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Ayudas Claras
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Económico Zaragoza Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para entidades sociales en Calatayud 2026

Subvención municipal para proyectos de acción social de entidades de Calatayud.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Calatayud para proyectos de acción social dirigidos a colectivos vulnerables.
Para quién
Entidades sociales sin ánimo de lucro y fundaciones que desarrollan su actividad en Calatayud.
Cuánto
Entre 500€ y 6.500€ por entidad, según la puntuación que obtenga tu proyecto con los criterios de valoración, y sin pasar del 80% del presupuesto de la actividad.
Qué cubre
  • Las actividades del proyecto de acción social que presentas
  • Nóminas y seguros sociales del personal estrictamente necesario para el proyecto, que se justifican con las nóminas y los boletines de cotización
  • Los materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto
  • Solo los gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • No cubre el alquiler, el mantenimiento ni los suministros de la sede, ni las inversiones
Requisitos
  • Eres una entidad social y tu objeto social se relaciona con el objeto de la subvención
  • Desarrollas tu actividad en Calatayud y estás inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento; las fundaciones acreditan su inscripción en el registro autonómico o nacional
  • Has cumplido los requisitos y realizado la actividad de las subvenciones que te concedió el Ayuntamiento para el mismo destino y finalidad en los cuatro ejercicios anteriores
  • Presentas una única actividad o proyecto, que es la que se valora
  • Si tu entidad no está inscrita como empresario en la Seguridad Social, aportas un informe de la Tesorería General que lo demuestre
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta una memoria final de actuación con las actividades realizadas, los objetivos y los resultados obtenidos
  • Presenta una memoria económica con la relación de gastos e inversiones, las facturas y los justificantes de pago
  • Conserva los listados de participantes, encuestas y documentos que sustentan los resultados y entrégalos si el Ayuntamiento te los pide
  • Declara las demás subvenciones o ingresos públicos o privados que hayan financiado la actividad
  • Comunica en el plazo de un mes las ayudas que solicites o te concedan para este proyecto
  • Si no justificas en plazo, se te requerirá para que lo hagas en quince días improrrogables antes de iniciar el reintegro
Fechas estimadas
  • Abre: 23 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad social y tu objeto social se relaciona con la acción social
  • Desarrollas tu actividad en Calatayud
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Calatayud
  • Eres una fundación inscrita en el registro autonómico o nacional de fundaciones
  • Tienes un proyecto para mejorar la vida de los colectivos más vulnerables
  • No desarrollas tu actividad en Calatayud
  • Tu objeto social no tiene relación con la acción social
  • Tu entidad no está inscrita en el registro municipal de asociaciones ni en un registro de fundaciones
  • No justificaste en plazo subvenciones municipales de los cuatro ejercicios anteriores
  • Quieres presentar varios proyectos: solo se valora uno por solicitante

Cuánto puedes recibir

Cada entidad puede recibir entre 500€ y 6.500€. La cuantía se decide aplicando a tu proyecto los criterios de valoración, que suman hasta 90 puntos, y no puede superar el 80% del presupuesto de la actividad. Solo se concede menos de 500€ si presentas un proyecto de carácter puntual que no llegue a esa cantidad y se considere de importancia subvencionarlo. El pago se hace después de que justifiques la actividad subvencionada. Si tienes deudas con el Ayuntamiento de Calatayud, pueden compensarse con la cantidad que te corresponda cobrar.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad: escritura o documento de constitución, estatutos inscritos y acreditación de la representación

  2. Redacta la memoria detallada de las actividades, con el presupuesto desglosado y las fuentes de financiación previstas

  3. Rellena los anexos de solicitud y declaraciones responsables, datos de la entidad y proyecto de acción social

  4. Presenta la solicitud por registro electrónico dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia de Zaragoza

  5. Subsana la solicitud en el plazo de 10 días si el instructor te lo requiere

  6. Reformula el proyecto si la propuesta provisional te concede un importe inferior al que solicitaste

Documentación necesaria

  • Solicitud y declaraciones responsables (Anexo I)
  • Datos de la entidad solicitante (Anexo II)
  • Proyecto de acción social (Anexo III)
  • Acreditación de la representación, cuando proceda
  • Copia de la escritura o documento de constitución y los estatutos o acto fundacional, debidamente inscritos, si eres persona jurídica
  • Declaración responsable de que no concurre ninguna circunstancia que impida obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas
  • Memoria detallada de las actividades para las que pides la subvención, con presupuesto desglosado y fuentes de financiación
  • Documentación de la forma de acreditar los méritos de los criterios de valoración
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, solo si no autorizas al Ayuntamiento a consultarlos

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero puedo recibir?
La cuantía no será inferior a 500€ ni superior a 6.500€, y en ningún caso puede pasar del 80% del presupuesto de la actividad. Solo se baja de 500€ si el proyecto es de carácter puntual, no llega a esa cantidad y se considera de importancia subvencionarlo.
¿Qué pasa si me conceden menos dinero del que pedí?
Se te instará a reformular el proyecto ajustando los compromisos y las condiciones que presentaste, respetando el objeto y la finalidad de la subvención. Si no contestas a la propuesta de reformulación en plazo, se mantiene el contenido de tu solicitud inicial.
¿Puedo pedir otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí. La convocatoria indica que la subvención es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad, y tendrás que declarar las que solicites o te concedan.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Qué ocurre si no presento la justificación de la subvención?
El Ayuntamiento te requerirá por escrito para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días. Si tampoco la presentas, se inicia el procedimiento de reintegro y las demás responsabilidades previstas.

Fuentes oficiales

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