Ayuda de 800€ para suministros de energía en Parres
800€ de pago único por unidad familiar para los suministros de tu vivienda
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Parres para gastos de suministros energéticos de la vivienda habitual
- Para quién
- Personas y unidades familiares de Parres, tanto titulares del contrato de suministro como inquilinos obligados a pagarlo
- Cuánto
- 800€ de pago único por unidad familiar
- Qué cubre
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- Facturas de electricidad, gas y otras energías de tu vivienda habitual
- Compra de carbón, leña, gasóleo y combustibles similares
- Alta de suministros tras un corte de energía e instalaciones técnicas esenciales de la vivienda
- Requisitos
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- Eres mayor de 18 años o menor emancipado legalmente
- Resides y estás empadronado en Parres de forma ininterrumpida desde al menos seis meses antes
Quedan exentas del requisito de residencia las personas víctimas de violencia de género y las unidades familiares con expediente de protección de menores o intervención desde Servicios Sociales por situación de riesgo de menores.
- Eres titular del contrato de suministro energético o inquilino obligado a pagar esos gastos
- Los ingresos mensuales de tu unidad familiar no superan el límite que corresponde a su tamaño
Porcentajes del Salario Mínimo Interprofesional fijado para el año en curso (14 pagas).Nº personas unidad familiar Máximo ingresos mensuales 1 100% SMI 2 110% SMI 3 120% SMI 4 130% SMI 5 140% SMI 6 o más 150% SMI - Ningún miembro de tu unidad de convivencia posee bienes distintos a la vivienda habitual
- No puedes acceder a otras ayudas o recursos propios que cubran toda la necesidad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta junto con la solicitud las facturas y recibos que justifican el gasto energético
- Justifica el destino de la ayuda con facturas o recibos en los diez días siguientes al cobro
- Justifica después el pago si la ayuda se destina a recibos pendientes reclamados por impago
- Devuelve las cantidades que recibas y no llegues a justificar
- Declara las ayudas que hayas solicitado o percibido para el mismo concepto
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Vives y estás empadronado en el municipio de Parres
- Eres titular del contrato de luz, gas u otra energía de tu vivienda habitual
- Eres inquilino y tu contrato de alquiler te obliga a pagar esos suministros
- Tienes facturas de electricidad, gas, carbón, leña o gasóleo desde noviembre de 2025
- Necesitas dar de alta un suministro energético tras un corte de energía
- Los ingresos mensuales de tu unidad familiar superan el límite según el número de miembros
- Algún miembro de tu unidad de convivencia tiene bienes distintos a la vivienda habitual
- Ya has recibido una ayuda de emergencia para estos mismos suministros y periodos, en este o en otro municipio
- Puedes acceder a otras ayudas o recursos que cubren por completo esa necesidad
- El gasto no corresponde a los suministros de tu vivienda habitual
Cuánto puedes recibir
Recibes 800€ en un pago único por unidad familiar. Se tienen en cuenta las facturas y recibos que presentes, y la ayuda no puede superar el gasto en suministro de energía que hayas abonado. Son subvencionables los gastos realizados desde noviembre de 2025 y durante 2026.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas y justificantes de los gastos energéticos realizados desde noviembre de 2025
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Cumplimenta el modelo de solicitud y los anexos que te correspondan
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Presenta la solicitud con toda la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Parres
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Subsana la documentación en diez días si el Ayuntamiento te lo requiere
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Espera la valoración de los servicios sociales y la decisión de la Comisión de Valoración
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud
- Declaración responsable sobre percepción de otras ayudas, ingresos y relación de gastos (Anexo I)
- Autorización de consulta de datos de carácter personal (Anexo II)
- Declaración responsable del titular de la vivienda, si procede (Anexo III)
- Ficha de acreedor
- Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar
- Fotocopia del libro de familia o certificado de nacimiento
- Sentencia y convenio regulador de guarda y custodia en caso de separación o divorcio
- Resolución de la consejería competente en caso de familia monoparental
- Fotocopia del carnet de familia numerosa en caso de familia numerosa
- Resolución de dependencia o tarjeta acreditativa de la discapacidad del hijo menor, si procede
- Sentencia judicial o documento acreditativo en caso de víctima de violencia de género
- Justificantes de ingresos de los 12 últimos meses
- Contrato de arrendamiento de la vivienda y copia de los tres últimos recibos pagados
- Justificantes de los gastos de 2026: facturas de luz, gas, butano, gasóleo o leña, o el justificante bancario del pago