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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad de Madrid Empleo
Empleo Comunidad de Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Formación en negociación colectiva para sindicatos de Madrid

Hasta 60.000€ para planes sindicales de formación en negociación colectiva

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad de Madrid para planes de formación en negociación colectiva de sindicatos
Para quién
Organizaciones sindicales que participan en la negociación colectiva en la Comunidad de Madrid, y fundaciones o entidades creadas por ellas
Cuánto
  • Hasta 60.000€ por solicitud; cada actividad se calcula por horas, participantes y módulo
    Actividad formativaMódulo (por participante y hora de formación)
    Acciones formativas presenciales15,60€
    Acciones formativas en teleformación9€
    Jornadas, seminarios, encuentros y ciclos de conferencias28€
    Foros, talleres y paneles20€
    La cuantía máxima de cada actividad es el número de horas por el número de participantes previsto y por el módulo que le corresponde.
Qué cubre
  • Cursos de formación sobre negociación colectiva

    Acciones formativas relacionadas exclusivamente con la negociación colectiva, de 8 horas como mínimo. Pueden ser presenciales o en teleformación; los cursos presenciales se forman en grupos de 30 participantes como máximo.

  • Jornadas, seminarios, foros, talleres y otros encuentros sobre negociación colectiva

    Jornadas, seminarios, ciclos de conferencias, encuentros internacionales, paneles, foros y talleres de 24 horas como máximo. Deben ser presenciales.

  • Costes de publicidad y costes indirectos del plan

    Publicidad necesaria para organizar y difundir el plan de formación. Los costes indirectos tienen un límite del 10% de los costes directos de la actividad formativa.

Requisitos
  • Eres una organización sindical que participa en el diálogo social y la negociación colectiva en la Comunidad de Madrid, o una fundación o entidad creada por ella
  • Acreditas tu legitimación para la negociación colectiva sectorial en un ámbito geográfico y funcional de la Comunidad de Madrid

    Si lo acreditas con un porcentaje de representantes de los trabajadores en un ámbito concreto de Madrid, debes aportar la acreditación de tu participación en la negociación del convenio sectorial correspondiente. No vale solo el certificado del número de representantes.

  • No formas parte de una federación o confederación que también sea beneficiaria de estas subvenciones
  • Presentas una única solicitud con un único plan de formación
  • El importe que pides no supera los 60.000€
  • Dispones de certificado electrónico para presentar la solicitud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Garantiza que la formación sea gratuita para los participantes
  • Comunica en la aplicación SFOC el inicio de cada actividad con al menos 5 días hábiles de antelación; si no, se tiene por no realizada
  • Envía la relación de participantes: en los cursos, hasta el 5.º día lectivo desde el comienzo del grupo y siempre antes de impartir el 25% de las horas; en el resto de actividades, como tarde el mismo día de inicio
  • Justifica la subvención en un máximo de tres meses desde que termine el plan, con una cuenta justificativa y los justificantes de gasto
  • Comunica cualquier otra subvención, ingreso o recurso que recibas para la misma finalidad
  • Acredita tu plan de prevención de riesgos laborales antes de cobrar la subvención
Fechas estimadas
  • Abre: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 7 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una organización sindical que participa en la negociación colectiva en Madrid
  • Eres una fundación o entidad creada por un sindicato para esos fines
  • Estás legitimado para negociar convenios sectoriales en un ámbito de la Comunidad de Madrid
  • Quieres organizar cursos, jornadas o talleres sobre negociación colectiva
  • Vas a realizar las actividades formativas en la Comunidad de Madrid
  • Tu federación o confederación también es beneficiaria de estas subvenciones
  • Tu plan de formación pide más de 60.000€
  • Tu formación se dirige específicamente al ámbito de la Administración Pública
  • Tus actividades formativas se van a realizar fuera de la Comunidad de Madrid

Cuánto puedes recibir

Puedes pedir como máximo 60.000€ para tu plan de formación en negociación colectiva; si pides más, la solicitud se desestima. La cuantía máxima de cada actividad se calcula multiplicando sus horas por los participantes previstos y por el módulo de su tipo. Tras la concesión cobras un anticipo del 25%, puedes pedir un segundo del 35% al acreditar el inicio del plan y un tercero del 40%, con garantía, cuando hayas ejecutado al menos el 50% de las horas.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Date de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid

  2. Prepara tu plan de formación con sus actividades, objetivos, metodología, sistema de evaluación y costes

  3. Presenta la solicitud y la documentación en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid mediante la aplicación SFOC

  4. Revisa la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en 10 días hábiles si lo necesitas

  5. Acepta la propuesta definitiva en SFOC en 10 días hábiles o reformula tu solicitud si te conceden menos de lo pedido

Documentación necesaria

  • Formulario electrónico de solicitud de subvención (Anexo I)
  • Plan de formación: planteamiento general, actividades formativas, diseño y contenidos, objetivos, resultados esperados, metodología, sistema de evaluación y costes
  • Documentación acreditativa de las facultades de representación del firmante y de las declaraciones responsables
  • Copia de la documentación de constitución de la entidad y de sus estatutos legalizados e inscritos en el registro correspondiente
  • Bastanteo del poder del representante emitido por los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid, con copia de los documentos aportados para hacerlo
  • Memoria explicativa del planteamiento general, diseño y contenido del plan de formación
  • Documentación acreditativa de la legitimación para la negociación colectiva sectorial en un ámbito de la Comunidad de Madrid

Preguntas frecuentes

¿Pueden pedirla también las asociaciones empresariales?
La convocatoria reparte los fondos de cada tipo de plan: el 50% para organizaciones sindicales y el 50% para asociaciones empresariales. Si una de las partes no agota su dinero, el sobrante pasa a la otra.
¿Cuántas solicitudes puede presentar mi organización?
Solo una, con un único plan de formación. Si presentas dos, únicamente se tiene en cuenta la primera.
¿Qué puntuación mínima necesita mi plan?
No se financian planes con menos de 25 puntos. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación hasta agotar los fondos de cada tipo de plan y de solicitante.
¿Puedo impartir la formación por aula virtual?
Sí, las actividades presenciales pueden impartirse total o parcialmente mediante aula virtual, y cuentan como formación presencial. Debes justificar los motivos y cumplir los requisitos técnicos, como el registro de conexiones de los participantes.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
Te pedirán que la corrijas en un plazo máximo de diez días hábiles. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu petición.

Fuentes oficiales

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