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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Servicios sociales
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Ayudas para extraescolares y deporte en Vilassar de Dalt

Entre el 50% y el 70% del coste de tu actividad extraescolar, con tope de 350€

Lo que significa

Qué es
Ayuda por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt para actividades deportivas, extraescolares, lúdicas o creativas
Para quién
Menores de entre 3 y 17 años de Vilassar de Dalt; la solicitan sus madres, padres, tutores o personas que tienen su guarda
Cuánto
  • Entre el 50% y el 70% del coste de la actividad según tu puntuación, con tope de 350€
    Puntuación en el baremoAyuda
    Entre 6 y 8 puntos50% del coste total de la actividad
    Entre 9 y 29 puntos60% del coste total de la actividad
    30 puntos o más70% del coste total de la actividad
    Tope máximo de ayuda de 350€ por la actividad solicitada. La puntuación máxima del baremo es de 56 puntos.
Qué cubre
  • La inscripción en una actividad deportiva, extraescolar de ocio, lúdica o creativa
  • La asistencia a esa actividad durante el curso 2026-27
Requisitos
  • El menor tiene entre 3 y 17 años y está empadronado en Vilassar de Dalt
  • Solicitas como madre, padre, tutor o persona encargada temporalmente de su guarda, y lo acreditas
  • El menor está inscrito en una actividad deportiva, extraescolar de ocio, lúdica o creativa, preferentemente en una entidad de Vilassar de Dalt
  • Los ingresos de tu unidad familiar no superan los umbrales de renta fijados en las bases
    Adultos1 menor2 menores3 menores4 menores5 menores
    1 adulto18.019,95€22.178,40€26.336,88€30.495,36€34.653,81€
    2 adultos24.950,65€29.109,10€33.267,55€37.426,00€41.584,45€
    El umbral suma 13.861,50€ por el primer adulto, 6.930,70€ por el segundo y cada otro adulto, y 4.158,45€ por cada menor. Se tienen en cuenta los ingresos familiares del año fiscal inmediatamente anterior.
  • Tu familia está al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Vilassar de Dalt, con la Seguridad Social y con otras administraciones
  • En casos excepcionales, Servicios Sociales puede proponer la ayuda aunque no cumplas estos requisitos, mediante un informe motivado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Si el menor cambia de actividad, comunícalo por escrito en el Registro General del ayuntamiento
  • Si la nueva actividad cuesta más, tu familia paga la diferencia: la ayuda nunca supera lo concedido al principio
  • Justifica la ayuda como máximo el 30 de septiembre de 2027 con la factura o recibo que emite la entidad a nombre de la persona beneficiaria
  • La factura debe indicar la actividad, su coste, el nombre del padre, madre o tutor y el número de cuenta de la entidad
  • Si no justificas adecuadamente, tendrás que devolver la cantidad recibida
  • Mantén al menor empadronado en Vilassar de Dalt: el cambio de municipio puede suponer perder la ayuda
Cuándo
  • Abre: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres madre, padre o tutor de un menor de entre 3 y 17 años
  • El menor está empadronado en Vilassar de Dalt
  • El menor está inscrito en una actividad deportiva o extraescolar de ocio
  • Los ingresos de tu familia no superan los umbrales de renta de las bases
  • Tu familia tiene seguimiento de los Servicios Sociales del ayuntamiento
  • El menor no tiene entre 3 y 17 años
  • El menor no está empadronado en Vilassar de Dalt
  • Tu familia no está al corriente con Hacienda municipal o la Seguridad Social
  • Tu renta familiar supera los umbrales, salvo propuesta de Servicios Sociales

Cuánto puedes recibir

Recibes entre el 50% y el 70% del coste total de la actividad elegida, según la puntuación que obtengas en el baremo (situación económica, situación familiar y valoración de Servicios Sociales, hasta 56 puntos). La ayuda tiene un tope máximo de 350€ por la actividad solicitada. El dinero no te lo ingresan a ti: una vez presentada la justificación, el ayuntamiento lo transfiere a la cuenta de la entidad o club donde se hace la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Inscribe o preinscribe al menor en la actividad y pide la hoja de inscripción con el precio y el nombre y CIF de la entidad

  2. Rellena la solicitud y los anexos con los datos y las firmas de los miembros de la unidad familiar con ingresos

  3. Presenta la solicitud con la documentación en la web del ayuntamiento o en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC)

  4. Si te piden completar la documentación, apórtala en un plazo de 10 días hábiles

  5. Consulta la resolución, que se publica en la web municipal y en el tablón de anuncios

  6. Justifica la actividad como máximo el 30 de septiembre de 2027 con la factura o recibo de la entidad

Documentación necesaria

  • Hoja de solicitud (Anexo 1)
  • Información de los hijos e hijas que conviven en la unidad familiar (Anexo 2)
  • Declaración jurada de ingresos de la unidad familiar (Anexo 3)
  • Autorización para obtener datos de otras administraciones (Anexo 4)
  • Hoja de inscripción o preinscripción en la actividad, con su precio y el nombre y CIF de la entidad o club
  • Libro de familia y DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar
  • Justificantes de ingresos de los últimos 6 meses: certificado INEM, nóminas, última declaración de la renta, certificado de RMI, pensión, etc.
  • Documentación que acredite que eres madre, padre, tutor o guardador del menor
  • Si es tu caso: carné de familia numerosa o monoparental, certificado de familia de acogida, certificado de discapacidad, dictamen del equipo de asesoramiento psicopedagógico o documentación de separación o divorcio
  • Si no autorizas la consulta de datos: certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el ayuntamiento y otras administraciones

Preguntas frecuentes

¿El ayuntamiento me paga la ayuda a mí?
No. Al presentar la solicitud aceptas que el dinero vaya a la entidad o club de la actividad: el ayuntamiento se lo transfiere una vez presentada la justificación.
¿Qué pasa si mi hijo cambia de actividad después de la concesión?
Debes comunicarlo por escrito en el Registro General del ayuntamiento. La ayuda se recalcula con el coste de la nueva actividad, pero nunca puede superar lo concedido inicialmente; si la nueva cuesta más, la diferencia la paga la familia.
¿Puedo pedirla si la actividad es en otro municipio?
La actividad debe hacerse preferentemente en una entidad de Vilassar de Dalt, pero en casos concretos se puede valorar si se realiza en otro municipio.
¿Y si presento la solicitud fuera de plazo?
Las solicitudes fuera de plazo no se puntúan. Solo por circunstancias excepcionales debidamente justificadas la comisión puede valorarlas a lo largo del curso escolar.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo es de 3 meses desde que termina el plazo de solicitud. Si pasado ese tiempo no hay resolución publicada, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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