Subvenciones para abrir o ampliar negocio en Barbastro
Hasta 4.000€ por solicitante para abrir o ampliar tu negocio en Barbastro
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Barbastro para abrir, ampliar o modificar una actividad empresarial.
- Para quién
- Personas físicas y empresas, sea cual sea su forma jurídica, que ejercen una actividad empresarial en el municipio de Barbastro.
- Cuánto
- Hasta 4.000€ por solicitante, o hasta 6.000€ si la actividad está en la Calle Joaquín Costa, la Calle General Ricardos o el Paseo del Coso
- Qué cubre
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- Alquiler de locales y de otros bienes muebles e inmuebles
- Publicidad, información, difusión y propaganda
- Otros gastos corrientes vinculados a la actividad
Consumo eléctrico, telefónico y de gas. Asesoría jurídica o financiera y gastos notariales y registrales, excepto los relativos a préstamos hipotecarios, siempre que estén directamente relacionados con el objeto de la subvención y sean indispensables para realizarlo. Tasación pericial de locales realizada con motivo de su compra.
- Requisitos
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- Realizas efectivamente una actividad empresarial dentro del municipio de Barbastro
- Estás al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Barbastro, incluidos los reintegros de subvenciones
- Has solicitado y obtenido el título habilitante municipal para iniciar la actividad
- Si la actuación exige obras en el inmueble, has obtenido también el título habilitante de las obras
- Has invertido 6.000 euros o más cuando amplías, modificas o cambias la titularidad de la actividad
- El inicio efectivo de la actividad se produjo entre el 16 de septiembre de 2025 y la fecha en que presentas la solicitud
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina íntegramente la subvención a la finalidad para la que te la concedan
- Justifica los gastos con las facturas y con los documentos que acrediten su pago
- No pagues en efectivo operaciones de 1.000 euros o más cuando actúas como empresario o profesional
- Declara las ayudas de mínimis que te hayan concedido en los tres últimos ejercicios fiscales
- Ten en cuenta que obtener otras ayudas para lo mismo puede modificar la resolución de concesión
- Devuelve el dinero percibido, más el interés de demora, si el Ayuntamiento revoca la subvención
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Ejerces una actividad empresarial dentro del municipio de Barbastro
- Has abierto un establecimiento nuevo por primera instalación de la actividad
- Has ampliado la superficie destinada a tu actividad empresarial
- Has modificado tu actividad y necesitas un nuevo título habilitante
- Has asumido la titularidad de una actividad empresarial ya existente
- Iniciaste efectivamente la actividad a partir del 16 de septiembre de 2025
- Tu actividad no cuenta con un local directamente afecto a ella
- Tu centro de actividad o de trabajo está en tu vivienda habitual
- Regentas un café o un bar incluido en el epígrafe 673.1 del impuesto de actividades económicas
- Amplías, modificas o cambias la titularidad de la actividad y tu inversión no llega a los 6.000 euros exigidos
- El cambio de titularidad es un simple cambio de persona jurídica con los mismos titulares
- No has obtenido el título habilitante municipal para ejercer la actividad
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 4.000€ por solicitante. Si tu actividad está en la Calle Joaquín Costa, la Calle General Ricardos o el Paseo del Coso, el máximo sube a 6.000€. La aportación municipal es del 100% del coste total subvencionable, dentro de esos topes. El pago se hace en un único ingreso por transferencia bancaria a partir de la fecha de la resolución de concesión, sin que tengas que constituir garantías.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita tu personalidad y, si eres persona jurídica, la de tu representante
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Prepara la memoria explicativa del proyecto empresarial y su viabilidad, detallando los empleos generados
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Elabora la memoria económica con la relación de ingresos y gastos, las facturas y los justificantes de pago
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Rellena el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Barbastro
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Presenta la solicitud dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia
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Subsana las deficiencias en un plazo improrrogable de diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I), que incluye la declaración responsable de cumplir los requisitos de beneficiario y la autorización para consultar tus datos tributarios y de Seguridad Social
- Copia del número de identificación fiscal si eres empresario individual
- Copia del número de identificación fiscal y de la escritura de constitución o modificación, o del documento de constitución, estatutos o acto fundacional, si eres persona jurídica
- Copia del documento de identidad del representante y documentación que acredite su capacidad para representar a la empresa, si el solicitante es persona jurídica
- Memoria explicativa del proyecto empresarial y justificativa de su viabilidad
- Memoria económica justificativa con la relación de ingresos y del gasto total subvencionable (Anexo II)
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa
- Documentación acreditativa del pago de las facturas presentadas
- Declaración responsable (Anexo III)
- Certificado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas
- Justificación de la inversión efectuada por importe igual o superior a 6.000 euros, cuando corresponda
- Ficha de terceros validada por la entidad bancaria, necesaria para percibir el ingreso