Subvenciones a empresas de inserción en Murcia 2026
Ayudas a empresas de inserción de Murcia para empleo, personal técnico e inversión
Lo que significa
- Qué es
- Subvenciones de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de Murcia a empresas de inserción para crear empleo e invertir.
- Para quién
- Empresas de inserción de la Región de Murcia.
- Cuánto
-
- Depende del programa al que te presentes: empleo de inserción, personal técnico o inversiones
Las cuantías de empleo y de personal técnico se refieren a un contrato de 12 meses a jornada completa y se reducen en proporción a la duración y la jornada de cada contrato. En el programa de inversiones también se puede cubrir hasta el 50% de los intereses del préstamo destinado a la inversión; ambas ayudas juntas no pueden superar el 50% del valor de la inversión subvencionable ni 30.000€.Programa de ayuda Cuantía Creación y mantenimiento de puestos de trabajo de personas en exclusión 80% del salario mínimo interprofesional del último día de 2025 por cada puesto ocupado por un hombre y 90% por cada puesto ocupado por una mujer Contratación y mantenimiento de personal técnico de producción y acompañamiento 2.500€ por cada puesto de trabajo, con un máximo de 20.000€ por cada técnico contratado Inversiones en empresas de inserción Hasta el 50% de la inversión subvencionable, sin exceder de 30.000€ por entidad solicitante
- Depende del programa al que te presentes: empleo de inserción, personal técnico o inversiones
- Qué cubre
-
- Puestos de trabajo de personas en riesgo o situación de exclusión social
- Contratación y mantenimiento de personal técnico de producción y acompañamiento
- Inversión en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando el proveedor se dedique a vender o adecuar bienes usados
Conceptos admitidos: adquisición y acondicionamiento de locales comerciales o industriales de uso exclusivo para la actividad; mobiliario; vehículos industriales; maquinaria; equipo informático (tabletas, ordenadores de sobremesa y portátiles, equipamiento de red, servidores, instalación de conexión a internet, escáneres o proyectores); y programas informáticos destinados a la actividad propia de la empresa, excluidos los paquetes estándar de software.
- Requisitos
-
- Tu empresa está calificada como empresa de inserción e inscrita en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Región de Murcia
- Te sometes al código de conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia
- Las ayudas que has recibido como prestadora de servicios de interés económico general no superan 750.000€ en cualquier periodo de tres años
- Las personas por las que pides la ayuda de empleo están contratadas como personas en situación o riesgo de exclusión social
- La inversión por la que pides ayuda es de al menos 3.000€, sin contar el impuesto sobre el valor añadido recuperable
- Si pides más de 30.000€, acreditas que cumples los plazos de pago a proveedores mediante certificación de tu órgano de administración o de un auditor, según tu volumen de negocios
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Comunica a la Dirección General de Autónomos y Economía Social cualquier incidencia del periodo subvencionable en un plazo máximo de 15 días desde que se produzca
- Incluye el escudo de la Región de Murcia y el nombre de la consejería competente en memorias, publicaciones y comunicaciones del proyecto subvencionado
- Si te subvencionan una inversión, mantén los bienes en el activo de la empresa al menos 5 años si son inscribibles en un registro público y al menos 2 años el resto
- Si te subvencionan una inversión, presenta el informe de auditoría en los dos primeros meses desde el día siguiente a la notificación de la concesión
- Conserva el informe de auditoría y la documentación justificativa al menos ocho años desde su emisión
- Si compras, rehabilitas o mejoras un local, destínalo al fin subvencionado durante al menos 5 años
- Presenta nota simple del Registro de la Propiedad en los tres meses siguientes a la notificación de la concesión si el bien es un inmueble
- Si recibes subvención financiera, acredita en dos meses la reducción del principal del préstamo con un certificado de la entidad de crédito
- Fechas estimadas
-
- Abre: 25 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa está calificada e inscrita como empresa de inserción en la Región de Murcia
- Creas o mantienes puestos de trabajo de personas en riesgo o situación de exclusión social
- Tienes personal técnico de producción y acompañamiento contratado
- Has invertido en activos fijos para tu empresa de inserción entre julio de 2025 y junio de 2026
- Has pedido un préstamo a una entidad de crédito para financiar esa inversión
- Tu empresa no está calificada como empresa de inserción
- No estás inscrito en el registro de empresas de inserción de la Región de Murcia
- Tu inversión es inferior a 3.000€ sin contar el impuesto sobre el valor añadido recuperable
- La inversión se realizó o se pagó fuera del periodo entre julio de 2025 y junio de 2026
- Pides ayuda para empleo o para personal técnico y ya recibes otras ayudas públicas para la misma finalidad no autorizadas por las bases
Cuánto puedes recibir
En el programa de empleo, la ayuda por cada puesto de inserción se calcula con un coste unitario del 80% del salario mínimo interprofesional del último día de 2025 si lo ocupa un hombre y del 90% si lo ocupa una mujer, referido a un contrato de 12 meses a jornada completa y proporcional a la duración y la jornada realmente contratadas. En el programa de personal técnico recibes 2.500€ por cada puesto de 12 meses a jornada completa, también proporcional, con un máximo de 20.000€ por cada técnico contratado. En el programa de inversiones recibes una subvención a fondo perdido de hasta el 50% de la inversión subvencionable y, si lo pides, hasta el 50% de los intereses del préstamo destinado a esa inversión, sin que la suma de ambas pase ese 50% ni 30.000€ por entidad solicitante, y no se subvencionan más de dos préstamos por empresa.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Comprueba que tu empresa está calificada e inscrita en el registro de empresas de inserción de la Región de Murcia
-
Elige el programa de ayuda al que te presentas y rellena su formulario específico en la sede electrónica de la Región de Murcia
-
Reúne la documentación exigida y preséntala en archivos electrónicos separados
-
Firma la solicitud electrónicamente a través del representante legal de la entidad
-
Presenta la solicitud dentro de los siete días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria
-
Si te piden subsanar la solicitud, corrígela en los diez días hábiles que te concedan
Documentación necesaria
- Formulario específico de solicitud del programa de ayuda al que te presentas
- Declaración responsable sobre la autenticidad de la documentación presentada
- Documento bancario con los 24 dígitos del código internacional de cuenta bancaria y los datos de identificación de la entidad solicitante
- Contratos de trabajo por los que se solicita la subvención
- Autorización de los trabajadores y del personal técnico para consultar sus datos (Anexo I)
- Declaración responsable de incidencias laborales (Anexo II)
- Currículum del personal técnico de producción (Anexo III)
- Relación de personas en riesgo de exclusión acompañadas por el personal técnico (Anexo IV)
- Certificación del órgano de administración o de un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas sobre el cumplimiento de los plazos de pago
- Certificado de tasador independiente acreditado, si adquieres un bien inmueble
- Cuenta justificativa (Anexo VI)