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Ayudas al mantenimiento de taxis adaptados en A Coruña

Subvención municipal para los gastos de mantenimiento de taxis adaptados en A Coruña

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de A Coruña, en concurrencia no competitiva, para el mantenimiento de taxis adaptados
Para quién
Titulares de una licencia de taxi adaptado de A Coruña, incluidas comunidades de bienes y agrupaciones de personas
Cuánto
El crédito se reparte a partes iguales entre las licencias admitidas, sin superar el gasto que justifiques con facturas
Qué cubre
  • Combustible del taxi adaptado
  • Mantenimiento y reparaciones del vehículo
  • Seguros del vehículo y otros gastos corrientes de la misma naturaleza
Requisitos
  • Eres titular de un vehículo adaptado para trasladar personas con movilidad reducida o discapacidad
  • Eres titular de una licencia de taxi en el municipio de A Coruña
  • Has justificado las subvenciones que ya te concedió el Ayuntamiento de A Coruña, salvo que el plazo siga abierto
  • Estás al día con la Agencia Tributaria, la Hacienda gallega, el Ayuntamiento de A Coruña y la Seguridad Social
  • Los gastos se pagaron entre el 1 de enero de 2026 y la publicación de la convocatoria en el boletín de la provincia
  • Si sois una agrupación o comunidad de bienes, cada miembro cumple los requisitos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a los gastos del taxi adaptado por los que la pediste
  • Justifica el gasto con facturas y comprobantes de pago que incluyan la matrícula del taxi
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad
  • Conserva los justificantes mientras puedan ser objeto de comprobación y control
  • Facilita la información que te pidan el servicio gestor y la Intervención municipal
  • Devuelve la parte sobrante si la suma de ayudas supera el coste que has justificado
Fechas estimadas
  • Abre: 23 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una licencia de taxi en el municipio de A Coruña
  • Tu vehículo está adaptado para trasladar personas con movilidad reducida o discapacidad
  • Has pagado combustible, mantenimiento, reparaciones o seguros del taxi durante 2026
  • Puedes acreditar esos gastos con facturas que indiquen la matrícula del taxi
  • Sois una comunidad de bienes o una agrupación titular de una licencia de taxi adaptado
  • No eres titular de un vehículo adaptado para personas con movilidad reducida
  • Tu licencia de taxi corresponde a otro municipio
  • Tienes sin justificar una subvención anterior del Ayuntamiento con el plazo ya vencido
  • Los gastos que quieres presentar son salarios o cuotas de la Seguridad Social
  • Quieres financiar inversiones en bienes inventariables
  • Tus gastos son tributos, sanciones, recargos, intereses o procedimientos judiciales

Cuánto puedes recibir

No hay una cuantía fija por licencia. El crédito global de la convocatoria es de 30.000 euros y se divide a partes iguales entre todas las licencias cuyas solicitudes reúnen los requisitos, hasta agotarlo, incluyendo los importes que se añadan si el crédito se amplía mediante modificaciones presupuestarias. Lo que te conceden nunca puede superar el importe que hayas justificado con las facturas. Si en ese reparto a alguna licencia le corresponde más de lo que ha justificado, los importes restantes se vuelven a dividir a partes iguales entre las licencias participantes hasta agotar el crédito.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas y los comprobantes de pago de los gastos del taxi adaptado, con la matrícula indicada

  2. Cumplimenta y firma la solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexo III)

  3. Aporta la certificación de tus datos bancarios en formato IBAN

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento o en su registro general dentro del plazo de 15 días hábiles

  5. Si te requieren subsanar algo, apórtalo en el plazo improrrogable de diez días hábiles

  6. Comunica tu aceptación o tu renuncia en los tres días naturales siguientes a la propuesta de resolución definitiva

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada y firmada (Anexo I)
  • Declaración responsable, que incluye la declaración de ayudas de minimis recibidas y la autorización de consulta de datos (Anexo III)
  • Certificación de los datos bancarios de la persona solicitante, en formato IBAN
  • Facturas o documentos de valor equivalente y justificantes del pago efectivo, con la matrícula del taxi adaptado
  • Certificados de estar al corriente con las administraciones tributarias y la Seguridad Social, solo si te opones a que el Ayuntamiento los consulte
  • Personas jurídicas: NIF de la entidad solicitante
  • Personas jurídicas: acreditación de la representación
  • Personas jurídicas: estatutos o escritura de constitución y acreditación de la inscripción en el registro
  • Declaración de la documentación que ya está en poder del Ayuntamiento (Anexo II), si procede
  • Autorización para que el Ayuntamiento obtenga tus datos tributarios (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención si ya tengo otra ayuda para lo mismo?
Sí, es compatible con ayudas de entidades públicas o privadas, pero la suma no puede superar el coste que justifiques. Si hay exceso de financiación, tendrás que reintegrar la cantidad sobrante.
¿Qué gastos no se admiten?
No se subvencionan los salarios ni las cuotas de la Seguridad Social, los tributos, las indemnizaciones, las sanciones, los recargos, los intereses, los gastos de procedimientos judiciales ni las inversiones en bienes inventariables.
¿Hay un tope al conjunto de ayudas de minimis que puedo recibir?
Sí. Las ayudas de minimis concedidas a una misma empresa no pueden superar los 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años.
¿Sirven los gastos pagados en efectivo?
Se admiten pagos en efectivo de hasta 200 euros con el IVA incluido. Si el pago de un servicio se fracciona, ese límite se refiere a la suma de los pagos fraccionados.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta documentación?
El Ayuntamiento te requerirá para que lo corrijas en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.

Fuentes oficiales

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