Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas España Cooperación
Cooperación España Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas sociales a mujeres deportistas, técnicas y juezas

Hasta 6.200€ por gestación y 3.500€ por maternidad, conciliación o formación

Lo que significa

Qué es
Ayudas del Consejo Superior de Deportes para la gestación y la reincorporación al entrenamiento, la maternidad, la conciliación y la formación de las mujeres del deporte.
Para quién
Mujeres deportistas de alto nivel o alto rendimiento y mujeres técnicas, entrenadoras, árbitras y juezas del deporte.
Cuánto
  • El importe máximo depende de la situación por la que pidas la ayuda
    SituaciónImporte máximo
    Gestación segura y reincorporaciónHasta 6.200€ por beneficiaria
    MaternidadHasta 3.500€ por hecho causante
    Conciliación de la vida deportiva y familiarHasta 3.500€ al año por persona a cargo, a razón de 350€ al mes y un máximo de diez mensualidades
    Formación deportivaEl coste de tus estudios, con un límite de 3.500€ por solicitud
    No se financian las ayudas cuyo importe a percibir, una vez aplicado el reparto, sea inferior a 50€.
Qué cubre
  • Los servicios de atención y recuperación durante la gestación y el postparto
    ServicioLímite
    Consulta de ginecología y obstetriciaHasta 120€ por consulta, máximo diez consultas
    Sesión de fisioterapia especializada en la mujerHasta 80€ por sesión, máximo veinte sesiones
    Sesión de apoyo psicológico especializadoHasta 80€ por sesión, máximo diez sesiones
    Sesión de preparación física adaptada y readaptaciónHasta 100€ por sesión, máximo veinte sesiones
    Asesoramiento nutricional, matrona o lactanciaHasta 100€ por consulta, máximo seis consultas en conjunto
    Se financian los servicios recibidos durante la gestación o dentro de los doce meses posteriores al parto, hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • El cuidado de las personas a tu cargo que conviven contigo

    Solo cuentan los hijos e hijas menores de tres años, los hijos e hijas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al treinta y tres por ciento hasta los dieciocho años, y los familiares de hasta el segundo grado en situación de dependencia de Grado II, Grado III o Grado III+. Se cubre el gasto del cuidado prestado en centros de educación infantil, guarderías, centros de día o centros especializados, o por personal cuidador contratado para ello. Quedan excluidos los servicios domésticos y las tareas del hogar.

  • La matrícula o los derechos de inscripción de tu formación deportiva

    Quedan excluidos los gastos de alojamiento, transporte, libros y material formativo, y cualquier otro gasto que no sea el coste de la matrícula o de los derechos de inscripción.

Requisitos
  • Eres mujer deportista, técnica, entrenadora, árbitra o jueza
  • Si eres deportista, el Consejo Superior de Deportes te ha reconocido como deportista de alto nivel o de alto rendimiento
  • Si eres técnica o entrenadora, cumples los requisitos de trayectoria y titulación

    Debes estar habilitada para ejercer la actividad; haber incidido de forma directa y permanente en la preparación de deportistas de alto nivel que hayan quedado entre los ocho primeros en campeonatos del mundo o juegos olímpicos, o entre los tres primeros en pruebas paralímpicas; y poseer el grado o la licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, o ser técnica deportiva superior en la modalidad, o entrenadora de máximo nivel federativo.

  • Si eres árbitra o jueza, has participado en juegos olímpicos o paralímpicos de categoría absoluta

    Además debes estar habilitada para ejercer la actividad y poseer la titulación de árbitra o jueza internacional actualizada y habilitante.

  • Tienes licencia federativa en vigor el día en que presentas la solicitud
  • Formas parte del proyecto deportivo de la federación española de tu modalidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a la finalidad para la que se te concede
  • Justifica con facturas y justificantes de pago las ayudas que cobres por anticipado, como muy tarde el 31 de enero de 2027
  • Devuelve las cantidades anticipadas que no justifiques o que no destines a la ayuda
  • Comunica al Consejo Superior de Deportes cualquier cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda
  • No imputes un mismo gasto a más de una convocatoria de estas ayudas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres deportista de alto nivel o de alto rendimiento acreditada
  • Eres técnica o entrenadora de deportistas de alto nivel
  • Eres árbitra o jueza internacional en activo
  • Estás embarazada o has dado a luz en los últimos doce meses
  • Has tenido un hijo, una adopción o un acogimiento durante 2025
  • Cuidas de un hijo menor de tres años, de un hijo con discapacidad o de un familiar dependiente que convive contigo
  • No tienes licencia federativa en vigor al presentar la solicitud
  • No formas parte del proyecto deportivo de tu federación española
  • Eres técnica, árbitra o jueza y pides la ayuda de gestación
  • Tienes tu residencia fiscal en una jurisdicción no cooperativa
  • Estás sancionada en firme por dopaje
  • Estás sancionada en firme por una infracción grave o muy grave de disciplina deportiva
  • Estás sancionada en firme por actos de discriminación o acoso, o por fraude en las apuestas deportivas o corrupción en el deporte

Cuánto puedes recibir

Cobras una cantidad distinta según la situación por la que pidas la ayuda: hasta 6.200€ si es por gestación segura y reincorporación al entrenamiento, hasta 3.500€ por maternidad, hasta 3.500€ al año por cada persona a tu cargo si es por conciliación y el coste de tus estudios con un tope de 3.500€ por solicitud si es por formación. Las ayudas de gestación y de conciliación se te abonan por anticipado una vez aprobada la resolución definitiva, y después tendrás que justificarlas. Si el dinero disponible no alcanza para atender todas las solicitudes, se reparte entre ellas, y no se pagan importes inferiores a 50€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu condición deportiva y la situación por la que pides la ayuda

  2. Rellena el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Consejo Superior de Deportes

  3. Firma la solicitud electrónicamente; si eres menor de dieciocho años, la firma tu representante legal

  4. Preséntala dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado

  5. Guarda el resguardo de la solicitud como comprobante de que la has presentado

  6. Subsana la documentación en diez días hábiles si el órgano instructor te lo pide

Documentación necesaria

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor, o autorización para que comprueben tus datos de identidad
  • Autorización para comprobar que estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o los certificados que lo acrediten
  • Declaración expresa de no haber recibido otras subvenciones, ayudas o ingresos incompatibles para el mismo objeto
  • Declaración responsable de no estar incursa en las causas de exclusión de la convocatoria
  • Documento de tu federación que certifique que estás en activo y con licencia federativa en vigor
  • Documento que acredite tu condición de Deportista de Alto Rendimiento, si eres deportista
  • Documento de la federación deportiva que acredite tus requisitos, si eres técnica o entrenadora
  • Documento de la federación internacional que acredite tu participación en juegos olímpicos o paralímpicos y tu titulación, si eres árbitra o jueza
  • Informe médico que acredite el estado de gestación, o libro de familia o certificación literal del Registro Civil de nacimiento
  • Modelo normalizado de previsión de gastos subvencionables, para la ayuda de gestación y reincorporación
  • Libro de familia o certificación literal del Registro Civil de nacimiento, adopción o acogimiento, para la ayuda de maternidad
  • Certificado del grado de discapacidad expedido por el órgano competente, para hijos e hijas con discapacidad
  • Certificación del centro al que asista la persona a tu cargo, si el gasto es de guardería o centro de día
  • Certificación de alta en la Seguridad Social y contrato de la persona cuidadora, si el cuidado es por personal contratado
  • Resolución de reconocimiento de la situación de dependencia y documento que acredite el parentesco, para familiares dependientes
  • Certificado o volante de empadronamiento que acredite la convivencia con la persona a tu cargo
  • Declaración responsable de las mensualidades solicitadas, para la ayuda de conciliación
  • Matrícula o documento del centro educativo con el coste total de la formación del curso 2025-2026
  • Declaración responsable sobre si el coste de la formación ya está pagado o sigue pendiente

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda de gestación si soy entrenadora, árbitra o jueza?
No. Esa ayuda solo pueden solicitarla las deportistas de alto nivel o de alto rendimiento. Las de maternidad, conciliación y formación sí pueden pedirlas también las técnicas, entrenadoras, árbitras y juezas.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
Se atienden primero las de gestación segura y reincorporación, después las de maternidad, luego las de conciliación y por último las de formación. Si el crédito no alcanza dentro de una de esas situaciones, se reparte entre todas las solicitudes de esa situación.
¿Es compatible con otras ayudas que reciba para lo mismo?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la misma finalidad, de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que la suma de todas no supere el coste total de la actividad.
¿Tengo que pagar impuestos por esta ayuda?
Sí. Las ayudas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sin perjuicio de las exenciones que puedan corresponder en cada caso.
¿Qué ocurre si no justifico el dinero que me han adelantado?
Tendrás que reintegrar las cantidades anticipadas que no justifiques o que no hayas aplicado a la finalidad de la ayuda. La justificación se presenta como muy tarde el 31 de enero de 2027.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas