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Ayudas Claras
Subvenciones Valencia Prestaciones
Prestaciones Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones y clubs deportivos de Albal

Subvención a asociaciones y clubs deportivos de Albal por sus actividades

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Albal para las actividades deportivas de asociaciones y clubs del municipio.
Para quién
Asociaciones y clubs deportivos de la población de Albal.
Cuánto
  • Sin importe fijo: el dinero se reparte de forma proporcional a los puntos que obtengas.
    Criterio de valoraciónPuntos
    Licencia federativa a nombre de la asociación o club2 por licencia
    Hasta 20 socios de pleno derecho1
    De 21 a 40 socios2
    De 41 a 60 socios3
    De 61 a 80 socios4
    De 81 a 100 socios5
    Más de 100 socios6
    Actividades dirigidas al público en general3 por actividad (máx. 15)
    Actividades dirigidas a miembros de la asociación2 por actividad (máx. 10)
    Uso del valenciano en la difusión de la actividad1 adicional por actividad (máx. 10)
    Actividades promovidas u organizadas por el Ayuntamiento de Albal3 adicionales por actividad (máx. 15)
    Las actividades pueden obtener un máximo de 58 puntos: hasta 8 por la valoración de la entidad y hasta 50 por el programa de actividades. En ningún caso se concede un importe mayor que el gasto que justifiques.
Qué cubre
  • Talleres, cursos y desplazamientos de tus actividades deportivas
  • Nóminas, material fungible y alquiler de instalaciones
  • Publicidad y promoción de las actividades, montaje de escenarios, sanitarios portátiles y servicios de ambulancia
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albal
  • Tienes la sede o el domicilio social en el municipio de Albal
  • No recibes ayuda ni aportación económica de otra área del Ayuntamiento de Albal para los mismos programas o actuaciones
  • Cumples estos requisitos el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
  • Presentas con la solicitud la memoria de los proyectos deportivos y las facturas de los gastos
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a las actividades, programas y actos deportivos por los que la pediste
  • Acredita el pago de las facturas de los gastos a tus proveedores
  • No cobres otra subvención del Ayuntamiento de Albal por la misma actividad
  • Si recibes otras ayudas, que la suma no supere el coste de la actividad
  • Respeta los límites de subcontratación de la actividad subvencionada
  • Devuelve el dinero con el interés de demora si pierdes el derecho al cobro
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o un club deportivo de Albal
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albal
  • Tienes la sede o el domicilio social en el municipio de Albal
  • Has organizado actividades, programas o actos deportivos
  • Puedes acreditar los gastos con facturas y con el justificante de su pago
  • Usas el valenciano en la comunicación y la publicidad de tus actividades
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Albal
  • Tu sede o domicilio social está fuera del municipio de Albal
  • Ya recibes ayuda de otra área del Ayuntamiento de Albal para lo mismo
  • Solo tienes gastos de mantenimiento y funcionamiento de la entidad
  • Tu proyecto son obras, infraestructuras o acondicionamiento de locales
  • Solo justificas tickets, albaranes o notas de entrega

Cuánto puedes recibir

El ayuntamiento ha aprobado para esta convocatoria un gasto cuya cuantía global máxima es de 12.000 euros, repartida entre todas las entidades: no es lo que recibe cada una. El importe por solicitante no está fijado, porque ese crédito se reparte entre las entidades solicitantes de forma proporcional a la puntuación que obtiene cada una, y en ningún caso puedes recibir más de lo que justifiques con facturas. El pago se hace por transferencia bancaria al número de cuenta que indiques en la solicitud.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria de los proyectos deportivos, el presupuesto de gastos e ingresos de cada actividad y las facturas con su justificante de pago

  2. Cumplimenta la solicitud y la declaración responsable en los modelos normalizados que establezca la convocatoria

  3. Presenta la solicitud de forma íntegramente telemática en la sede electrónica del ayuntamiento

  4. Si recibes la propuesta de resolución provisional, presenta tus alegaciones en el plazo de 10 días

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
  • Acuerdo de los órganos representativos de la asociación y declaración responsable (Anexo II)
  • Memoria y documentación justificativa con los proyectos deportivos, el calendario de actuaciones, el uso del valenciano, la colaboración con la Concejalía de Deportes, el presupuesto de gastos e ingresos de cada actividad y la relación de facturas (Anexo III)
  • Documento bancario donde figure el número de cuenta de la asociación o club deportivo
  • Documentos que acreditan el uso del valenciano en los medios de comunicación, publicidad y convocatorias de las actividades
  • Original de las facturas de las actividades y los gastos subvencionables
  • Documentación que acredite el pago de esas facturas
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, solo si te opones a que el ayuntamiento los consulte

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención y otra ayuda por la misma actividad?
Sí, es compatible con ayudas, subvenciones o ingresos de cualquier otra administración o entidad pública o privada, siempre que la suma no supere el coste de la actividad. No es compatible con otras subvenciones del propio Ayuntamiento de Albal para la misma actividad.
¿Tengo que justificar la ayuda después de que me la concedan?
No. La documentación justificativa se presenta en el momento de la solicitud, así que no procede una justificación posterior a la concesión.
¿Qué gastos no se subvencionan?
Los de actividades gastronómicas que no formen parte de las actividades convocadas, los de mantenimiento y funcionamiento de la asociación o club, y los de inversión en infraestructuras, obras o acondicionamiento de locales.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 6 meses. Si vence sin que te notifiquen, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Puedo modificar mi solicitud después de presentarla?
No. En esta subvención no se admite la reformulación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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