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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Prestaciones
Prestaciones Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para gastos de la vivienda propia en Granollers

Hasta 200€ por solicitud para gastos de tu vivienda en propiedad en Granollers

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Granollers para gastos de la vivienda habitual en propiedad
Para quién
Personas propietarias o usufructuarias de su vivienda habitual en Granollers, en especial jubiladas, pensionistas o en paro
Cuánto
Hasta 200€ por solicitud, sin superar el 50% de la cuota líquida anual del IBI de la vivienda
Qué cubre
Gastos vinculados con tu vivienda habitual en propiedad
Requisitos
  • Eres propietario o usufructuario de tu vivienda habitual en Granollers
  • Tú y quienes conviven contigo estáis empadronados en Granollers antes del 1 de enero de 2026
  • Los ingresos brutos anuales de tu unidad de convivencia no superan el umbral fijado
    Personas que conviven en la viviendaCoeficienteIngresos brutos máximos anuales
    1IRSC x 2,524.055,45€
    2IRSC x 2,6525.498,78€
    3IRSC x 2,8026.942,10€
    4IRSC x 2,9528.385,43€
    5 o másIRSC x 3,1029.828,76€
    El coeficiente sube un 5% por cada persona con discapacidad (grado igual o superior al 33%), un 5% en familias monoparentales o numerosas y un 5% si acreditas violencia machista. Se usa la renta del ejercicio anterior: los ingresos de los sustentadores principales cuentan al 100% y los del resto al 50%.
  • La vivienda es tu residencia habitual y coincide con tu domicilio de empadronamiento

    Excepcionalmente se acepta que estés empadronado en una residencia por motivos de salud.

  • Ninguna persona titular de la vivienda tiene otro inmueble urbano en España

    Solo se excluyen de esta restricción 2 plazas de aparcamiento y hasta 3 trasteros o un espacio similar; en este último caso, su valor catastral no puede superar los 19.525€.

  • Estás al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Granollers, la Agencia Tributaria de Cataluña, Hacienda y la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Facilita al Ayuntamiento la información que te pida para comprobar tus datos
  • Mantente al corriente de tus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social
  • Acepta las comprobaciones y controles de la Intervención del Ayuntamiento
  • Guarda los documentos justificativos durante al menos 6 años
  • Comunica cualquier otra subvención pública para lo mismo que no declaraste al pedirla
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario o usufructuario de tu vivienda habitual en Granollers
  • Estás empadronado en Granollers desde antes del 1 de enero de 2026
  • Tu unidad de convivencia tiene ingresos bajos
  • Eres jubilado, pensionista o estás en paro
  • Vives de alquiler y no eres propietario ni usufructuario de tu vivienda
  • Tienes otro inmueble urbano en España, aparte de garajes o trasteros permitidos
  • Los ingresos brutos de tu unidad de convivencia superan el umbral fijado
  • Tu empadronamiento no coincide con la vivienda por la que pides la ayuda, salvo que estés empadronado en una residencia por motivos de salud
  • Otro miembro de tu unidad familiar ya pide la ayuda para esa vivienda

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 200€ por solicitud, sin superar el 50% de la cuota líquida anual del IBI de tu vivienda. Por ejemplo, si tu recibo es de 385,28€, lo máximo que puedes recibir es 192,64€; solo cobran 200€ las viviendas con una cuota de IBI de 400€ o más. Se concede una única ayuda por vivienda y se paga por transferencia bancaria en un plazo máximo de 3 meses desde el acuerdo de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el modelo normalizado de solicitud en el trámite de la sede electrónica del Ayuntamiento

  2. Reúne la documentación que pide la convocatoria

  3. Presenta la solicitud en el registro telemático del Ayuntamiento de Granollers hasta el 16 de octubre de 2026 incluido

  4. Si lo prefieres, preséntala en papel en la Oficina de Atención Ciudadana de la calle Sant Josep, 7, con cita previa

  5. Si te piden corregir la documentación, hazlo en 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud
  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante y, en su caso, de su representante legal
  • Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud, en su caso
  • Título de familia numerosa o monoparental vigente, en su caso
  • Resolución de acogimiento de la Dirección General de Atención a la Infancia y Adolescencia, si hay menores acogidos
  • Certificados de discapacidad o invalidez y su grado, si algún miembro de la unidad familiar la tiene
  • Documentación que acredite la situación de violencia machista, en su caso
  • Declaración responsable de reunir los requisitos, cumplir las condiciones y de otras subvenciones obtenidas para la misma finalidad
  • Certificado de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no autorizas al Ayuntamiento a obtenerlo
  • Declaración responsable sobre obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (modelo normalizado)
  • Datos bancarios según el modelo normalizado, solo si han cambiado

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparte la ayuda si hay muchas solicitudes?
Se ordenan de menor a mayor renta de la unidad familiar. Si hay empate, pasa antes la persona solicitante de mayor edad y, después, la solicitud presentada antes (fecha y hora), hasta agotar el presupuesto.
¿Puedo pedirla si ya recibo otras ayudas del Ayuntamiento de Granollers?
Sí. Esta subvención es compatible con otras subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Granollers.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te pedirá que la corrijas o completes en 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu solicitud.
¿Cuándo se resuelve y qué pasa si no me contestan?
El plazo máximo para conceder las ayudas es de tres meses desde el cierre del plazo de solicitudes, y la concesión se notifica en un máximo de 10 días desde su aprobación. Si no hay resolución en ese plazo, se entiende desestimada.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Puedes presentar recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación.

Fuentes oficiales

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