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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad de Madrid Empleo
Empleo Comunidad de Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para itinerarios de inserción laboral en Madrid

1.300€ por participante que concluya un itinerario de inserción de 6 meses

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad de Madrid para itinerarios personalizados de inserción laboral
Para quién
Entidades privadas sin ánimo de lucro que trabajan en la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social
Cuánto
1.300€ por cada participante que concluya un itinerario de 6 meses; proporcional si dura entre 3 y 9 meses
Qué cubre
  • Diagnóstico, diseño y seguimiento individual del itinerario de cada participante
  • Talleres de orientación laboral y de competencias para el empleo

    Orientación laboral: definición del currículum, técnicas de búsqueda activa de empleo, preparación de pruebas de selección, formación digital para la búsqueda de empleo, información sobre normativa laboral y políticas activas de empleo, información sobre la oferta formativa y la movilidad laboral, y motivación para el autoempleo y el emprendimiento. Competencias personales: talleres de alfabetización digital, trabajo en equipo, gestión del tiempo, orientación al logro, hábitos de higiene e imagen personal, igualdad de oportunidades y género, medioambiente y prevención de riesgos laborales, entre otros.

  • Formación de cualificación, recualificación o reciclaje de los participantes
Requisitos
  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad de Madrid
  • Acreditas al menos 2 años de experiencia en programas de integración laboral de personas en riesgo de exclusión social en la Comunidad de Madrid

    La experiencia debe estar dentro de los 5 últimos años anteriores a la publicación de la convocatoria. Quedan exentas las entidades que hayan participado en al menos una convocatoria de este programa de subvenciones.

  • No fuiste beneficiaria de la convocatoria de este programa aprobada el 23 de abril de 2026
  • Tu proyecto incluye entre 15 y 150 itinerarios
  • Cuentas con el personal mínimo para desarrollar el proyecto

    Un coordinador o coordinadora del proyecto; personal técnico de orientación laboral con una dedicación mínima de 1 técnico a jornada completa por cada 15 itinerarios (o la parte proporcional), con experiencia acreditable de al menos 1 año y/o formación en orientación sociolaboral; y personal de apoyo administrativo.

  • Dispones de instalaciones y equipamiento adecuados para la atención individual y grupal

    Las aulas polivalentes para actividades grupales deben tener al menos 2 metros cuadrados por participante, incluido el profesional a cargo. Deben contar con mesa y silla para cada participante y para el técnico, material didáctico y de papelería, y ordenadores o tabletas con conexión a internet, impresoras, escáneres y software para editar textos y currículos.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Contrata un seguro de accidentes y responsabilidad civil que cubra a todos los participantes durante todo el periodo subvencionable, incluido el riesgo in itinere
  • Comunica la relación de participantes en un máximo de dos meses desde la orden de concesión
  • Envía en los primeros 5 días hábiles de cada mes la relación acumulada de participantes, con bajas y nuevas altas
  • Cubre las bajas de participantes con otra persona que cumpla los requisitos en un plazo no superior a 1 mes
  • Justifica la subvención en el plazo máximo de un mes desde que termine el periodo subvencionable
  • Indica en la documentación y la señalización que las actuaciones se financian con fondos del Servicio Público de Empleo Estatal
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
  • Tu entidad actúa en la Comunidad de Madrid
  • Desarrollas programas de integración laboral de personas en riesgo de exclusión social
  • Tienes al menos 2 años de experiencia en este tipo de programas
  • Quieres ofrecer itinerarios de inserción a personas desempleadas en riesgo de exclusión
  • Tu entidad fue beneficiaria de la convocatoria de este programa de 23 de abril de 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Eres una persona física: solo pueden pedirla entidades sin ánimo de lucro
  • Tu proyecto prevé menos de 15 o más de 150 itinerarios
  • Tienes menos de 2 años de experiencia y nunca participaste en este programa

Cuánto puedes recibir

Recibes un módulo de 1.300€ por cada persona participante que concluya un itinerario de inserción de 6 meses. Si el itinerario dura menos o más, la cuantía se reduce o aumenta proporcionalmente, sin bajar de 3 meses ni superar 9. Solicitas la cantidad que resulta de multiplicar el número de itinerarios previstos por el módulo según su duración. Hacer más itinerarios, o más largos, de los previstos en la resolución de concesión no aumenta el importe concedido.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Date de alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid antes de presentar la solicitud

  2. Descarga y rellena el formulario de solicitud y las memorias de la entidad y del proyecto

  3. Firma la solicitud con certificado electrónico de la persona que representa legalmente a la entidad

  4. Preséntala en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en un plazo máximo de diez días hábiles

  6. Tras la concesión, comunica la relación de participantes en un máximo de dos meses (Formulario V)

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (Formulario I)
  • Memoria de la entidad (Formulario II)
  • Memoria del proyecto (Formulario III)
  • Escritura pública de constitución o acta fundacional, con sus modificaciones inscritas en el registro oficial
  • Documentación que acredite la capacidad del representante legal para actuar en nombre de la entidad
  • Documentación que acredite la cuenta bancaria indicada en la solicitud
  • Declaraciones responsables del apartado correspondiente de la solicitud, entre ellas la de tener vigente el Plan de Prevención de Riesgos Laborales
  • Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social, si no autorizas su consulta
  • Certificados positivos de la Agencia Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, si tienes deudas aplazadas, fraccionadas o suspendidas
  • Si ya participaste en convocatorias anteriores de este programa, declaración responsable de inexistencia de cambios

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si mi entidad ya recibió ayuda en la primera convocatoria de 2026?
No. Quedan excluidas las entidades beneficiarias de la convocatoria de este mismo programa aprobada por orden de 23 de abril de 2026.
¿Cómo se decide qué entidades reciben la ayuda?
Tras comprobar los requisitos, las solicitudes se ordenan por fecha y hora de presentación en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid hasta agotar el crédito, y el resto se deniegan. Si el crédito alcanza para todas, no hace falta ordenarlas.
¿Cuánto duran los itinerarios y el proyecto?
Cada itinerario dura entre 3 y 9 meses, salvo que la persona encuentre empleo antes, y no se subvencionan itinerarios de menos de un mes. El proyecto se ejecuta en un máximo de doce meses desde la orden que resuelva la convocatoria.
¿Qué pasa si un participante abandona el itinerario?
Debes sustituirlo por otra persona que cumpla los requisitos en un plazo no superior a 1 mes, siempre que quede tiempo para un itinerario de la duración mínima. Los días sin participante no son subvencionables, salvo los que pasen hasta la sustitución si no superan el mes.
¿Qué pasa si a mi solicitud le falta documentación?
Te pedirán que la completes en un plazo máximo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistida de tu petición.

Fuentes oficiales

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