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Ayudas Claras
Subvenciones Guadalajara Servicios sociales
Servicios sociales Guadalajara Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención discapacidad intelectual en Azuqueca de Henares

Subvención a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inclusión social

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en concurrencia competitiva, para proyectos de apoyo a la discapacidad intelectual.
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollan actividades con personas con discapacidad intelectual.
Cuánto
Sin importe fijo por entidad: cada solicitante indica en la solicitud la cantidad que pide y se concede a los proyectos mejor valorados
Qué cubre
  • Materiales, diseño y organización de las actividades, incluidos los seguros de responsabilidad civil
  • Difusión y material publicitario para promocionar las actuaciones del proyecto
  • Pago al personal que trabaja en las actividades propuestas
Requisitos
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y legalmente constituida
  • Tu entidad se constituyó antes de la fecha de aprobación de esta convocatoria
  • Tu entidad está domiciliada en Azuqueca de Henares e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Tu proyecto se desarrolla en el término municipal y se dirige a vecinos y vecinas de Azuqueca de Henares
  • Has cumplido y justificado las subvenciones que el Ayuntamiento te concedió antes
  • Estás al corriente en el pago de tus obligaciones con el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza el proyecto y las actividades tal y como las describiste en tu solicitud
  • Pide autorización antes de introducir modificaciones en el proyecto
  • Coloca de forma visible el logotipo del Ayuntamiento donde ejecutes el proyecto y en el material que edites
  • Ejecuta el proyecto como máximo hasta el 31 de diciembre de 2026
  • Justifica la subvención como muy tarde el 31 de enero de 2027
  • Conserva las facturas y los documentos que justifican el uso de los fondos
  • Facilita las comprobaciones del Ayuntamiento, incluida una visita para revisar las actuaciones
Fechas estimadas
  • Abre: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Representas una entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Tu entidad está domiciliada en Azuqueca de Henares
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Trabajas en la inclusión social de personas con discapacidad intelectual
  • Tu proyecto se desarrolla dentro del término municipal de Azuqueca de Henares
  • Los destinatarios de tu actividad son vecinos y vecinas del municipio
  • Tu entidad se constituyó después de aprobarse esta convocatoria
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Tu proyecto se desarrolla fuera del término municipal
  • Quieres financiar gastos de inversión
  • El proyecto ya se financia con otros fondos del presupuesto municipal
  • Ya has presentado una solicitud a esta convocatoria

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija un importe por entidad: eres tú quien indica en la solicitud la cantidad que pides. El Ayuntamiento destina a esta convocatoria un máximo de 30.000€ en total, que se adjudican a los proyectos que obtengan mayor valoración. Lo que solicites no puede superar el 100% del valor económico del proyecto sumando la financiación concurrente de otras entidades, y la cantidad que te concedan tiene carácter de cuantía máxima. El pago es anticipado: lo recibes íntegro por transferencia a la cuenta de la entidad antes de justificar los gastos, y no tienes que constituir garantía.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad y prepara el proyecto de actividades

  2. Firma la solicitud con el presidente de tu entidad o con quien tenga la delegación acreditada

  3. Presenta la solicitud de forma telemática con firma electrónica en el registro del Ayuntamiento dentro del plazo de diez días naturales

  4. Subsana en diez días los defectos si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Revisa la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en diez días si no estás conforme

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud firmado por el representante de la entidad (Anexo 1)
  • Certificado del secretario de la entidad con el acuerdo para solicitar la subvención y la designación del representante
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad
  • Fotocopia de los estatutos de la entidad
  • Fotocopia del NIF del representante designado
  • Certificado del secretario con el número de asociados al corriente de pago de la cuota
  • Ficha de tercero con el número de cuenta bancaria a nombre de la entidad
  • Proyecto de actividades propuestas
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser entidad beneficiaria (Anexo 2)
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria
  • Relación de actividades o proyectos con el mismo objetivo desarrollados en Azuqueca de Henares, con su fecha de celebración

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si el proyecto ya recibe otras ayudas?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados para la misma finalidad, siempre que entre todos no superen el coste de las acciones subvencionadas.
¿Puedo presentar varias solicitudes?
No. Solo se admite una única solicitud por interesado, y las que se presenten fuera de plazo se inadmiten.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo de resolución es de tres meses desde que termina el plazo para presentar solicitudes. Si vence sin notificación expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Tengo que pedir presupuestos para justificar los gastos?
Sí, cuando una factura sea igual o superior a 15.000 euros sin IVA: en ese caso debes aportar al menos tres presupuestos de proveedores diferentes.
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución?
Puedes presentar un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.

Fuentes oficiales

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