escolar fungible para el curso 2026-2027
  • Conservas la factura detallada de ese material
  • El alumnado cursa un nivel distinto del 2º Ciclo de Educación Infantil
  • Solo compraste mochilas, libros de texto o cuadernillos de trabajo
  • El menor o sus progenitores no están empadronados en Llíria
  • Percibes otra ayuda destinada a la misma finalidad
  • Tienes deudas locales, tributarias o con la Seguridad Social en periodo ejecutivo

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 50€ por persona beneficiaria. Nunca cobras más de lo que sumen las facturas admitidas que presentes. Si el crédito se queda corto para todas las solicitudes, se paga por orden de prioridad hasta agotarlo, de modo que la última ayuda puede abonarse solo en parte. El pago se hace en un único ingreso cuando termina la tramitación del expediente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Compra el material escolar fungible y guarda la factura detallada con el nombre del alumno o alumna

  2. Rellena la declaración responsable, firmada por ambos progenitores o tutores salvo separación legal

  3. Cumplimenta el modelo oficial de instancia dirigido a la Concejalía de Educación

  4. Presenta la solicitud en el registro de la Oficina de Atención al Ciudadano o en la sede electrónica del ayuntamiento

  5. Consulta las listas provisionales en el tablón de edictos electrónico y subsana o alega si es necesario

Documentación necesaria

  • Solicitud debidamente formulada en el modelo oficial de instancia
  • Acreditación de la representación y documento de identidad de quien la ejerce, si actúas en representación
  • Facturas del material adquirido, detalladas y con identificación del alumno o alumna beneficiaria
  • Ficha de mantenimiento de terceros de una cuenta bancaria a nombre del padre, madre o tutor legal, salvo que ya fueras persona beneficiaria de estas ayudas el curso anterior y mantengas la misma cuenta
  • Declaración responsable cumplimentada y firmada por ambos progenitores o tutores
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, solo si no autorizas las comprobaciones

Preguntas frecuentes

¿Tengo que comprar el material en una tienda de Llíria?
No. Se admiten facturas emitidas por comercios de cualquier otra localidad, aunque las compras realizadas en establecimientos de Llíria pueden bonificarse.
¿Entran los libros de texto y la mochila?
No. Solo se subvenciona material fungible como bolígrafos, libretas, gomas o rotuladores. Quedan expresamente excluidos mochilas, libros de texto y cuadernillos de trabajo.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
Se prioriza por curso académico, con preferencia de los cursos superiores sobre los menos avanzados. Los empates se dirimen por orden alfabético según el sorteo de la Conselleria de Educación. Se paga hasta agotar el crédito, incluso abonando solo una parte de la última ayuda.
¿Puedo cobrar además otra ayuda para lo mismo?
No. Estas subvenciones son incompatibles con otras ayudas, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad, vengan de donde vengan.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 6 meses desde el día siguiente al final del plazo de solicitudes. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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