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Ayudas Claras
Ayudas Barcelona Educación
Educación Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al estudio tras la ESO en Santa Coloma

Hasta 300€ para matrícula y transporte del alumnado de estudios postobligatorios

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet para matrícula y transporte de estudios tras la ESO.
Para quién
Estudiantes de Santa Coloma de Gramenet que cursan Bachillerato, ciclos formativos de grado medio, PFI o el curso de acceso a grado medio.
Cuánto
Hasta 300€, con un máximo del 100% de los gastos subvencionables
Qué cubre
  • Gastos de matrícula del curso
  • Gastos de transporte hasta el centro donde estás matriculado
Requisitos
  • Tienes como máximo 21 años cumplidos a 31 de diciembre del año de la convocatoria.
  • Estás empadronado en Santa Coloma de Gramenet 18 meses seguidos o cinco años discontinuos dentro de un periodo de 10 años.
  • Estás matriculado en un centro sufragado con fondos públicos para cursar Bachillerato, un ciclo formativo de grado medio, un PFI o el curso de preparación para las pruebas de acceso a grado medio.
  • Has presentado la solicitud de beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso vigente.
  • No repites curso, salvo que sea por causas justificadas y debidamente acreditadas.
  • La renta de tu familia es inferior a 80.000€, y tienen prioridad las rentas más bajas
    Miembros de la unidad familiarIngresos familiares máximos
    1 miembro10.800€
    2 miembros21.600€
    3 miembros32.400€
    4 miembros43.200€
    5 miembros o más54.000€
    Las solicitudes que se sitúan en estos umbrales se consideran prioritarias; el resto de familias que no superen los 80.000€ se atienden después, si queda presupuesto disponible.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la ayuda cumpliendo correctamente con toda la documentación exigida en la convocatoria.
  • Aporta la documentación justificativa que el Ayuntamiento no pueda conseguir por sus propios medios.
  • Guarda el justificante de compra del título de transporte si pides la ayuda también por ese gasto.
  • Ten en cuenta que la ayuda es revocable y puede reducirse en los supuestos previstos por la normativa de subvenciones.
Cuándo
  • Abre: 9 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Quieres seguir estudiando después de terminar la ESO.
  • Vas a cursar Bachillerato, un ciclo de grado medio, un PFI o el CAM.
  • Estás empadronado en Santa Coloma de Gramenet 18 meses seguidos o más, o cinco años discontinuos dentro de un periodo de 10 años.
  • Tienes como máximo 21 años a 31 de diciembre de este año.
  • La renta de tu familia es inferior a 80.000€.
  • Has pedido la beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • Ya tienes una titulación superior a la de graduado en ESO.
  • No llevas empadronado en Santa Coloma de Gramenet el tiempo exigido.
  • Repites curso sin una causa justificada y acreditada.
  • Superas los 21 años a 31 de diciembre del año de la convocatoria.
  • Tu centro de estudios no está sufragado con fondos públicos.
  • La renta de tu familia llega o supera los 80.000€.

Cuánto puedes recibir

El importe es variable: se calcula según el gasto que justifiques en los conceptos subvencionables. Como máximo cobras 300€ y nunca más del 100% de esos gastos. Las ayudas se conceden por orden de entrada de la solicitud hasta agotar el presupuesto, empezando por las familias con rentas más bajas.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Presenta primero la solicitud de beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso vigente.

  2. Reúne la documentación: identificación, justificante de matrícula y certificado de titularidad de tu cuenta corriente.

  3. Rellena la solicitud según el modelo normalizado del Ayuntamiento.

  4. Preséntala en el registro electrónico general del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet; necesitas un certificado digital cualificado válido y vigente.

  5. Espera la resolución: el plazo para resolver es de 6 meses desde el día siguiente al final del periodo de presentación de solicitudes.

Documentación necesaria

  • Solicitud de la prestación según modelo normalizado, debidamente cumplimentada
  • Documento de identificación del alumno o alumna solicitante (DNI o NIE); si eres menor de edad, el del padre, madre o tutor legal
  • Libro de familia u otro documento de filiación, en el caso de menores de edad
  • Justificante de presentación de la beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional
  • Certificado, recibo o justificante de la matrícula escolar del curso vigente
  • Recibo o justificante de compra del título de transporte, si pides la ayuda también por gastos de transporte
  • Certificado de titularidad de la cuenta corriente del alumno o alumna
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos para ser persona beneficiaria, incluida en el impreso de solicitud
  • Si no autorizas al Ayuntamiento a consultar tus datos: declaración de la renta de todos los miembros mayores de 16 años
  • Si no autorizas la consulta de datos: certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Si no autorizas la consulta de datos y algún miembro de la unidad familiar tiene discapacidad: dictamen de valoración del grado de discapacidad emitido por el órgano competente

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo de resolución es de 6 meses, contados a partir del día siguiente a la fecha final del periodo de presentación de solicitudes.
¿Puedo pedir la ayuda si he repetido curso?
Solo si la repetición se debe a causas justificadas y debidamente acreditadas. Fuera de ese supuesto, no cumples los requisitos.
¿Puedo modificar mi solicitud después de presentarla?
No. Por la naturaleza de la convocatoria no se contempla la opción de reformular las solicitudes.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que dinero disponible?
Tienen prioridad las familias cuyos ingresos se sitúan en los umbrales más bajos fijados en la convocatoria. Dentro de cada grupo, las ayudas se otorgan por orden de entrada de la solicitud hasta agotar el presupuesto.
¿Puedo reclamar si me deniegan la ayuda?
Sí. Puedes presentar un recurso de reposición ante el órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, o acudir al juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Fuentes oficiales

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