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Ayudas Claras
Ayudas Valencia Educación
Educación Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para estudios universitarios en Alberic 2025-26

Ayuda para personas empadronadas en Alberic matriculadas en la universidad

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Alberic para gastos de estudios universitarios y de enseñanzas artísticas superiores
Para quién
Estudiantes universitarios y de grado superior de enseñanzas artísticas empadronados en Alberic
Cuánto
  • El importe no es fijo: el crédito de la convocatoria se reparte entre todas las solicitudes según el coeficiente de cada persona
    Situación acreditadaCoeficiente
    Empadronado en Alberic y matriculado, con la documentación presentada1
    Discapacidad superior al 33%+0,25
    Familia numerosa y/o monoparental+0,25
    Coeficiente máximo por solicitante1,75
    El importe consignado en la convocatoria se divide entre la suma de los coeficientes de todas las personas solicitantes; el resultado se multiplica por tu coeficiente y esa es tu ayuda.
Qué cubre
  • Gastos de transporte y alojamiento
  • Material educativo o escolar
  • Matrícula
Requisitos
  • Estás empadronado en Alberic antes del inicio del curso escolar
  • Estás matriculado en estudios universitarios o en el grado superior de enseñanzas artísticas durante el curso académico de la convocatoria
  • Cursas esos estudios en una universidad homologada o en el conservatorio
  • No cursas tercer ciclo, doctorado ni estudios de posgrado como másteres o especializaciones
  • Estás al día en el pago de tus obligaciones tributarias
  • Presentas la documentación correspondiente con tu solicitud
  • Acreditas la discapacidad superior al 33%, la familia numerosa o la monoparentalidad si quieres que se valoren
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la ayuda en los 15 días hábiles siguientes a la publicación de las ayudas definitivas
  • Aporta los justificantes del gasto: la parte de la ayuda que no justifiques se resta de lo que cobras
  • Declara que estás al corriente de tus obligaciones tributarias municipales y con la Seguridad Social
  • Suma esta ayuda a las de otras administraciones solo hasta el coste del gasto financiado
  • Atiende los requerimientos del ayuntamiento durante la tramitación del expediente
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Alberic
  • Estás matriculado en estudios universitarios durante el curso 2025-26
  • Cursas el grado superior de enseñanzas artísticas en el conservatorio
  • Estudias en una universidad homologada
  • Tienes gastos de transporte, alojamiento, material escolar o matrícula
  • No estás empadronado en Alberic antes del inicio del curso escolar
  • No estás matriculado en el curso académico que marca la convocatoria
  • Cursas estudios que no son universitarios ni enseñanzas artísticas superiores
  • Cursas tercer ciclo o doctorado, o un posgrado como un máster o una especialización
  • No estás al día en el pago de tus obligaciones tributarias
  • Solicitas la ayuda como empresa o entidad y no como persona física
  • No presentas la documentación correspondiente

Cuánto puedes recibir

Lo que cobras no es una cantidad fija: depende de cuántas personas pidan la ayuda. A cada solicitante empadronado, matriculado y con la documentación presentada se le asigna un coeficiente de un punto; se suman 0,25 más si acreditas una discapacidad superior al 33% y otros 0,25 si acreditas familia numerosa y/o monoparental, hasta un coeficiente máximo de 1,75. El importe consignado en la convocatoria se divide entre la suma de los coeficientes de todas las solicitudes y ese resultado se multiplica por tu coeficiente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Presenta tu solicitud a partir de la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia de Valencia

  2. Adjunta la documentación correspondiente junto con la solicitud

  3. Acredita la discapacidad superior al 33%, la familia numerosa o la monoparentalidad si es tu caso

  4. Espera la resolución, que se dicta en un plazo máximo de 6 meses

Documentación necesaria

  • DNI de la persona solicitante
  • Certificado o justificante de matrícula del curso y la titulación para la que pides la ayuda
  • Hoja de mantenimiento de terceros con el número de cuenta IBAN donde ingresar la ayuda, salvo que el ayuntamiento ya lo tenga de años anteriores
  • Copia de la calificación oficial de discapacidad igual o superior al 33%, si la tienes
  • Copia del título oficial de familia numerosa y/o de familia monoparental, si es tu caso
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias municipales y con la Seguridad Social
  • Justificantes del gasto: preferentemente la matrícula y su justificante de pago; si estás exento o tienes beca de otra administración, contrato de alquiler de vivienda de estudiantes con los pagos, facturas de material educativo, facturas de combustible o de transporte público

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si estudio en el conservatorio y no en la universidad?
Sí. La ayuda incluye a quienes están matriculados en el grado superior de enseñanzas artísticas en el conservatorio, además de a quienes cursan estudios universitarios en una universidad homologada.
¿Desde cuándo puedo presentar la solicitud?
A partir de la publicación en el boletín oficial de la provincia de Valencia. Las bases fijan un plazo de presentación de como mínimo 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín, pero la convocatoria no concreta la fecha de cierre: confírmala con el ayuntamiento. Las solicitudes fuera de plazo se desestiman.
¿Cuánto tarda en resolverse?
La resolución es anual y el plazo de resolución es de 6 meses. Se concede por libre concurrencia competitiva.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la ayuda?
La justificación termina a los 15 días hábiles después de la publicación de las ayudas definitivas.

Fuentes oficiales

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