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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Educación
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Ayudas para escuelas infantiles municipales de Granollers

Hasta el 100% de la cuota de la escuela infantil municipal del curso 2026/2027

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Granollers para la escolarización en las escuelas infantiles municipales
Para quién
Padres, madres, tutores o personas con la custodia de niños matriculados en las escuelas infantiles municipales de Granollers
Cuánto
  • Porcentaje de la cuota de la escuela infantil según la puntuación obtenida
    PuntuaciónSubvención
    De 10 a 15 puntos70% de la cuota vigente
    De 6 a 9 puntos60% de la cuota vigente
    De 3 a 5 puntos50% de la cuota vigente
    De 1 a 2 puntos20% de la cuota vigente
    Excepcionalmente puede concederse el 100% del importe previsto en la ordenanza fiscal a un máximo de seis solicitudes, con informe motivado de los servicios sociales básicos. El importe máximo por cada niño es el 100% de la cuota vigente y se reparte en 11 mensualidades.
Qué cubre
  • La cuota de matrícula de la escuela infantil municipal
  • Las cuotas mensuales de escolarización de septiembre de 2026 a junio de 2027
Requisitos
  • Estás empadronado en Granollers y tu familia tiene necesidades sociales o económicas
  • Tu hijo nació en 2026, 2025 o 2024 y está matriculado o se va a matricular en una escuela infantil municipal de Granollers
  • Los ingresos por miembro de tu unidad familiar no superan el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña

    Los ingresos mensuales de la unidad familiar se obtienen dividiendo entre 12 los ingresos anuales del ejercicio anterior al periodo de solicitud, y los ingresos por miembro se obtienen dividiendo esa cifra entre el número de miembros de la familia. Si lo acreditas, puedes descontar un máximo de 800 € mensuales de hipoteca o alquiler de la vivienda donde reside el beneficiario.

  • Presentas la solicitud correctamente dentro del plazo establecido
  • Aportas toda la documentación requerida o autorizas expresamente su consulta
  • Eres la persona responsable de pagar la cuota de la escuela infantil
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destinas la ayuda a reducir las cuotas de escolarización del curso 2026/2027: no tienes que justificar el pago, porque el importe se compensa con los recibos mensuales del curso
  • Mantienes al niño matriculado en la escuela infantil: si causa baja durante el curso escolar, se pierde el derecho a percibir la ayuda
  • Estás al corriente de tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
  • Te sometes a las actuaciones de comprobación y control financiero de la Intervención municipal y facilitas la información que te pidan
  • Comunicas si solicitas o recibes otra subvención, ayuda o ingreso para la misma finalidad
  • Comunicas cualquier cambio en tu situación social o económica mientras el plazo de solicitud siga abierto
Cuándo
  • Abre: 16 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 31 de mayo de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo está matriculado en una escuela infantil municipal de Granollers
  • Estás empadronado en Granollers
  • Tus ingresos por miembro de la familia no superan el indicador de renta de Cataluña
  • Eres la persona que paga la cuota de la escuela infantil
  • Tu familia atraviesa una situación con necesidades sociales o económicas
  • Tu hijo está matriculado en el grupo I2, con escolaridad gratuita
  • Tu hijo no está empadronado en Granollers ni acogido por violencia machista en la ciudad
  • Tu hijo va a una escuela infantil privada
  • Tus ingresos superan el indicador de renta y no hay informe motivado de servicios sociales
  • No eres quien paga la cuota de la escuela infantil

Cuánto puedes recibir

La ayuda se destina a reducir la cuota que pagas por la escuela infantil y su importe se reparte en 11 mensualidades. El porcentaje depende de la puntuación que obtengas: desde el 20% de la cuota vigente con 1 o 2 puntos hasta el 70% con 10 puntos o más. Excepcionalmente, con un informe motivado de los servicios sociales básicos, puede concederse el 100% de la cuota a un máximo de seis solicitudes, que es también el techo por cada niño.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los documentos de identidad y de ingresos de los miembros de tu unidad familiar mayores de 16 años, o autoriza su consulta

  2. Rellena el formulario normalizado de solicitud, disponible en la Oficina de Atención al Ciudadano, en las escuelas infantiles municipales y en la sede electrónica del ayuntamiento

  3. Presenta la solicitud en persona en la Oficina de Atención al Ciudadano, en horario de atención al público, o por cualquier otro canal de registro admitido

  4. Si falta algún documento o hay que corregir algo, subsánalo en el plazo improrrogable de diez días hábiles que te indique el servicio gestor

  5. Facilita un teléfono móvil actualizado: el ayuntamiento te comunica la resolución por mensaje de texto

Documentación necesaria

  • Documento de identidad (NIF/NIE) del solicitante y de los miembros de la familia que autoricen la consulta de sus datos
  • Justificante de la composición de la unidad familiar
  • En caso de separación o divorcio, documento notarial, justificante de la demanda, sentencia judicial o convenio que acredite la situación y la custodia de los hijos
  • Resolución de acogida de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia, si el niño está en acogida
  • Documentación que acredite la tutela legal o la acogida del beneficiario
  • Autorización para la consulta de datos firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años
  • Declaración responsable de los ingresos del año anterior de los miembros que no puedan acreditarlos de otra forma
  • Nóminas de enero a diciembre del año anterior e historial laboral, si trabajas y no has presentado la declaración de la renta
  • Justificante de matriculación en la escuela infantil municipal
  • Certificados de discapacidad de los miembros menores de edad de la unidad familiar
  • Informe médico u otro documento que acredite una enfermedad grave de los últimos doce meses
  • Resolución del grado de dependencia o, si todavía no la tienes, la solicitud y el informe médico correspondiente
  • Documentación que acredite la situación de violencia machista
  • Último recibo de la hipoteca o del alquiler de la vivienda donde reside el beneficiario

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si la escolaridad del grupo de mi hijo es gratuita?
No. La subvención solo cubre la cuota cuando la escolaridad del grupo de edad no es gratuita: se excluye a los niños matriculados en el grupo I2, que ya tienen escolaridad gratuita, y si se establece que el grupo I1 también será gratuito, esas solicitudes se denegarán por ese motivo.
¿Qué pasa si presento la solicitud después del 18 de septiembre de 2026?
Se valora con los mismos criterios que las demás, indicando la fecha en que vas a usar el servicio, pero su aprobación queda condicionada a que exista crédito disponible en ese momento. Si no alcanza para la subvención íntegra, se concede el importe máximo que corresponda hasta agotar el crédito.
¿Es compatible con otras ayudas para lo mismo?
Sí, es compatible con las concedidas por otros organismos públicos o privados, pero la suma de todas no puede superar el coste del servicio que se presta. Tienes que comunicar cualquier ayuda concurrente que no hubieras declarado en la solicitud.
¿Tengo que tributar por esta ayuda?
La convocatoria indica que estas subvenciones están exentas de tributación en el impuesto sobre la renta y son inembargables, al tratarse de ayudas de entidades locales para cubrir necesidades básicas.
¿Cambia el importe si durante el curso varía mi situación familiar?
No. Los cambios en la composición de la unidad familiar o en la situación social durante el curso escolar no modifican el importe de la subvención concedida, aunque debes comunicar cualquier variación mientras el plazo de solicitud esté abierto.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas