Subvenciones de Padrón a entidades culturales y de festejos
Puedes pedir hasta el 80% del gasto de la actividad cultural o festiva
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Padrón para organizar actividades culturales o festejos populares
- Para quién
- Entidades públicas o privadas y agrupaciones de personas físicas, como las comisiones de fiestas
- Cuánto
- Hasta el 80% del presupuesto de gastos de la actividad, con la cuantía final proporcional a la puntuación obtenida
- Qué cubre
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- Gastos de organización y desarrollo de actividades culturales: celebraciones, homenajes, exposiciones, publicaciones, concursos, certámenes, muestras, excursiones, eventos musicales, encuentros, conferencias y estudios
- Gastos de actividades festivas de carácter tradicional y cultural organizadas por entidades ciudadanas, con acceso al público y sin pago de entrada
- Requisitos
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- Tu entidad carece de fines de lucro
- Tu entidad está jurídicamente constituida, o sois una agrupación de personas físicas creada para realizar la actividad
- Desarrollas tus actividades en el término municipal de Padrón
- No tienes pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Padrón
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones de Padrón, salvo si sois una agrupación sin personalidad jurídica
- Lo que pides no supera el 80% del presupuesto de gastos previsto o ya realizado
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad de acuerdo con la memoria presentada y destina la subvención solo a los fines para los que se concedió
- Pide autorización al Ayuntamiento antes de cambiar el destino de la ayuda
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero y aporta la información que te requieran
- Haz constar, en las actividades subvencionadas que lo permitan, que cuentan con la subvención del Ayuntamiento de Padrón
- Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones de cualquier entidad pública o privada
- Justifica el gasto realizado como fecha límite el 15 de noviembre de 2026, sin prórroga posible
- Cuándo
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- Abre: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 13 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu entidad carece de fines de lucro y está jurídicamente constituida
- Desarrollas tus actividades en el término municipal de Padrón
- Organizas exposiciones, publicaciones, concursos, eventos musicales o conferencias
- Formas parte de una comisión de fiestas sin personalidad jurídica
- Organizas una fiesta tradicional abierta al público y sin pago de entrada
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Padrón
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tienes pendiente de justificar otra subvención del Ayuntamiento de Padrón
- Tu entidad no desarrolla actividades en el término municipal de Padrón
- La actividad ya está sujeta a un convenio de colaboración con el Ayuntamiento
- Quieres financiar inversiones reales o gastos de mantenimiento como luz, agua o teléfono
- Tu fiesta popular cobra entrada al público
Cuánto puedes recibir
No hay un importe fijo por entidad: lo que pidas no puede superar el 80% del presupuesto de gastos de la actividad, previsto o ya realizado. La Comisión de Valoración puntúa cada solicitud sobre un máximo de 10 puntos y la cuantía se reparte de forma proporcional, así que a mayor puntuación mayor subvención. Cobras una vez hayas justificado totalmente los gastos realizados, y si justificas menos de la cantidad asignada el Ayuntamiento reduce su aportación proporcionalmente.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el programa detallado de la actividad y el presupuesto desglosado de gastos
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Reúne el anexo con el nombre y la fecha de cada actividad, el número de participantes y una breve descripción
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Consigue un certificado electrónico reconocido o cualificado de firma electrónica
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Presenta el formulario normalizado firmado digitalmente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Padrón, dentro del procedimiento de Subvenciones
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Atiende el requerimiento de enmienda si detectan deficiencias: tienes 5 días naturales para aceptar la notificación y 10 días hábiles para corregirlas
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Justifica los gastos por vía telemática antes del 15 de noviembre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo normalizado firmada digitalmente por la presidencia de la entidad o por quien tenga la delegación
- Programa detallado de la actividad o servicio y presupuesto desglosado de la actividad
- Anexo con el nombre y la fecha de las actividades concretas y de carácter continuo, el número de participantes en cada una y una breve descripción
- Copia compulsada del acta constitutiva de la agrupación suscrita por todos sus integrantes, solo para agrupaciones sin personalidad jurídica
- Copia del DNI de cada integrante, solo para agrupaciones sin personalidad jurídica
- Declaración de si te han concedido otra subvención para la misma actividad
- CIF de la entidad, excepto para agrupaciones sin personalidad jurídica
- Declaración responsable de no estar incurso en causas de prohibición para obtener subvenciones
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales y con la Seguridad Social, o autorización para que el Ayuntamiento lo compruebe
- Cuenta justificativa simplificada, con certificación bancaria del número de cuenta a nombre de la entidad beneficiaria
- Facturas originales u otros documentos de valor probatorio equivalente que acrediten los gastos realizados