Ayudas a la digitalización de pymes en Alcalá de Guadaíra
Hasta 25.000€ por proyecto para digitalizar pymes de Alcalá de Guadaíra.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra para la transformación digital de las pymes del municipio.
- Para quién
- Autónomos y pequeñas, micro y medianas empresas que ejercen su actividad económica en Alcalá de Guadaíra.
- Cuánto
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- Un porcentaje del proyecto con tope, distinto en cada línea
Cada entidad beneficiaria puede recibir como máximo 8.000€ sumando las líneas 1 y 2, o 25.000€ en la línea 3 (IVA excluido).Línea Porcentaje del proyecto Máximo por proyecto Línea 1 · Modernización digital Hasta 70% 3.000€ (IVA excluido) Línea 2 · Imagen del establecimiento Hasta 50% 5.000€ (IVA excluido) Línea 3 · Industria 4.0 Hasta 60% 25.000€ (IVA excluido)
- Un porcentaje del proyecto con tope, distinto en cada línea
- Qué cubre
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- Introducción de tecnologías de la información y la comunicación en tu negocio
- Incorporación al comercio electrónico y modernización de tu imagen y tus infraestructuras
- Incorporación o desarrollo de soluciones tecnológicas asociadas a la Industria 4.0
- Requisitos
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- Tienes la condición de pequeña o micro empresa para las líneas 1 y 2, o de pyme para la línea 3
- Estás constituido como autónomo o como sociedad de carácter mercantil
- Ejerces tu actividad económica en Alcalá de Guadaíra y tienes allí tu domicilio fiscal desde antes de la publicación de la convocatoria
- Estás dado de alta en la Seguridad Social y en la Agencia Tributaria
- Para las líneas 1 y 2, tu actividad se encuadra en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas admitidos en el Anexo I
- En la línea 2, tienes establecimiento y local abierto al público
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica tu aceptación o tu renuncia expresa a la subvención propuesta dentro del plazo de alegaciones
- Ejecuta en su totalidad el proyecto aprobado
- Presenta la justificación en los veinte días hábiles siguientes al fin del plazo de ejecución fijado en la resolución de concesión
- Entrega una cuenta justificativa con memoria de actuación y los justificantes de gasto
- Aporta documentos gráficos (fotografías, planos o similares) que acrediten las actuaciones realizadas y, si actuaste en redes sociales, un informe de impactos
- Mantén las condiciones que fundamentan la concesión: si no, tendrás que devolver la ayuda con el interés de demora
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu pequeña o micro empresa tiene el domicilio fiscal en Alcalá de Guadaíra
- Eres autónomo y ejerces tu actividad económica en el municipio
- Quieres introducir tecnologías de la información y la comunicación en tu negocio
- Quieres incorporar tu negocio al comercio electrónico
- Tienes un establecimiento abierto al público y quieres modernizar su imagen
- Tu pyme quiere implantar soluciones tecnológicas de la Industria 4.0
- Eres autónomo societario, en cualquiera de sus formas, o autónomo dependiente
- Tu entidad es una asociación, federación o confederación
- Eres una sociedad civil o una comunidad de bienes
- Eres una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal
- Fuiste propuesto como beneficiario provisional en la convocatoria de 2025
- Tu domicilio fiscal no está en Alcalá de Guadaíra
Cuánto puedes recibir
Recibes un porcentaje del coste de tu proyecto, sin IVA: hasta el 70% con un máximo de 3.000€ en la línea 1, hasta el 50% con un máximo de 5.000€ en la línea 2 y hasta el 60% con un máximo de 25.000€ en la línea 3. Cada entidad beneficiaria puede recibir como mucho 8.000€ sumando las líneas 1 y 2, o 25.000€ en la línea 3. Si vas por la línea 2 o la línea 3 puedes pedir un anticipo del 50% de la subvención concedida cuando la inversión supere los 5.000€ o los 25.000€ respectivamente. El resto se abona una vez ejecutado el proyecto por completo y justificados los gastos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu empresa cumple los requisitos de la línea a la que quieres optar
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Rellena el modelo de solicitud del Anexo II, disponible en la web del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra
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Reúne la documentación de identificación y la documentación económica y fiscal exigida
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento con certificado electrónico reconocido o DNI electrónico
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Si prefieres presentarla en una oficina de Correos, llévala en sobre abierto para que la fechen y sellen antes de certificarla
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Consulta el tablón de anuncios de la sede electrónica y subsana la documentación en diez días hábiles si te lo requieren
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo II)
- DNI, NIF, pasaporte o documento similar de la persona solicitante y de su representante
- Escrituras de constitución actualizadas e inscritas en el registro correspondiente, si eres persona jurídica
- Acreditación de la identidad y los poderes de la persona administradora y de quien presenta la solicitud
- Declaración del resumen anual del IVA (modelo 390) del ejercicio 2024
- Si iniciaste la actividad después del 1 de enero de 2025, declaración responsable del volumen de negocio y declaraciones mensuales o trimestrales del IVA (modelo 303)
- Documento RNT
- Modelo de solicitud de pago anticipado (Anexo III), si pides el anticipo