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Ayudas Claras
Subvenciones Bizkaia Económico
Económico Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para mejorar casas regionales en Barakaldo

Hasta el 80% del proyecto de mejora del local, con un máximo de 10.000€.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Barakaldo para mejorar y adaptar a la normativa los centros y casas regionales.
Para quién
Centros y casas regionales del municipio de Barakaldo.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto del proyecto presentado, con un máximo de 10.000€.
Qué cubre
  • Compra de un local dentro del municipio para ampliar o trasladar el centro
  • Obras y reformas del local, con o sin cambios en su estructura
  • Maquinaria, equipamiento, mobiliario y otras instalaciones
Requisitos
  • Tu centro o casa regional está implantado en Barakaldo y tiene allí su domicilio social
  • Tu entidad carece de ánimo de lucro
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Barakaldo
  • No percibes otra subvención por el mismo objeto de ningún área u organismo del Ayuntamiento
  • Has justificado las subvenciones municipales de ejercicios anteriores y estás al corriente de pagos con la Hacienda Foral, el Ayuntamiento y la Seguridad Social
  • Tu solicitud alcanza la puntuación mínima de 18 puntos en la valoración

    Se valoran las características del proyecto y su presupuesto, las condiciones físicas del local (régimen de uso y superficie) y las características del centro (número de personas socias y antigüedad), con un máximo de 67 puntos en total. Los centros que no acrediten al menos cinco años desde su constitución no puntúan en el apartado de antigüedad.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención en los 3 meses siguientes a la notificación de la concesión
  • Presenta una memoria de actuación con el proyecto desarrollado, las incidencias y la evaluación de los objetivos
  • Presenta una memoria económica con los ingresos recibidos y los gastos ejecutados
  • Aporta facturas y documentos originales que justifiquen el 100% del presupuesto presentado
  • Emplea un lenguaje no sexista y evita imágenes discriminatorias en los materiales que edites
  • Devuelve la ayuda, con intereses de demora, si no justificas los gastos o incumples la finalidad
Cuándo
  • Abre: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu centro o casa regional está implantado en Barakaldo
  • Tu entidad tiene el domicilio social en Barakaldo
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento
  • Quieres reformar, ampliar o modernizar el local del centro
  • Necesitas renovar el mobiliario o el equipamiento de la sede
  • Tu entidad carece de ánimo de lucro
  • Tu centro no tiene el domicilio social en Barakaldo
  • Tu entidad persigue ánimo de lucro
  • Ya recibes una subvención municipal por el mismo objeto
  • No estás inscrito en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento
  • No has justificado subvenciones municipales de ejercicios anteriores
  • Tienes deudas pendientes con la Hacienda Foral, el Ayuntamiento o la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 80% del presupuesto del proyecto que presentes, con un tope de 10.000€. La cuantía concreta se calcula en proporción a los puntos que obtenga tu solicitud en la valoración técnica y al importe total de la convocatoria, y necesitas al menos 18 puntos para acceder a la subvención. De forma extraordinaria pueden concederse cuantías superiores, sin llegar al 100% del proyecto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación y rellena la instancia de solicitud según el modelo oficial

  2. Prepara la memoria del proyecto con los objetivos, el número de personas socias y el presupuesto desglosado de ingresos y gastos

  3. Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General o en la Oficina de Asistencia en materia de Registros de Medio Ambiente y Actividades

  4. Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio de la convocatoria en el boletín oficial de Bizkaia

  5. Espera la resolución de la Alcaldía, que se dicta y notifica en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud cumplimentada según el modelo oficial (Anexo I)
  • Copia del Código de Identificación Fiscal, si no consta en la Administración
  • Copia de los estatutos del centro, si se ha producido alguna modificación
  • Fotocopia del documento nacional de identidad de quien preside o representa la entidad, con el documento que acredite esa representación si ha cambiado
  • Información sobre la inscripción en el Registro General de Asociaciones del Ayuntamiento y, en su caso, en el del Gobierno Vasco
  • Información de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y la Hacienda Foral, si te opones a que los consulte la Administración
  • Ficha de acreedor cumplimentada para el abono de la subvención
  • Declaración jurada cumplimentada según el modelo (Anexo II)
  • Denominación del proyecto con la documentación que lo acredite (licencias de obra, presupuestos, justificantes técnicos)
  • Objetivos que persigues con la ejecución del proyecto
  • Número de personas beneficiarias (personas socias) relacionadas con el proyecto
  • Presupuesto económico desglosado de ingresos y gastos del ejercicio en que se desarrolle el proyecto

Preguntas frecuentes

¿Puedo incluir el IVA en el presupuesto que presento?
No. El IVA no se considera gasto subvencionable, así que el presupuesto o la memoria que presentes no debe incluir esa partida. Si hay dudas, el Ayuntamiento te requerirá que subsanes la solicitud.
¿Tengo que volver a entregar documentos que ya presenté otros años?
No es necesario presentar la documentación que ya conste en el Ayuntamiento por convocatorias anteriores, siempre que no haya cambiado. En ese caso entregas una declaración jurada de que esos documentos no se han modificado.
¿Puedo pedir más tiempo para justificar la subvención?
Sí. Debes presentar un escrito con la causa y su justificación al menos 10 días hábiles antes de que termine el plazo. Si no te notifican la resolución antes de que acabe el plazo original, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué pasa si justifico solo una parte del gasto?
La subvención se reduce de forma proporcional y se inicia un expediente de reintegro por el importe correspondiente, al que se añaden los intereses de demora.
¿Cuándo sabré si me conceden la subvención?
La resolución se adopta y se notifica en un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Fuentes oficiales

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