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Ayudas Claras
Ayudas La Palma Vivienda
Vivienda La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para rehabilitar vivienda y alquilarla en La Palma

Hasta 30.000€ por solicitud para rehabilitar una vivienda y ponerla en alquiler

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo Insular de La Palma para rehabilitar viviendas y ponerlas después en alquiler
Para quién
Propietarios o usufructuarios de viviendas en la isla de La Palma, tanto personas físicas como jurídicas
Cuánto
  • Hasta 30.000€ por solicitud, según el presupuesto de las obras
    Presupuesto de las obrasSubvención
    Hasta 20.000€100% del coste total de ejecución de las obras
    Entre 20.001€ y 60.000€20.000€ fijos más el 25% del importe que exceda de 20.000€
    Más de 60.000€30.000€, importe máximo y cerrado
    La subvención no puede superar el coste de la actividad subvencionada, ni aisladamente ni junto a otras ayudas, y su cuantía depende de la disponibilidad presupuestaria.
Qué cubre
  • Obras de rehabilitación, conservación, restauración, reforma o ampliación de la vivienda

    Reformas para adaptar la vivienda a personas con discapacidad o dependencia (ampliación de espacios de circulación, cambio de puertas, señales acústicas o luminosas, eliminación de escalones); domótica que mejore la accesibilidad y la autonomía; reformas de cocina, baños y aseos; instalaciones interiores eléctricas de baja tensión, de fontanería y de saneamiento; conservación de cubiertas, azoteas, fachadas, medianerías y carpintería exterior, incluida la retirada de elementos con amianto; obras de conservación y mantenimiento para subsanar daños funcionales o estéticos; modernización y adecuación a la normativa vigente; refuerzo, sustitución parcial o ejecución de nuevos elementos estructurales; preservación de elementos arquitectónicos de interés histórico, cultural o paisajístico; cerramientos de parcela, vallados, barandillas de seguridad e itinerarios accesibles hasta la entrada principal.

  • Obras para luchar contra la pobreza energética en la vivienda

    Mejora de la envolvente térmica para reducir la demanda energética, con actuaciones en fachada, cubierta, plantas bajas no protegidas o cualquier paramento de la envolvente, aislamiento térmico, sustitución de carpinterías y acristalamientos, cerramiento o acristalamiento de terrazas ya techadas y dispositivos bioclimáticos y de sombreamiento; instalación de agua caliente sanitaria; instalaciones fotovoltaicas; instalación de energía solar térmica.

Requisitos
  • Eres titular de la propiedad o del usufructo de la vivienda

    Debes acreditarlo con escritura de compraventa, escritura de propiedad, escritura de adjudicación de herencia, inscripción registral o cualquier medio válido en Derecho. Si eres usufructuario, necesitas la autorización expresa de la persona propietaria para ejecutar las obras y solicitar la ayuda.

  • La vivienda está en cualquier municipio de la isla de La Palma, en suelo urbano o rústico
  • La vivienda no es el domicilio habitual de sus propietarios, usufructuarios ni arrendatarios al solicitar
  • Tienes nacionalidad española, de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza

    Si eres ciudadano extranjero no comunitario, debes acreditar tu situación de estancia o residencia legal en territorio español.

  • No te han revocado antes una subvención de un plan de vivienda estatal o autonómico
  • Presentas una solicitud independiente por cada inmueble para el que pidas la ayuda
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Pon la vivienda en alquiler residencial durante al menos cinco años tras terminar las obras
  • No destines la vivienda a alquiler turístico, subarriendo ni a otro uso distinto del residencial
  • Fija el precio del alquiler dentro de los rangos del sistema estatal de referencia del precio del alquiler de vivienda
  • Ejecuta las obras conforme a la memoria o proyecto aceptado y a la normativa urbanística aplicable
  • Comunica la finalización de las obras y la puesta en alquiler, aportando fotografías del estado final
  • Conserva todos los justificantes de pago y documentos relacionados durante cinco años
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario o usufructuario de una vivienda en la isla de La Palma
  • Quieres rehabilitar esa vivienda para ponerla después en alquiler
  • La vivienda no es el domicilio habitual de sus dueños ni de ningún inquilino al solicitar
  • Puedes comprometerte a alquilarla como residencia al menos cinco años
  • Ya iniciaste las obras este año, a partir del 1 de enero
  • La vivienda está fuera de la isla de La Palma
  • La vivienda es tu domicilio habitual en el momento de la solicitud
  • Quieres destinar la vivienda a alquiler turístico
  • Quieres subarrendar la vivienda o darle un uso no residencial
  • Te han revocado antes una subvención de un plan de vivienda estatal o autonómico

Cuánto puedes recibir

La subvención se calcula sobre el coste total de ejecución de las obras. Si el presupuesto no pasa de 20.000€, se cubre el 100%; si está entre 20.001€ y 60.000€, recibes 20.000€ fijos más el 25% del importe que exceda de 20.000€; y si supera los 60.000€, la cuantía queda fijada en 30.000€. En ningún caso se superan los 30.000€ por solicitud ni el coste de la actividad subvencionada, y la cuantía final se fija en la resolución de concesión y depende de la disponibilidad presupuestaria. Si el crédito no alcanza para todas las solicitudes admitidas, el importe global máximo se reparte de forma proporcional entre quienes acepten la subvención.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Solicita en tu ayuntamiento la comunicación previa o la licencia de obras que corresponda según las actuaciones

  2. Reúne la solicitud y declaración responsable del Anexo I, una por cada inmueble

  3. Prepara la documentación técnica de las obras: memoria descriptiva, memoria técnica o proyecto técnico, según el caso

  4. Presenta la solicitud en la Oficina de Atención Ciudadana del Cabildo de La Palma, en sus registros desconcentrados o en su sede electrónica

  5. Revisa la propuesta de resolución provisional publicada en el tablón de anuncios y alega en diez días hábiles si lo necesitas

  6. Comunica la aceptación o la renuncia de la subvención en cinco días hábiles mediante el Anexo V

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención y declaración responsable de no estar incurso en prohibición para ser beneficiario (Anexo I), una por cada inmueble
  • Copia del DNI, NIE o documento equivalente de la persona solicitante
  • Copia del DNI o NIE del representante y acreditación de la representación legal, si actúas por medio de representante
  • Documentación acreditativa de la titularidad o del usufructo de la vivienda: escritura de compraventa, escritura de propiedad, escritura de adjudicación de herencia o inscripción registral
  • Autorización al Cabildo de La Palma para recabar los datos de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la propia Corporación (Anexo II)
  • Si no autorizas esa consulta: certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Agencia Tributaria Canaria, con la Seguridad Social y con el propio Cabildo de La Palma
  • Memoria descriptiva de las actuaciones, si las obras no requieren licencia ni comunicación previa
  • Memoria técnica, si la actuación requiere comunicación previa
  • Proyecto técnico suscrito por técnico competente si la actuación requiere licencia, visado además cuando se trate de obra mayor
  • Fotografías interiores y exteriores del estado actual del inmueble
  • Presupuesto desglosado con la medición y el precio de cada unidad de obra
  • Documento de aceptación o renuncia de la subvención (Anexo V)
  • Declaración responsable del gasto subvencionado (Anexo VI)
  • Comunicación de finalización de obras y puesta a disposición de la vivienda en alquiler (Anexo VII)

Preguntas frecuentes

¿Sirve para obras que ya he empezado?
Sí. La subvención se puede solicitar con efecto retroactivo para obras iniciadas desde el 1 de enero del año en curso.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer las obras?
El periodo de ejecución es de quince meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. Puede ampliarse por causas excepcionales justificadas, sin superar la mitad del plazo concedido y solicitándolo como muy tarde un mes antes de que expire.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para dictar resolución es de seis meses, contados desde el día siguiente al final del plazo de presentación de solicitudes. Si transcurre sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Las solicitudes se puntúan con el baremo de la convocatoria y se ordenan de mayor a menor puntuación hasta agotar la partida presupuestaria. Si dos solicitudes empatan, gana la que tenga registro de entrada anterior en el Cabildo de La Palma, por fecha y hora de presentación.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
El incumplimiento de la obligación de justificar, o una justificación insuficiente, obliga a devolver las cantidades percibidas y no justificadas o justificadas indebidamente.

Fuentes oficiales

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