Ayudas por asesorar a agricultores y ganaderos en Andalucía
132,97€ por cada asesoramiento prestado a agricultores y ganaderos andaluces
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Junta de Andalucía por prestar asesoramiento básico a agricultores y ganaderos
- Para quién
- Organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de cooperativas agrarias de ámbito andaluz y carácter general
- Cuánto
- 132,97€ por cada asesoramiento prestado, con un máximo del 25% y un mínimo del 5% del importe de la convocatoria
- Qué cubre
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- El 100% de los gastos por prestar asesoramiento imparcial al titular de una explotación agrícola o ganadera de Andalucía
- Asesoramientos prestados durante la presentación de la solicitud única de la PAC de la campaña 2026
- Asesoramiento sobre los requisitos, la condicionalidad y los compromisos de los pagos directos y sectoriales de la PAC
- Solo cuentan los asesoramientos a titulares inscritos en el Registro de Explotaciones Agrarias de Andalucía (REAFA) o en el de Explotaciones Ganaderas (REGA), cuya solicitud única de la PAC presente y tramite tu entidad y termine en un pago a la persona asesorada
- Requisitos
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- Eres una organización profesional agraria de ámbito andaluz y carácter general, constituida y reconocida legalmente
- Si eres organización profesional agraria, entre tus fines estatutarios está la defensa de los intereses generales de la agricultura
- O eres una organización de cooperativas agrarias de ámbito andaluz y carácter general
- Tus estatutos fijan Andalucía como ámbito de actuación e incluyen entre tus fines el asesoramiento técnico a agricultores y ganaderos
- Estás integrada en una organización reconocida a nivel del Estado que es miembro de pleno derecho del Comité de Organizaciones Profesionales Agrarias de la Unión Europea
- Tienes al menos una oficina en cada provincia en la que vayas a prestar el asesoramiento
- Cuentas con personal técnico con cualificación o experiencia adecuada y formación apropiada, con contrato en vigor o compromiso de contratarlo antes de empezar el servicio (se considera cualificación adecuada un título universitario oficial en agronomía, veterinaria, forestal, ciencias ambientales o biología)
- Puedes acreditar estos requisitos con los medios (oficinas, equipos y personal técnico) de tus entidades federadas o integradas, si certificas que dispondrás de ellos durante todo el periodo de ejecución
- Presentas un programa de actuaciones con el ámbito territorial, la previsión de asesoramientos y los medios materiales
- Alcanzas al menos 10 puntos en los criterios de valoración, cumplidos a la fecha de cierre del plazo de solicitud
Puntuación máxima: 80 puntos. Puntuación mínima: 10 puntos. Cuentan también las solicitudes presentadas a través de entidades federadas o integradas.Criterio Puntos Entidad colaboradora de la PAC con más de 60.000 solicitudes únicas en las dos campañas anteriores 30 Entidad colaboradora de la PAC con más de 30.000 solicitudes únicas en las dos campañas anteriores 20 Entidad colaboradora de la PAC con más de 15.000 solicitudes únicas en las dos campañas anteriores 10 Entidad habilitada con más de 2.000 solicitudes de las Submedidas 6.1 o 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 30 Entidad habilitada con más de 1.000 solicitudes de las Submedidas 6.1 o 4.1 20 Entidad habilitada con más de 500 solicitudes de las Submedidas 6.1 o 4.1 10 Asesoramiento a explotaciones de las 8 provincias andaluzas 20 Asesoramiento a explotaciones de al menos 6 provincias andaluzas 10 -
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presta los asesoramientos dentro del plazo de ejecución, que termina el 15 de octubre de 2026
- Da un asesoramiento imparcial a titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas de Andalucía
- Cuenta con técnicos asesores sin conflicto de intereses con las personas asesoradas
- Pide el pago con el formulario de solicitud de pago (Anexo III)
- Acredita el personal con el informe de trabajadores en alta de la Seguridad Social del periodo de ejecución
- Da de alta tu entidad en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Tesorería General de la Junta de Andalucía
- Mantén los requisitos desde que presentas la solicitud hasta que termina el plazo de ejecución
- Conserva los documentos justificativos durante cinco años desde el pago final de la ayuda
- Cuándo
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- Abre: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una organización profesional agraria de ámbito andaluz y carácter general
- Eres una organización de cooperativas agrarias de ámbito andaluz y carácter general
- Asesoras a titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas situadas en Andalucía
- Prestas asesoramiento durante la solicitud única de la PAC de la campaña 2026
- Eres un agricultor o ganadero que pide la ayuda a título individual
- Tu organización no tiene ámbito andaluz ni carácter general
- Las explotaciones que asesoras están fuera de Andalucía
- Tu solicitud no alcanza la puntuación mínima de 10 puntos
Cuánto puedes recibir
Recibes 132,97€ por cada asesoramiento que tu entidad preste en el periodo de ejecución: la subvención es el número de asesoramientos multiplicado por ese coste unitario. La convocatoria fija en 7.000 el número máximo de asesoramientos subvencionables a nivel provincial. La subvención no puede superar el 25% ni ser inferior al 5% del importe de la convocatoria, y cubre el 100% de los gastos del servicio.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el programa de actuaciones de asesoramiento (Anexo IV)
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Rellena el formulario de solicitud (Anexo I) con tu autobaremación
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Presenta la solicitud por vía exclusivamente electrónica en la sede electrónica de la Junta de Andalucía (procedimiento 25549)
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Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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En el trámite de audiencia, acepta la ayuda y aporta la documentación con el Anexo II
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Tras prestar los asesoramientos, solicita el pago con el Anexo III
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo I)
- Programa de actuaciones de asesoramiento (Anexo IV)
- Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II)
- Acta del órgano de gobierno, certificada por el secretario, con el acuerdo de solicitar la ayuda
- Documento de relación con las entidades federadas o integradas, con su compromiso de destinar sus medios al asesoramiento
- Tarjeta de identificación fiscal
- Escritura de constitución y estatutos
- Documentación que acredite la representación
- Documentación justificativa de titularidad de bienes inmuebles
- Certificado de ausencia de condena por sentencia firme, si te opones a la consulta de inhabilitaciones
- Solicitud de pago (Anexo III) con el informe de trabajadores en alta, el certificado del personal técnico y las declaraciones de ausencia de conflicto de intereses