Ayudas para libros y material escolar en Villaquilambre
Entre 100€ y 120€ según el curso, para libros y material escolar de Educación Infantil
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Villaquilambre, en concurrencia no competitiva, para comprar libros de texto y material escolar.
- Para quién
- Familias con hijos matriculados en el segundo ciclo de Educación Infantil en colegios públicos de Villaquilambre.
- Cuánto
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- Cantidad fija según el curso en el que esté matriculado el alumno
Curso Ayuda 1.º de Educación Infantil 100€ 2.º de Educación Infantil 120€ 3.º de Educación Infantil 120€
- Cantidad fija según el curso en el que esté matriculado el alumno
- Qué cubre
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- Libros de texto establecidos y aprobados por el centro escolar para el curso
- Material escolar exigido por el centro con carácter general a todo el alumnado
- Requisitos
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- El alumno está matriculado y cursando alguno de los tres cursos del segundo ciclo de Educación Infantil
- Estudia en un colegio público del municipio de Villaquilambre en el curso 2026-2027
- Toda la unidad familiar permanece inscrita en el padrón municipal desde el fin del plazo hasta el final del curso
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Estás al corriente de todos tus pagos con la hacienda municipal antes de presentar la solicitud
- El alumno dispone al comenzar el curso de todo el material exigido por el colegio en perfecto estado
- Has abonado la cuota en concepto de material escolar que el colegio pida a las familias, si la hay: el centro certifica al ayuntamiento si está pagada y, si no lo está, no se cumplen los requisitos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a comprar los libros de texto o el material escolar del curso
- Sométete a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección del ayuntamiento
- Comunica cualquier cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda
- Avisa al ayuntamiento si recibes otras ayudas, subvenciones o ingresos para la misma compra
- Devuelve el dinero recibido si se anula la ayuda, junto con los intereses de demora
- Cuándo
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- Abre: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres padre, madre o tutor legal de un alumno de Educación Infantil
- Tu hijo cursa alguno de los tres cursos del segundo ciclo de Educación Infantil
- El colegio donde estudia es público y está en el municipio de Villaquilambre
- Toda tu unidad familiar está empadronada en Villaquilambre
- Vas a comprar los libros de texto o el material escolar del curso 2026-2027
- El alumno no cursa el segundo ciclo de Educación Infantil
- El colegio está fuera del municipio de Villaquilambre o no es público
- Tu unidad familiar no está inscrita en el padrón municipal de Villaquilambre
- Tienes pagos pendientes con Hacienda, la Seguridad Social o la hacienda municipal
- No autorizas al ayuntamiento a verificar los datos con el colegio
- Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
Cuánto puedes recibir
Recibes una cantidad fija que depende del curso: 100€ si el alumno está en 1.º de Educación Infantil y 120€ si está en 2.º o en 3.º. El dinero se abona en un único pago por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en la solicitud, una vez finalizada la tramitación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Recoge el modelo de solicitud (Anexo II) en los colegios del municipio, en la casa consistorial o en el tablón virtual de la sede electrónica del ayuntamiento
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Reúne la documentación que se pide junto a la solicitud
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Fírmala como representante legal de la unidad familiar, junto al otro progenitor o tutor
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Presenta la solicitud entre el 15 de septiembre y el 16 de octubre de 2026, en el registro del ayuntamiento de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas o por la sede electrónica
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Consulta la lista provisional y, si te piden subsanar algo, preséntalo en los 10 días hábiles siguientes
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Espera la publicación de la lista definitiva en los tablones de anuncios y en el tablón virtual de la sede electrónica
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada y firmada (Anexo II)
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte en vigor de los dos solicitantes y del alumno, si lo tiene
- Certificado de titularidad bancaria de una cuenta cuyo titular sea al menos uno de los solicitantes
- Fotocopia completa del libro de familia y/o certificados del Registro Civil de los miembros de la unidad familiar
- Documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento, para familias extranjeras sin libro de familia
- Copia de la sentencia de separación o de guarda y custodia y del convenio regulador, en caso de separación o divorcio
- Resolución administrativa o judicial en casos de pérdida de la patria potestad o de menores tutelados o en acogida
- Declaración responsable de no poder recabar la firma del segundo progenitor, si procede
- Documentación justificativa de haber recibido ingresos, ayudas o subvenciones para la misma finalidad
- Autorización firmada por los solicitantes si presenta la solicitud otra persona (Anexo III)
- Declaración responsable de conformidad firmada por el segundo solicitante (Anexo III), solo si presentas la solicitud de forma electrónica