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Ayudas Claras
Ayudas León Prestaciones
Prestaciones León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda por nacimiento o adopción en Congosto (León)

1.000€ por hijo nacido o adoptado para familias empadronadas en Congosto

Lo que significa

Qué es
Ayuda municipal de pago único del Ayuntamiento de Congosto por el nacimiento o la adopción de un hijo o hija.
Para quién
Padres, madres y personas adoptantes titulares del Libro de Familia del menor, en el municipio de Congosto.
Cuánto
1.000€ por hijo nacido o adoptado, en un pago único
Qué cubre
  • El nacimiento o la adopción de un hijo o hija, mediante una prestación económica de pago único
  • Apoyo económico complementario a las unidades familiares del municipio
Requisitos
  • El nacimiento o la adopción se ha producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
  • Eres progenitor o adoptante y figuras como titular del Libro de Familia del menor
  • Estás empadronado en Congosto; al menos un titular del Libro de Familia debe acreditar seis meses de antigüedad
  • El niño o niña está inscrito en el padrón municipal antes de que presentes la solicitud
  • Te comprometes a que tú y el menor sigáis empadronados durante un año desde el nacimiento o la adopción
  • Estás al corriente de pago con la Hacienda local
  • Solo se admite una solicitud por cada menor
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén el empadronamiento en Congosto durante un año desde el nacimiento o la adopción
  • Reside de forma efectiva en el municipio con tu hijo o hija; el Ayuntamiento puede comprobarlo en cualquier momento
  • Facilita un número de cuenta bancaria de tu titularidad para recibir el ingreso de la ayuda
  • Aporta los documentos que te reclame el Ayuntamiento si falta alguno para resolver tu expediente
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 10 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres progenitor o adoptante de un niño o niña nacido o adoptado en 2025
  • Figuras como titular del Libro de Familia en el que consta el menor
  • Estás empadronado en Congosto desde hace al menos seis meses
  • Vives habitualmente en Congosto con tu hijo o hija
  • Eres extranjero, resides en Congosto y cumples la normativa de extranjería
  • Estás al corriente de pago con la Hacienda local
  • Estás privado total o parcialmente de la patria potestad de tus hijos
  • La tutela de tu hijo o hija la ha asumido una institución pública
  • Ya se ha presentado otra solicitud por ese mismo menor
  • Ningún titular del Libro de Familia lleva seis meses empadronado en Congosto
  • Han pasado más de nueve meses desde el nacimiento (o desde la inscripción en el Libro de Familia, si es adopción), o presentas la solicitud después del 10 de diciembre de 2026
  • No estás al corriente de pago con la Hacienda local

Cuánto puedes recibir

Recibes 1.000€ por cada hijo nacido o adoptado, en un solo pago. El Ayuntamiento ingresa el dinero en la cuenta bancaria que indiques en la solicitud, y para ello debes aportar un certificado de titularidad bancaria. Esta ayuda es compatible con otras concedidas por el Estado y otras administraciones públicas para la misma finalidad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Inscribe al niño o niña en el padrón municipal de Congosto antes de pedir la ayuda

  2. Reúne la documentación exigida en las bases, con fotocopia compulsada de cada documento

  3. Rellena el modelo de solicitud que acompaña a las bases

  4. Presenta la solicitud en el registro municipal del Ayuntamiento de Congosto dentro del plazo

  5. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un plazo máximo de tres meses

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I de las bases
  • D.N.I. de los beneficiarios
  • Libro de familia o, en su defecto, certificación de la inscripción del hijo en el registro civil
  • Certificado de empadronamiento del Ayuntamiento que acredite la residencia en Congosto de los progenitores y del niño o niña
  • Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, cuando proceda
  • Certificado de titularidad bancaria con el número de cuenta donde se ingresará la ayuda
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda local
  • Copia de la resolución judicial en caso de adopción

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya recibo otra ayuda por nacimiento?
Sí. Esta prestación es compatible con otras ayudas para la misma finalidad concedidas por el Estado y otras administraciones públicas.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en responder?
El plazo máximo de resolución es de tres meses. Si pasa ese plazo sin respuesta expresa, tu solicitud se considera desestimada. Resuelve la Junta de Gobierno Local.
¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
Se inadmite mediante resolución motivada, que se notifica a las personas interesadas.
Estamos separados o divorciados, ¿quién cobra la ayuda?
La cobra el padre o la madre a cuya custodia queden los hijos, según lo que establezca el convenio regulador o la sentencia judicial.
¿Pueden pedirla personas extranjeras?
Sí, si residen en Congosto y cumplen tanto la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España como los requisitos de estas bases.

Fuentes oficiales

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