Subvenciones a asociaciones y clubs deportivos de Albal
Subvención a asociaciones y clubs deportivos de Albal por sus actividades
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Albal para las actividades deportivas de asociaciones y clubs del municipio.
- Para quién
- Asociaciones y clubs deportivos de la población de Albal.
- Cuánto
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- Sin importe fijo: el dinero se reparte de forma proporcional a los puntos que obtengas.
Las actividades pueden obtener un máximo de 58 puntos: hasta 8 por la valoración de la entidad y hasta 50 por el programa de actividades. En ningún caso se concede un importe mayor que el gasto que justifiques.Criterio de valoración Puntos Licencia federativa a nombre de la asociación o club 2 por licencia Hasta 20 socios de pleno derecho 1 De 21 a 40 socios 2 De 41 a 60 socios 3 De 61 a 80 socios 4 De 81 a 100 socios 5 Más de 100 socios 6 Actividades dirigidas al público en general 3 por actividad (máx. 15) Actividades dirigidas a miembros de la asociación 2 por actividad (máx. 10) Uso del valenciano en la difusión de la actividad 1 adicional por actividad (máx. 10) Actividades promovidas u organizadas por el Ayuntamiento de Albal 3 adicionales por actividad (máx. 15)
- Sin importe fijo: el dinero se reparte de forma proporcional a los puntos que obtengas.
- Qué cubre
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- Talleres, cursos y desplazamientos de tus actividades deportivas
- Nóminas, material fungible y alquiler de instalaciones
- Publicidad y promoción de las actividades, montaje de escenarios, sanitarios portátiles y servicios de ambulancia
- Requisitos
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- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albal
- Tienes la sede o el domicilio social en el municipio de Albal
- No recibes ayuda ni aportación económica de otra área del Ayuntamiento de Albal para los mismos programas o actuaciones
- Cumples estos requisitos el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
- Presentas con la solicitud la memoria de los proyectos deportivos y las facturas de los gastos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a las actividades, programas y actos deportivos por los que la pediste
- Acredita el pago de las facturas de los gastos a tus proveedores
- No cobres otra subvención del Ayuntamiento de Albal por la misma actividad
- Si recibes otras ayudas, que la suma no supere el coste de la actividad
- Respeta los límites de subcontratación de la actividad subvencionada
- Devuelve el dinero con el interés de demora si pierdes el derecho al cobro
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o un club deportivo de Albal
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albal
- Tienes la sede o el domicilio social en el municipio de Albal
- Has organizado actividades, programas o actos deportivos
- Puedes acreditar los gastos con facturas y con el justificante de su pago
- Usas el valenciano en la comunicación y la publicidad de tus actividades
- Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Albal
- Tu sede o domicilio social está fuera del municipio de Albal
- Ya recibes ayuda de otra área del Ayuntamiento de Albal para lo mismo
- Solo tienes gastos de mantenimiento y funcionamiento de la entidad
- Tu proyecto son obras, infraestructuras o acondicionamiento de locales
- Solo justificas tickets, albaranes o notas de entrega
Cuánto puedes recibir
El ayuntamiento ha aprobado para esta convocatoria un gasto cuya cuantía global máxima es de 12.000 euros, repartida entre todas las entidades: no es lo que recibe cada una. El importe por solicitante no está fijado, porque ese crédito se reparte entre las entidades solicitantes de forma proporcional a la puntuación que obtiene cada una, y en ningún caso puedes recibir más de lo que justifiques con facturas. El pago se hace por transferencia bancaria al número de cuenta que indiques en la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria de los proyectos deportivos, el presupuesto de gastos e ingresos de cada actividad y las facturas con su justificante de pago
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Cumplimenta la solicitud y la declaración responsable en los modelos normalizados que establezca la convocatoria
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Presenta la solicitud de forma íntegramente telemática en la sede electrónica del ayuntamiento
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Si recibes la propuesta de resolución provisional, presenta tus alegaciones en el plazo de 10 días
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
- Acuerdo de los órganos representativos de la asociación y declaración responsable (Anexo II)
- Memoria y documentación justificativa con los proyectos deportivos, el calendario de actuaciones, el uso del valenciano, la colaboración con la Concejalía de Deportes, el presupuesto de gastos e ingresos de cada actividad y la relación de facturas (Anexo III)
- Documento bancario donde figure el número de cuenta de la asociación o club deportivo
- Documentos que acreditan el uso del valenciano en los medios de comunicación, publicidad y convocatorias de las actividades
- Original de las facturas de las actividades y los gastos subvencionables
- Documentación que acredite el pago de esas facturas
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, solo si te opones a que el ayuntamiento los consulte