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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Empleo
Empleo Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a sindicatos para acción sindical en Cataluña

Subvención de 27,75€ por cada representante sindical elegido en Cataluña

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Departamento de Empresa y Trabajo de Cataluña para promover la acción sindical.
Para quién
Organizaciones sindicales que actúan en Cataluña.
Cuánto
27,75€ por cada representante sindical elegido en Cataluña a 31 de diciembre de 2025, sin superar el coste del proyecto ni el importe solicitado
Qué cubre
  • Información dirigida a trabajadores y trabajadoras
  • Asistencia técnica y jurídica
  • Formación sindical
Requisitos
  • Eres una organización sindical con representantes sindicales elegidos en Cataluña
  • Tus actividades integran la perspectiva de género interseccional en todas las áreas y niveles de intervención
  • Ejecutas las actividades entre el 1 de enero y el 15 de octubre del año de la convocatoria
  • El importe que pides no supera el coste del proyecto que presentas
  • No destinas la ayuda a gastos de participación institucional de tu entidad
Obligaciones
  • Presenta la justificación en los quince días hábiles siguientes al fin del periodo de ejecución
  • Si te conceden 60.000€ o menos, justifica con una cuenta justificativa con informe de auditoría o con justificantes de gasto
  • Si te conceden más de 60.000€, justifica con una cuenta justificativa con informe de auditoría
  • Comunica tu renuncia al órgano competente si quieres devolver voluntariamente lo cobrado
  • Devuelve el importe que corresponda con los intereses de demora cuando proceda el reintegro
Fechas estimadas
  • Abre: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una organización sindical que actúa en Cataluña
  • Tienes representantes sindicales elegidos en Cataluña a 31 de diciembre de 2025
  • Quieres financiar información, asistencia técnica y jurídica o formación sindical
  • Vas a ejecutar las actividades entre el 1 de enero y el 15 de octubre
  • Tus actividades integran la perspectiva de género interseccional
  • No tienes representantes sindicales elegidos en el ámbito territorial de Cataluña
  • Quieres pagar gastos de participación institucional de tu entidad
  • Tus actividades no integran la perspectiva de género interseccional
  • Vas a realizar las actividades fuera del 1 de enero al 15 de octubre
  • Ya cubres el coste total de la actividad con otras ayudas o ingresos

Cuánto puedes recibir

Recibes 27,75€ por cada representante sindical que tu organización tenga elegido en el ámbito territorial de Cataluña a 31 de diciembre de 2025. La subvención no puede superar el coste del proyecto que presentas ni el importe que hayas solicitado. Una vez publicada la resolución definitiva de concesión, se tramita un anticipo del 100% de la cantidad concedida, sin que se te exijan garantías.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena el modelo de solicitud que figura en la sede electrónica

  2. Presenta la solicitud de forma telemática dentro del plazo de quince días hábiles

  3. Reformula la solicitud si hay que ajustar los compromisos y las condiciones a la subvención que te pueden otorgar

  4. Consulta la propuesta provisional y la resolución en el tablón electrónico de la Generalitat de Cataluña

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud según el modelo disponible en la sede electrónica
  • Cuenta justificativa con justificantes de gasto o con informe de auditoría, para subvenciones de 60.000€ o menos
  • Cuenta justificativa con informe de auditoría, para subvenciones superiores a 60.000€

Preguntas frecuentes

¿Cómo me comunican si me conceden la subvención?
Las propuestas provisionales de concesión y las resoluciones se publican en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña. Esa publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
¿Qué pasa si no recibo respuesta?
La resolución debe dictarse y publicarse en el plazo máximo de un mes desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo combinar esta subvención con otras ayudas?
Sí, pero el importe no puede superar, solo o junto con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad subvencionada.
¿Puedo pedir más tiempo para justificar la subvención?
Sí. Puedes solicitar la ampliación antes de que acabe el plazo fijado, con razones motivadas y mediante el trámite electrónico que habilite el órgano instructor. El nuevo plazo no puede superar la mitad del plazo inicial.
¿Qué ocurre si no justifico la subvención?
Puedes perder el derecho a cobrarla, total o parcialmente. Si ya habías cobrado, tendrás que reintegrar la cantidad que se te notifique, con los intereses de demora calculados desde la fecha del pago hasta la devolución efectiva.

Fuentes oficiales

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