Fianza del alquiler para jóvenes en Puerto del Rosario
Cubre la fianza del alquiler de jóvenes en Puerto del Rosario, hasta 1.000€
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda en concesión directa, por orden de llegada, del Ayuntamiento de Puerto del Rosario para pagar la fianza del alquiler de jóvenes.
- Para quién
- Jóvenes menores de 35 años que viven de alquiler en una vivienda de Puerto del Rosario.
- Cuánto
- El importe de la fianza que pagaste (uno o más meses), con un máximo de 1.000€
- Qué cubre
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- La fianza del alquiler de tu vivienda habitual, sea de uno o más meses
- No cubre suministros, honorarios de intermediarios, derramas ni cuotas de comunidad
- Requisitos
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- Eres el inquilino titular del contrato de alquiler de una vivienda en Puerto del Rosario
- La vivienda es tu residencia habitual y permanente, y estás empadronado en ella
- Eres mayor de edad o estás emancipado, menor de 35 años cumplidos en 2026 y con residencia legal en España
- Firmaste el contrato entre el 1 de enero de 2026 y el fin del plazo de solicitud
- Los ingresos de todas las personas que viven en la vivienda no superan el límite fijado
Se usa el IPREM de 14 pagas: 8.400€ anuales. El límite sube 0,5 veces el IPREM por cada una de estas situaciones: que tú o alguien de tu unidad familiar conviviente tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%, sea víctima de violencia de género o esté en situación de dependencia de grado II o III. Se suman la base imponible general (casilla 435) y la del ahorro (casilla 460) de la declaración de la renta.Situación Límite de ingresos General (3 veces el IPREM) 25.200€ anuales Familia numerosa general (3,5 veces el IPREM) 29.400€ Familia numerosa especial (4 veces el IPREM) 33.600€ - Si la vivienda es de protección pública, no recibes otra ayuda pública para la fianza
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén todos los requisitos desde la solicitud hasta cobrar la ayuda
- Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en tus datos en un plazo de 20 días hábiles
- Mantén el contrato 5 años si el casero es persona física, o 7 si es persona jurídica; si acaba antes, devuelves la ayuda entera
- Informa de otras ayudas que recibas para lo mismo en cuanto lo sepas
- Guarda los justificantes de la ayuda durante al menos 5 años
- Colabora con las comprobaciones y controles de la Intervención del Ayuntamiento
- Fechas estimadas
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- Abre: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres menor de 35 años cumplidos en el año 2026
- Vives de alquiler en una vivienda de Puerto del Rosario
- Firmaste tu contrato de alquiler a partir del 1 de enero de 2026
- Pagaste la fianza al casero por transferencia bancaria o ingresándola en su cuenta
- Los ingresos de tu hogar no superan 3 veces el IPREM (el límite es mayor en familias numerosas y en algunos otros casos)
- Alquilas una habitación, parte de una vivienda o un anejo
- Vives en un subarrendamiento
- Tú o alguien de tu unidad familiar sois parientes del casero hasta el segundo grado, de sangre o políticos
- Otra persona de tu unidad familiar ya pide esta ayuda
- En la vivienda conviven dos o más familias distintas
- Cobraste indebidamente subvenciones en años anteriores
Cuánto puedes recibir
Recibes una cantidad igual a la fianza que pagaste por tu alquiler, sea de uno o más meses, con un máximo de 1.000€. No cuentan los suministros, los honorarios de intermediarios, las derramas ni las cuotas de comunidad. Se paga de una sola vez, por transferencia bancaria, una vez dictada la resolución, y solo si estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación, incluidos la solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexo II)
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Presenta la solicitud en el Registro del Ayuntamiento, presencial o telemático, en los 15 días naturales siguientes a la publicación
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Indica el concepto «Subvención a la fianza del alquiler para jóvenes hasta 35 años»
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Si te piden completar la solicitud, aporta lo que falte en el plazo de diez días hábiles
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Consulta la resolución en la sede electrónica del Ayuntamiento
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo I)
- DNI o documento oficial que lo sustituya, tuyo y, en su caso, de tu representante; si eres ciudadano de la UE, certificado del Registro Central de Extranjeros y pasaporte en vigor
- Declaración responsable (Anexo II)
- Certificado de empadronamiento o de residencia con tu domicilio actual en Puerto del Rosario
- Copia del contrato de alquiler en el que conste el importe de la fianza
- Justificante del pago de la fianza por transferencia al casero, o de haber ingresado el efectivo en su cuenta
- Libro de familia y, en su caso, declaración responsable sobre los ocupantes de la vivienda
- Declaración del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar del último ejercicio declarado, o certificado de Hacienda de no estar obligado a presentarla
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde se ingresará la ayuda
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
- Certificado de estar al corriente de tus obligaciones tributarias estatales
- Certificado de estar al corriente de tus obligaciones tributarias
- Carnet de familia numerosa, si procede
- Si hay más de un inquilino en el contrato, acreditación de la representación
- Si la vivienda es de protección pública, declaración responsable de no recibir ayuda para la fianza de otra administración