Ayudas al emprendimiento juvenil en Almería 2026
Hasta 5.000€ por entidad para proyectos de emprendimiento juvenil en Almería
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almería para proyectos empresariales de jóvenes emprendedores
- Para quién
- Empresas y entidades emprendedoras con actividad en el municipio de Almería
- Cuánto
- Hasta 5.000€ por entidad beneficiaria
- Qué cubre
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- Solo gastos corrientes: queda excluido cualquier gasto de inversión
- Campañas de publicidad online y servicios digitales de la actividad empresarial: hosting, alquiler de dominio, pasarelas de pago, implantación de VeriFactu y software de contabilidad, facturación o gestión de almacenes
- Gestión profesional de redes sociales
- Gastos de constitución de la empresa, incluida la gestoría para el alta en Seguridad Social y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la notaría y la inscripción en el Registro
- Alquiler de local o de espacio de coworking en un centro de empresas privado ubicado en el término municipal de Almería
- Implantación de herramientas tecnológicas y de digitalización empresarial
- No cubre obras ni equipamiento, elementos inventariables, elaboración a medida de una página web, seguros, fianzas, tasas ni tributos
- Requisitos
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- Tu entidad se constituyó antes de la publicación de las bases
- Desarrollas un producto, servicio o modelo innovador acreditable
- Los fundadores emprendedores tienen el 51% del capital social
- La participación juvenil en la entidad es del 55%
- Tienes el domicilio fiscal y el centro principal de actividad en el municipio de Almería
- No tienes pendiente la justificación de otras subvenciones del ayuntamiento ya vencidas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto y cumple la finalidad por la que te conceden la ayuda
- Mantén la actividad empresarial durante al menos dieciocho meses
- Justifica la subvención en los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución
- Presenta la memoria de actividad y económica con la relación de gastos y sus justificantes de pago
- Da publicidad al carácter público de la financiación del proyecto
- Mantén el cumplimiento de los requisitos mientras seas beneficiario
- Sométete a las actuaciones de comprobación del ayuntamiento
- Cuándo
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- Abre: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa se constituyó hace dos años como máximo
- Quieres poner en marcha un proyecto empresarial de nueva creación
- Tu proyecto desarrolla un producto, servicio o modelo innovador
- Los fundadores de tu entidad son emprendedores
- Tu entidad tiene su actividad principal en el municipio de Almería
- Tu entidad no tiene domicilio fiscal ni actividad principal en Almería
- Ya recibes otra ayuda o ingreso para esta misma finalidad
- Recibes una subvención del Ayuntamiento de Almería para el mismo proyecto
- Solo quieres financiar gastos de inversión
- Ya has presentado otro proyecto a esta convocatoria
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 5.000€ por entidad beneficiaria, y la subvención puede alcanzar hasta el 100% del gasto subvencionable que presentes. Las solicitudes se comparan entre sí y la ayuda se reparte según esa valoración, con el límite del crédito disponible. Solo se financian gastos corrientes, nunca inversiones. El pago es anticipado: se abona el 100% de la subvención reteniendo un 10% en concepto de garantía, que se te paga una vez se apruebe la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara tu proyecto o plan de empresa con el presupuesto y el desglose de gastos
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Reúne la documentación que acredita el capital social, la participación juvenil y tu domicilio fiscal en Almería
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Presenta la solicitud en el Registro General del ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 con cita previa, o en su sede electrónica si tienes certificado digital
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Indica en la solicitud una dirección de correo electrónico donde recibir todas las notificaciones
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Si te requieren subsanar algo, completa la documentación en el plazo improrrogable de diez días hábiles
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Si la propuesta provisional es inferior a lo que pediste, reformula tu solicitud en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención y proyecto o plan de empresa (Anexo I)
- Memoria de los proyectos o actividades realizados en 2025 (Anexo II)
- Documentación acreditativa de la composición del capital social y de la participación juvenil
- Documentación acreditativa del alta censal, el domicilio fiscal y el centro principal de actividad en Almería
- Plan de empresa con referencia a la innovación y la sostenibilidad, si el proyecto es de nueva creación
- Modelo de declaración responsable cumplimentado y firmado (Anexo III)