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Ayudas Claras
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Educación Zaragoza Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para libros de texto y material escolar en Ainzón

Hasta 50€ anuales para libros de texto y material escolar en Ainzón

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Ainzón para comprar libros de texto y material escolar.
Para quién
Padres, madres y tutores legales de alumnos de segundo ciclo de Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Cuánto
Hasta 50€ en una única ayuda anual
Qué cubre
  • Material escolar del listado que facilita el CEIP El Pomillo, para segundo ciclo de Infantil y Primaria
  • Libros de lectura obligatoria, diccionarios y otros textos que indiquen los profesores durante el curso, para la ESO
  • Material escolar del listado de la convocatoria, para alumnos de la ESO

    Blocs, carpetas, fundas y separadores (máximo 1 unidad de cada); recambio de blocs (máximo 2 unidades); cuadernos (máximo 6 unidades); bloc de dibujo (1 unidad); lápices, bolígrafos, correctores y gomas (máximo 2 unidades de cada); rotuladores y pinturas (máximo 1 unidad de cada); compás (1 unidad); set de reglas (1 unidad).

Requisitos
  • El alumno está matriculado en el CEIP El Pomillo de Ainzón si cursa segundo ciclo de Infantil o Primaria
  • El alumno está matriculado en el IES Juan de Lanuza de Borja si cursa Educación Secundaria Obligatoria
  • Todos los miembros de tu unidad familiar están empadronados en Ainzón
  • Todos los miembros de tu unidad familiar están al corriente de pagos con el Ayuntamiento cuando se resuelve la concesión
  • Acreditas el gasto con facturas originales: no se admiten tiques de caja
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
  • Justifica el gasto con las facturas originales de los libros y el material
  • Presenta una sola justificación: después no puedes aportar más facturas
  • Si tu hijo cursa la ESO y presentaste presupuesto estimativo, justifica antes del 31 de mayo de 2027
  • Devuelve la ayuda si el Ayuntamiento revoca la concesión
Cuándo
  • Abre: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre, tutor o representante legal de un alumno
  • Tu hijo cursa segundo ciclo de Infantil o Primaria en el CEIP El Pomillo
  • Tu hijo cursa Educación Secundaria Obligatoria en el IES Juan de Lanuza de Borja
  • Toda tu unidad familiar está empadronada en Ainzón
  • Has comprado libros de texto o material escolar para el curso 2026/2027
  • Tu hijo estudia en un centro distinto de los dos indicados en la convocatoria
  • Tu hijo cursa estudios posteriores a 4º de ESO
  • Algún miembro de tu unidad familiar no está empadronado en Ainzón
  • Has recibido otra ayuda o subvención para la misma finalidad
  • Solo conservas tiques de caja del gasto, no facturas originales

Cuánto puedes recibir

Recibes una única ayuda anual de hasta 50€ para comprar libros de texto y material escolar. Tienes que acreditar el gasto con facturas originales: los tiques de caja no se admiten. Si tu hijo cursa la ESO, puedes presentar antes un presupuesto estimativo del material que vas a comprar durante el curso.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas originales de los libros de texto y del material escolar

  2. Rellena la solicitud (Anexo I) con el modelo que facilita el Ayuntamiento

  3. Cumplimenta la declaración responsable (Anexo II)

  4. Si tu hijo cursa la ESO, puedes añadir el presupuesto estimativo de material curricular (Anexo III)

  5. Presenta la solicitud firmada con toda la documentación en el Ayuntamiento de Ainzón

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I), según modelo facilitado por el Ayuntamiento
  • Declaración responsable sobre ayudas y sobre obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II)
  • Fotocopia del DNI del solicitante
  • Certificado de convivencia de la unidad familiar (lo aporta el Ayuntamiento de oficio)
  • Fotocopia del libro de familia o documentos que acrediten los miembros de la unidad familiar
  • Documento que acredite la guarda, tutela, acogimiento o adopción, si procede
  • Facturas originales del pago de los libros de texto o del material
  • Presupuesto estimativo de material curricular (Anexo III), solo para alumnos de la ESO

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para lo mismo?
No. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención o ayuda económica que obtengas para la misma finalidad, venga de otra administración pública o de una entidad pública o privada.
¿Me valen los tiques de caja para justificar la compra?
No. El gasto se acredita con facturas originales y los tiques de caja no se admiten. Las facturas que presentas tienen la consideración jurídica de gasto realizado.
¿Qué pasa si mi hijo de la ESO compra material a lo largo del curso?
Puede presentar un presupuesto estimativo del material curricular (Anexo III) y tiene hasta el 31 de mayo de 2027 para justificar la subvención concedida.
¿Puedo aportar más facturas después de justificar?
No. Solo se admite una única justificación; las facturas aportadas después de la justificación inicial no son válidas.
¿Dónde se publica la resolución?
En el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en los demás lugares de costumbre de la localidad, además de notificártelo de forma individual.

Fuentes oficiales

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