Subvenciones a asociaciones vecinales de Redondela
Hasta el 70% del coste de tu actividad, con un máximo de 3.000€ por entidad.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Redondela para actividades en las parroquias del municipio.
- Para quién
- Asociaciones de vecinos, centros sociales parroquiales y federaciones de asociaciones de vecinos de Redondela.
- Cuánto
- Hasta el 70% del coste de la actividad, con un máximo de 3.000€ por entidad solicitante
- Qué cubre
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- Actividades de promoción personal, como cursos de gimnasia, tai-chi, yoga, fotografía, idiomas o informática
- Actividades medioambientales y agropecuarias, y elaboración de productos naturales
- Otras actividades realizadas en las parroquias de Redondela durante 2026
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación de vecinos, un centro social parroquial o una federación de asociaciones de vecinos
- Tu entidad no tiene ánimo de lucro
- Tienes el domicilio social y el ámbito de actuación en el ayuntamiento de Redondela
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Redondela con un año de antigüedad como mínimo
- Estás constituida y legalizada cuando termina el plazo de presentación de solicitudes
- Has justificado las subvenciones de convocatorias anteriores, o pediste una prórroga aprobada o presentaste una renuncia por escrito
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad de acuerdo con la memoria que presentaste
- Desarrolla la actividad en el término municipal de Redondela
- Justifica ante el ayuntamiento la realización de la actividad y el cumplimiento de las condiciones
- Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que obtengas para la misma finalidad, en cuanto lo sepas
- Haz constar que cuentas con la subvención del ayuntamiento: en la publicidad impresa deben figurar su escudo y su nombre
- Edita en gallego los carteles, publicaciones y publicidad de la actividad subvencionada
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación de vecinos tiene su ámbito de actuación en Redondela
- Eres un centro social parroquial de Redondela
- Representas a una federación de asociaciones de vecinos de Redondela
- Tu entidad no tiene ánimo de lucro
- Vas a organizar una actividad en una parroquia de Redondela durante 2026
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No tienes el domicilio social en Redondela
- Tu entidad lleva menos de un año inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tienes sin justificar subvenciones de convocatorias anteriores del ayuntamiento
- Quieres financiar una fiesta popular, una excursión o un viaje de ocio
- Quieres financiar conferencias, charlas o la edición de libros y revistas
Cuánto puedes recibir
El ayuntamiento valora cada actividad con una puntuación y reparte el dinero en proporción a los puntos obtenidos: cuantos más puntos, mayor es el importe que se te propone conceder. En ningún caso cobras más del 70% del coste de la actividad ni más de 3.000€ por entidad solicitante. Si pediste una cantidad menor, recibes la que solicitaste.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el modelo normalizado de solicitud con los anexos I, II, III y IV
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica del ayuntamiento de Redondela
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Subsana las deficiencias en diez días si el ayuntamiento te lo requiere
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Presenta alegaciones en diez días si la comisión valoró tu solicitud con datos distintos a los que aportaste
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Justifica la actividad en el Registro Electrónico del ayuntamiento en los 5 días hábiles siguientes a su finalización, sin pasar del 10 de noviembre; si la concesión te llega después, cuentas los 5 días hábiles desde que te notifiquen la resolución
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud (Anexo I)
- Memoria detallada de cada actividad (Anexo II)
- Declaración expresa responsable (Anexo III)
- Declaración de otras ayudas (Anexo IV)
- Copia del CIF de la entidad solicitante
- Copia del NIF del representante
- Certificación del secretario de la entidad con la relación de miembros de la junta directiva actual