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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Prestaciones
Prestaciones Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a protectoras de animales de Crevillent 2026

Subvención para protectoras de Crevillent: hasta el 100% del gasto de la actividad

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Crevillent para actividades de bienestar y protección animal.
Para quién
Asociaciones protectoras de animales de Crevillent.
Cuánto
Hasta el 100% del gasto de la actividad
Qué cubre
  • Alimentación y material fungible que necesiten los animales
  • Gastos veterinarios: revisiones, desparasitaciones y vacunaciones
  • Material publicitario de las campañas y mantenimiento de animales en residencias
Requisitos
  • Tu protectora está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Crevillent antes de la publicación de la convocatoria
  • Estás al corriente de tus obligaciones con el Ayuntamiento, Hacienda y la Seguridad Social
  • Has justificado correctamente las subvenciones que el Ayuntamiento te concedió antes
  • Incluyes el escudo del Ayuntamiento y la Concejalía de Bienestar Animal en la difusión de las actividades subvencionadas
  • Facilitas la participación libre, sin discriminación de raza, sexo y condición física
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Facilita la información y la documentación que te pidan los servicios técnicos municipales
  • Comunica al Ayuntamiento si consigues otras subvenciones o ingresos para la actividad
  • Incluye el logotipo del Ayuntamiento de Crevillent al difundir la actividad subvencionada
  • Cumple la normativa autonómica de protección, bienestar y tenencia de animales de compañía e informa de su contenido a los adoptantes mediante cursos
  • Justifica los gastos con la cuenta justificativa como máximo el 15 de noviembre de 2026
  • Admite la supervisión municipal de las actuaciones subvencionadas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una protectora de animales de Crevillent
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Organizas actividades o campañas de bienestar y protección animal
  • Recoges animales de la vía pública o controlas colonias felinas
  • Necesitas cubrir gastos de alimentación o veterinarios de los animales
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento, Hacienda o la Seguridad Social
  • No has justificado subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Crevillent
  • Solo quieres financiar gastos de inversión o gastos financieros
  • Tus gastos son los gastos generales del año de la propia entidad

Cuánto puedes recibir

El Ayuntamiento puede cubrir hasta el 100% del gasto de la actividad que presentes. La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 8.000 € que se reparte entre todas las protectoras seleccionadas, y las bases no fijan una cuantía concreta por entidad: la concesión es por concurrencia competitiva y las solicitudes se comparan con un baremo de hasta 60 puntos. El pago se hace después de que presentes los justificantes de los gastos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de las actividades desarrolladas o a desarrollar

  2. Rellena la instancia y los anexos con los datos identificativos de la protectora

  3. Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación

  4. Si el Ayuntamiento te lo requiere, subsana los errores en el plazo de 10 días

  5. Justifica los gastos con la cuenta justificativa como máximo el 15 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Instancia con los datos identificativos de la protectora (Anexo I-A)
  • Certificación de la protectora sobre otras subvenciones solicitadas o recibidas para el proyecto (Anexo I-C)
  • Declaración jurada de no estar incursa en causas de prohibición para recibir subvenciones (Anexo II-A)
  • Declaración de que la contabilidad se lleva conforme a las normas de las entidades sin fines lucrativos (Anexo II-B)
  • Memoria de actividades desarrolladas o a desarrollar
  • Modelo de domiciliación bancaria según el modelo oficial del Ayuntamiento

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí, pero tienes que declararlo: en la solicitud debes certificar si no tienes ninguna otra subvención para el proyecto o, en caso contrario, detallar las que hayas solicitado o recibido de otras entidades públicas o privadas.
¿Qué actividades y qué gastos entran?
Entran las actividades realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026. No son subvencionables los gastos de inversión ni los gastos financieros, y no se aceptan como justificantes los gastos generales del año de la propia entidad.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta o con errores?
El Ayuntamiento te requerirá y tendrás 10 días para subsanar desde la fecha del requerimiento. Si no lo haces, se te tiene por desistida y el procedimiento se archiva.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin notificación, la solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí, cabe un recurso de reposición potestativo ante el mismo órgano que dictó la resolución, dentro del plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de la notificación.

Fuentes oficiales

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