Ayudas a inversiones en explotaciones agrarias de Baleares
Subvención para modernizar explotaciones agrarias en Baleares, hasta noviembre de 2026
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera balear para modernizar explotaciones agrarias.
- Para quién
- Agricultores y ganaderos titulares de una explotación agraria, empresas agrarias y agrupaciones de agricultores.
- Cuánto
- El 25,00 % del coste de la inversión, ampliable hasta el 40,00 % (50,00 % para jóvenes agricultores)
- Qué cubre
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- Construcción, compra (incluido el arrendamiento financiero) o mejora de bienes inmuebles, salvo la compra de terrenos
- Compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipamiento nuevos
- Costes generales ligados a esas inversiones, como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores y estudios de viabilidad, con un máximo del 10,00 % de la inversión subvencionable en esos conceptos
- Programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas
- Inversiones colectivas de una agrupación de agricultores, como maquinaria o compras en común
- Requisitos
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- Tienes al menos 18 años
- Eres titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el registro autonómico, con los datos actualizados en los últimos cinco años
- Tienes la competencia y la cualificación profesionales adecuadas en materia agraria
- Obtienes al menos 100,5 puntos de un máximo de 402 en los criterios de valoración; en la línea del sector bovino lechero, 73 puntos de un máximo de 292
- Tu explotación alcanza el volumen mínimo de trabajo agrario exigido
UTA es la unidad de trabajo agrario que mide el volumen de trabajo de la explotación.Isla Volumen mínimo Mallorca 0,75 UTA Menorca 0,75 UTA Ibiza 0,5 UTA Formentera 0,3 UTA - Tu explotación es económicamente viable y la inversión auxiliable suma al menos 5.000 €
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta y justifica las inversiones aprobadas en el plazo fijado: seis meses si compras maquinaria y doce meses para el resto de inversiones, contados desde la notificación de la concesión
- Mantén las inversiones y el uso previsto durante al menos cinco años desde el pago de la ayuda, o tres años si se trata de inversiones o puestos de trabajo mantenidos por pymes
- Incrementa un 5,00 % los ingresos agrarios iniciales en alguno de los cinco años posteriores a la solicitud de la ayuda
- Mantén los requisitos y los criterios de valoración al menos seis meses desde que acaba el plazo de solicitud y, en todo caso, hasta que cobres la ayuda
- Conserva hasta el pago de la ayuda la puntuación mínima obtenida en la propuesta de concesión
- Acredita las condiciones que aumentan el porcentaje de la ayuda; si no lo haces, se modificará el importe concedido
- Si te has incorporado a la actividad agraria en los últimos doce meses, cumple los requisitos pendientes en un plazo de cuarenta y ocho meses
- Si sois una agrupación sin personalidad jurídica, nombrad una persona representante única y no la disolváis hasta que pasen los plazos de prescripción
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el registro autonómico
- Quieres modernizar o mejorar tu explotación agraria
- Vas a hacer una inversión de al menos 5.000 € en la explotación
- Tu explotación está en Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera
- Eres del sector bovino lechero y al menos el 80,00 % de tu inversión se destina a ese sector
- Formas parte de una agrupación de agricultores que gestiona inversiones colectivas
- Te dedicas al sector agrario y tienes la cualificación profesional adecuada
- La inversión auxiliable que solicitas no llega a 5.000 €
- Tu explotación no está inscrita en el registro autonómico de explotaciones agrarias
- Tu explotación no alcanza el volumen mínimo de trabajo agrario exigido
- No llegas a la puntuación mínima de los criterios de valoración
- Eres una agrupación de agricultores sin explotación propia y quieres financiar infraestructuras de uso en común, como caminos, redes de riego o instalaciones eléctricas
Cuánto puedes recibir
El importe base de la ayuda es el 25,00 % del coste de la inversión auxiliable. Ese porcentaje sube 5 puntos porcentuales por cada condición que cumplas, como tener la explotación en Menorca, más del 50,00 % de la superficie agraria útil en zonas desfavorecidas de montaña, producción integrada certificada, al menos un 25,00 % de la superficie en la red Natura 2000 o destinar al menos el 20,00 % de la inversión a circuitos cortos de comercialización. Sube 10 puntos porcentuales por cada condición como tener la explotación en Ibiza o Formentera, ser mujer titular (o que al menos el 33,00 % de los cargos del órgano de dirección sean mujeres), tener certificación ecológica, hacer inversiones colectivas o destinar al menos el 50,00 % de la inversión a regadíos. Y sube 20 puntos porcentuales si eres agricultor profesional o titular de una explotación agraria prioritaria. Sumadas todas, la ayuda no puede pasar del 40,00 % del coste total de la inversión auxiliable, salvo para jóvenes agricultores o explotaciones que han incorporado a uno, que llegan al 50,00 %. La inversión máxima auxiliable se calcula a razón de 70.000 € por UTA. Además, esta convocatoria limita la inversión auxiliable a 1.000.000 € en la línea general y en la del sector bovino lechero, y a 100.000 € en la línea de inversiones de como máximo 100.000 €. La inversión auxiliable mínima es de 5.000 € y la ayuda nunca puede superar el coste de la actividad. Solo se tienen en cuenta las condiciones de incremento que señales en la solicitud dentro de plazo.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu explotación está inscrita en el registro autonómico de explotaciones agrarias con los datos actualizados
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Descarga el modelo de solicitud que publica el fondo agrario y pesquero balear y rellénalo por completo
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Prepara el plan de mejora y los presupuestos o facturas proforma de las inversiones que quieres hacer
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Señala en la solicitud las condiciones de incremento de la ayuda y los criterios de prioridad que cumples
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Presenta la solicitud en el registro del fondo agrario y pesquero balear, en el de la consejería de Agricultura o en cualquier otro registro administrativo
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Si estás obligado a relacionarte electrónicamente, tramítala por el procedimiento telemático de la sede electrónica de la comunidad autónoma
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Espera la resolución, que se publica en el boletín oficial de las Illes Balears
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud según el modelo del fondo agrario y pesquero balear
- Plan de mejora con el contenido del modelo que publica el fondo agrario y pesquero balear
- Tres presupuestos o facturas proforma de las inversiones; basta uno solo si el gasto es inferior a 5.000 €
- Copia del NIF, de los estatutos sociales inscritos y del documento que acredite la representación, si eres persona jurídica
- Documentación acreditativa de los requisitos, si te opones a que se comprueben de oficio
- Documentación que acredite que al menos el 33,00 % de los cargos del órgano de dirección son mujeres, si ese es tu caso