Subvenciones a hermandades y cofradías de Posadas
Subvención de hasta el 80% del coste para hermandades y cofradías de Posadas
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Posadas para los gastos de las salidas procesionales.
- Para quién
- Hermandades y cofradías de Posadas que celebran desfiles procesionales.
- Cuánto
- Cantidad fija de 500€ por hermandad o cofradía beneficiaria, más una parte variable según los pasos procesionados, con el tope del 80% del coste de la actividad
- Qué cubre
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- Velas y adornos florales
- Bandas de música
- Restauración del patrimonio artístico que procesiona por la calle
- Requisitos
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- Tu entidad no tiene ánimo de lucro
- Tu entidad está inscrita en el Registro de entidades religiosas
- Tu entidad tiene su domicilio en Posadas
- Programas y realizas acciones con un fin cultural, artístico o turístico
- Presentas una memoria o proyecto de la actividad, fechado y firmado
- Has justificado las subvenciones municipales que recibiste en ejercicios anteriores
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad cultural tal y como la presentaste en el proyecto
- Justifica el 100% del importe con facturas emitidas durante 2026
- Presenta la justificación en los tres meses siguientes a la finalización de la actividad
- Incluye los logotipos de la Concejalía de Cultura y del Ayuntamiento de Posadas en lo que publicites
- Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda que obtengas para la misma actividad
- Conserva las facturas y los justificantes de pago mientras puedan comprobarte
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu hermandad o cofradía celebra desfiles procesionales en Posadas
- Tu entidad no tiene ánimo de lucro
- Tu entidad está inscrita en el Registro de entidades religiosas
- Vas a pagar velas, bandas de música o adornos florales durante 2026
- Quieres restaurar el patrimonio artístico que procesiona por la calle
- Tu entidad no realiza desfiles procesionales en la localidad
- Quieres financiar una actividad que no sea un desfile procesional
- Tu entidad no tiene su domicilio en Posadas
- No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
- No justificaste una subvención municipal concedida en ejercicios anteriores
- Ya has recibido otra subvención de esta convocatoria este año
Cuánto puedes recibir
Hay una cantidad fija de 500€ por hermandad o cofradía que resulte beneficiaria, más una parte variable que se reparte de forma proporcional al número de pasos que hayas procesionado durante 2026. La subvención no puede superar el 80% del coste de la actividad ni el 100% de la cantidad que hayas solicitado. Cobras el 75% por adelantado una vez notificada la concesión y el 25% restante en 2027, cuando se apruebe la cuenta justificativa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Recoge el modelo de solicitud en las oficinas del ayuntamiento o en su página web
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Prepara la memoria o proyecto con los desfiles previstos, los pasos que procesionan y el presupuesto
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Reúne la documentación general de la entidad y los certificados de estar al corriente de pagos
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Presenta la instancia (Anexo I) dirigida al Alcalde-Presidente en el registro electrónico, en Correos o en una oficina de asistencia en materia de registros
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Subsana la documentación en 10 días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere
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Acepta o reformula la propuesta de resolución provisional dentro de los 10 días hábiles siguientes a su notificación
Documentación necesaria
- Solicitud dirigida al Alcalde-Presidente (Anexo I)
- Certificado de la entidad bancaria con el número de cuenta de la entidad solicitante
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
- Copia del DNI del representante legal
- Certificado del acta o acuerdo de nombramiento del presidente de la hermandad o cofradía
- Credencial de inscripción en el Registro de Entidades Religiosas
- Certificado del secretario con el número de integrantes de la entidad
- Declaración del presidente sobre las subvenciones solicitadas o concedidas por otras administraciones o entidades privadas (Anexo II)
- Declaración responsable de no estar incursa la entidad en causas de prohibición para recibir subvenciones (Anexo III)
- Certificación de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificación de no tener deudas con la Agencia Tributaria de Andalucía
- Autorización para que el ayuntamiento consulte las deudas con la administración local (Anexo IV)
- Certificación de estar al corriente con la Seguridad Social
- Memoria o proyecto de la actividad cultural, fechado y firmado