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Ayudas Claras
Subvenciones Illes Balears Agricultura
Agricultura Illes Balears Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a inversiones en explotaciones lecheras de Baleares

Inversiones en explotaciones de bovino lechero; plazo hasta el 20 de noviembre de 2026

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del fondo agrario y pesquero balear para invertir en explotaciones de bovino lechero
Para quién
Titulares y cotitulares de explotaciones agrarias de bovino lechero de las Illes Balears, y agrupaciones de agricultores
Cuánto
  • El 25,00 % del coste de la inversión auxiliable, ampliable con incrementos hasta un máximo del 40,00 %
    ConceptoCuantía
    Porcentaje base de la ayuda25,00 % de la inversión auxiliable
    Incrementos por condiciones+5, +10 o +20 puntos porcentuales
    Tope del porcentaje40,00 % (50,00 % con ayuda de instalación de joven agricultor)
    Inversión auxiliable mínima5.000,00 €
    Inversión máxima auxiliable70.000,00 € por UTA, hasta 1.000.000,00 €
    El límite de 1.000.000,00 € es por persona beneficiaria y convocatoria en esta línea. En todo el periodo 2023-2027 la inversión máxima auxiliable es de 1.500.000,00 € por persona beneficiaria, o de 2.000.000,00 € en cooperativas y sociedades agrarias de transformación de más de 12 UTA.
Qué cubre
  • Inversiones para modernizar y mejorar tu explotación agraria
  • Inversiones colectivas de agrupaciones de agricultores, como maquinaria o compras en común
Requisitos
  • Eres titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el registro autonómico de explotaciones agrarias, con los datos actualizados en los cinco años anteriores al fin del plazo de solicitudes
  • Tienes la competencia y la cualificación profesionales adecuadas en materia agraria
  • Dispones de un plan de mejora en el que al menos el 80,00% de la inversión auxiliable se destina al sector bovino lechero
  • Tu explotación alcanza el volumen mínimo de trabajo agrario exigido en tu isla

    Al menos 0,75 unidades de trabajo agrario (UTA) en Mallorca, 0,75 UTA en Menorca, 0,5 UTA en Ibiza y 0,3 UTA en Formentera.

  • Tu explotación es económicamente viable según las condiciones de la convocatoria
  • Obtienes al menos 73 puntos de los 292 posibles del baremo de valoración de esta línea
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza y justifica las inversiones aprobadas en seis meses si compras maquinaria, o en doce meses para el resto, desde que te notifican la concesión
  • Mantén las inversiones y su uso previsto durante al menos cinco años desde el pago de la ayuda, o tres años si eres pyme y mantienes inversiones o puestos de trabajo
  • Incrementa un 5,00% tus ingresos agrarios iniciales en uno de los cinco años posteriores a la solicitud
  • Mantén la puntuación obtenida en la propuesta de concesión hasta que cobres la ayuda
  • Mantén los requisitos al menos seis meses desde que acaba el plazo de solicitudes y, en todo caso, hasta el pago de la ayuda
  • Sométete a los controles y comprobaciones de las administraciones y facilita la información que te pidan
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una explotación agraria de bovino lechero en las Illes Balears
  • Vas a invertir en modernizar o mejorar tu explotación
  • Dispones de un plan de mejora para tu explotación
  • Formas parte de una agrupación de agricultores que compra maquinaria en común
  • Tu explotación está fuera de las Illes Balears
  • Menos del 80,00% de tu inversión se destina al sector bovino lechero
  • Tienes menos de 18 años
  • Tu explotación no llega al volumen mínimo de trabajo agrario de tu isla
  • Tu explotación no es económicamente viable
  • Eres una agrupación y la inversión es una infraestructura de uso común, como caminos o redes de riego

Cuánto puedes recibir

Cobras un porcentaje del coste de tu inversión auxiliable: el importe base es del 25,00 %. Ese porcentaje sube 5 puntos porcentuales por condiciones como tener la explotación en Menorca o destinar al menos el 20,00 % de la inversión a circuitos cortos de comercialización, 10 puntos porcentuales por condiciones como estar en Ibiza o Formentera, ser mujer la titular o tratarse de inversiones colectivas, y 20 puntos porcentuales si eres agricultor profesional o titular de una explotación agraria prioritaria; sumadas todas, la ayuda no puede pasar del 40,00 % del coste total de la inversión auxiliable, salvo para jóvenes agricultores o explotaciones que han incorporado a uno con la ayuda de instalación concedida en las convocatorias que indica la resolución, que llegan al 50,00 %. Tu inversión auxiliable debe ser de al menos 5.000,00 € y, en esta línea, la máxima auxiliable es de 70.000,00 € por unidad de trabajo agrario (UTA) hasta 1.000.000,00 € por persona beneficiaria y convocatoria. En ningún caso la ayuda supera el coste de la actividad, y la concesión se decide por concurrencia competitiva entre las solicitudes de la línea.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena el formulario de solicitud según el modelo publicado por el organismo convocante

  2. Reúne la documentación que debe acompañar a la solicitud

  3. Presenta la solicitud en el registro del organismo convocante o de la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural

  4. Tramítala por el procedimiento telemático de la sede electrónica autonómica si estás obligado a relacionarte electrónicamente

  5. Presenta una sola solicitud por línea de ayuda: si presentas varias, solo cuenta la última

  6. Espera la resolución, que se publica en el boletín oficial autonómico

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud según el modelo del organismo convocante
  • Plan de mejora con el contenido del modelo que publica el organismo convocante
  • Tres presupuestos o facturas proforma de las inversiones, o uno solo si el gasto es inferior a 5.000,00 €
  • Copia del NIF, de los estatutos sociales inscritos y del documento que acredite la representación, si eres persona jurídica
  • Documentación acreditativa de las condiciones que aumentan el porcentaje de ayuda, si te opones a que se comprueben de oficio
  • Documentación que acredite que al menos el 33,00% de los cargos del órgano de dirección son mujeres, si alegas esa condición

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo se admite una solicitud por persona beneficiaria y línea de ayuda. Si presentas más de una, únicamente se tiene en cuenta la última que hayas presentado.
¿Qué pasa si se piden más ayudas que dinero hay disponible?
Las solicitudes se ordenan por la puntuación que obtienen con los criterios de prioridad de la convocatoria y se atienden de mayor a menor puntuación dentro de cada línea de ayuda.
¿Cuánto tardan en contestarme?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde que acaba el plazo de presentación de solicitudes, y se notifica mediante publicación en el boletín oficial autonómico. Si pasa ese plazo sin resolución, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Se puede recurrir la resolución que aprueba esta convocatoria?
Sí. Puedes interponer un recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

Fuentes oficiales

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