Subvención para organizar ferias de alimentos en Cantabria
Hasta 9.900€ por organizar una feria o mercado alimentario en Cantabria
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Cantabria para organizar ferias y mercados alimentarios en la región
- Para quién
- Corporaciones locales, entidades asociativas y agrupaciones sin ánimo de lucro de Cantabria.
- Cuánto
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- Hasta 9.900€ por beneficiario
El tope de 9.900€ se aplica a cada beneficiario con independencia del número de actuaciones que lleve a cabo. La cuantía está condicionada a que haya disponibilidad presupuestaria.Gasto subvencionable Porcentaje máximo Primeros 6.000€ de gastos subvencionables 90% Resto de gastos subvencionables 40%
- Hasta 9.900€ por beneficiario
- Qué cubre
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- Acondicionamiento del recinto donde se celebra la feria o el mercado
- Actuaciones de promoción de productos alimentarios agrarios y pesqueros producidos, extraídos, elaborados o transformados en Cantabria
- Requisitos
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- Eres una corporación local, una entidad asociativa o una agrupación sin ánimo de lucro de Cantabria
- La feria o el mercado alimentario que organizas se celebra en Cantabria
- Sobre ti recae la carga financiera, la responsabilidad final de los gastos y la realización de la actividad
- Ejecutas la actuación entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de octubre de 2027
- Tu entidad no es una empresa en crisis
- No tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal por la Comisión Europea
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica al gestor cualquier variación en las inversiones previstas antes de realizarla
- Justifica los gastos con el modelo normalizado Anexo B: si eres una administración pública con Intervención General u órgano de control equivalente, aportas su certificación y la memoria económica justificativa; el resto de beneficiarios aportan las facturas y los justificantes de pago en original y copia
- Presenta la justificación antes del 15 de octubre de 2027 si ejecutas la actuación hasta el 19 de septiembre de 2027
- Presenta la justificación antes del 15 de noviembre de 2027 si ejecutas la actuación entre el 20 de septiembre y el 31 de octubre de 2027
- Declara cualquier otra ayuda que hayas solicitado u obtenido para la misma finalidad
- Ten presente que si no justificas los gastos te revocan la ayuda y tienes que devolverla
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 12 de febrero de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una corporación local de Cantabria
- Eres una entidad asociativa o una agrupación sin ánimo de lucro de Cantabria
- Organizas una feria o un mercado alimentario en Cantabria
- Quieres promocionar los productos alimentarios de la región
- Ejecutas la actuación entre noviembre de 2026 y octubre de 2027
- Eres una empresa: esta convocatoria es solo para corporaciones locales, entidades asociativas y agrupaciones sin ánimo de lucro
- Lo que quieres es asistir a una feria con tus productos y no organizarla: para eso hay otra convocatoria dirigida a las pymes alimentarias
- Organizas la feria o el mercado fuera de Cantabria
- Celebras la actuación antes de noviembre de 2026 o después de octubre de 2027
- Tu entidad es una empresa en crisis
- Tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal
Cuánto puedes recibir
Si organizas una feria o un mercado alimentario en Cantabria recibes como máximo 9.900€: se aplica el 90% sobre los primeros 6.000€ de gastos subvencionables y el 40% sobre el resto. La ayuda se abona íntegramente al beneficiario y está condicionada a que haya disponibilidad presupuestaria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria descriptiva de la actividad que quieres subvencionar y las facturas pro-forma o presupuestos del gasto que vas a realizar
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Descarga los modelos de solicitud y sus anexos en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria
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Firma la solicitud y los anexos como solicitante o como representante legal
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Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General del Gobierno de Cantabria antes del 12 de febrero de 2027
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Si te requieren subsanar algo, aporta la documentación en los diez días hábiles siguientes
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Presenta la justificación de los gastos con el modelo normalizado una vez ejecutada la actuación
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda firmada (Anexo A)
- Memoria descriptiva de la actividad a subvencionar
- Relación de facturas pro-forma del gasto a realizar (Anexo A1a)
- Relación de gastos a realizar en el caso de participación y asistencia a ferias (Anexo A1b)
- Facturas pro-forma o presupuestos del gasto a realizar
- Copia de la escritura de constitución de la entidad y sus modificaciones registradas, salvo si pides la ayuda a la organización de mercados y ferias agroalimentarias
- Autorización para que la Consejería recabe los certificados de Hacienda estatal y de la Seguridad Social (Anexo A2) o, si no la das, esos certificados
- Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad (Anexo A3)