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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Empleo
Empleo Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención a entidades para orientación laboral en Asturias

443,90€ por itinerario de orientación para entidades sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Servicio Público de Empleo de Asturias para itinerarios de orientación profesional y autoempleo
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro que realicen acciones de orientación profesional y autoempleo
Cuánto
  • Importe según el número de itinerarios de inserción que te concedan
    ConceptoImporte
    Hora de atención en orientación, motivación y asesoramiento44,39€
    Itinerario de orientación443,90€
    Máximo por cada participante en acciones formativas882€
    Precio medio de las píldoras formativas por persona a atender, a efectos de cálculo250€
    El importe de cada entidad resulta de multiplicar el número de itinerarios concedidos por el precio de cada uno.
Qué cubre
  • Costes de orientación, motivación y asesoramiento a las personas atendidas
  • Píldoras formativas de corta duración para los participantes
  • La contratación de un coordinador a jornada completa
Requisitos
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro y lo acredita con su escritura y estatutos
  • Presentas un proyecto-memoria con las acciones de orientación y autoempleo que vas a realizar
  • Dispones de locales adecuados en las localidades que solicitas, o te comprometes a tenerlos antes de empezar
  • Tu solicitud obtiene al menos 20 puntos en la valoración
  • Puedes facilitar a las personas desempleadas el acceso a las acciones formativas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Atiende a todas las personas que te remita el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias
  • Incluye en cada itinerario al menos tres acciones y un seguimiento para que la persona cuente como atendida
  • Anota en la aplicación informática los servicios en el momento en que se prestan a cada participante
  • Presenta la justificación en el plazo de un mes desde que finalicen las acciones
  • Comunica cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actividad
  • Haz constar en tu información y publicidad que las acciones están subvencionadas por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro
  • Quieres realizar acciones de orientación profesional y autoempleo
  • Tienes experiencia en programas de orientación profesional para el empleo
  • Dispones de locales en las localidades donde quieres desarrollar las acciones
  • Puedes ofrecer píldoras formativas de corta duración a los participantes
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu solicitud no alcanza el mínimo de 20 puntos de valoración
  • No dispones de locales adecuados en las localidades que solicitas ni puedes comprometerte a tenerlos antes de que empiecen las acciones
  • Tu entidad no queda entre las doce mejor puntuadas

Cuánto puedes recibir

Cobras en función del número de itinerarios de inserción que te concedan. Cada itinerario de orientación se valora en 443,90€, cantidad que sale de multiplicar el precio hora de 44,39€ por las 8,75 horas de atención media al usuario más 1,25 horas de coordinación. A ese precio se suma la formación, con un máximo de 882€ por cada participante en las acciones formativas. La anualidad de 2026 se abona anticipadamente al 100% una vez iniciadas las actuaciones.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la acreditación de tu entidad, sus estatutos y la tarjeta de identificación fiscal

  2. Elabora el proyecto-memoria de las acciones según el modelo del Servicio Público de Empleo

  3. Presenta la solicitud y la documentación por medios electrónicos en la sede electrónica del Principado de Asturias

  4. Subsana en diez días hábiles si te requieren documentación que falte

  5. Consulta la resolución de concesión en el Boletín Oficial del Principado de Asturias

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo normalizado que acompaña a la Resolución
  • Acreditación de la persona que solicita en nombre de la entidad y su poder de representación
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Escritura pública y estatutos de constitución que acrediten la ausencia de ánimo de lucro
  • Proyecto-memoria de las acciones a realizar, según el modelo del Servicio Público de Empleo
  • Certificación o informe de las administraciones que concedieron programas anteriores
  • Declaración responsable de que puedes facilitar a las personas desempleadas el acceso a las acciones formativas

Preguntas frecuentes

¿Cuántas entidades pueden resultar subvencionadas?
El número máximo es doce. Son las que, superando la puntuación mínima de 20 puntos, obtengan mayor puntuación en el baremo.
¿Es compatible con otras ayudas para lo mismo?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, públicos o privados, siempre que en conjunto no superen el coste de la actividad subvencionada.
¿Puedo subcontratar parte del programa?
Puedes subcontratar hasta el 50 por cien de la ejecución. Si lo concertado con terceros supera el 20 por ciento del importe de la subvención y 60.000 euros, el contrato debe formalizarse por escrito y autorizarse previamente.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El Servicio Público de Empleo te requerirá para que subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te considerará desistido de tu petición.
¿Hasta cuándo puedo ejecutar los itinerarios?
El plazo de ejecución empieza el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión y finaliza el 31 de octubre de 2028.

Fuentes oficiales

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