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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Económico
Económico Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones y centros escolares de Navia

Hasta el 50% del presupuesto de tu proyecto cultural, social o escolar en Navia

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Navia para actividades culturales, sociales y de centros escolares
Para quién
Asociaciones culturales y de carácter social sin ánimo de lucro y centros escolares de primaria y secundaria del municipio
Cuánto
Hasta el 50% del presupuesto total del proyecto presentado
Qué cubre
  • Gastos de organización de actividades culturales y sociales
  • Mantenimiento y gestión de la asociación: alquiler del local, luz, combustibles y comunicaciones
  • Actividades culturales y docentes organizadas por los centros escolares de primaria y secundaria
Requisitos
  • Desarrollas la actividad en el municipio de Navia o atiendes necesidades de sus vecinos
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Navia
  • Has justificado en tiempo y forma las subvenciones municipales de años anteriores
  • Has realizado actividad educativa, social o cultural durante el año anterior a la convocatoria
  • Dispones de estructura y capacidad suficientes para gestionar la subvención
  • Si la actividad se relaciona con menores, nadie de la entidad con contacto habitual con ellos tiene antecedentes por delitos de naturaleza sexual
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y cumple la finalidad que motivó la concesión
  • Justifica ante el Ayuntamiento la realización de la actividad y el cumplimiento de las condiciones
  • Sométete a las comprobaciones e inspecciones del Ayuntamiento y conserva los documentos justificativos
  • Comunica cualquier otra ayuda o ingreso público que financie la misma actividad, antes de justificar
  • Haz constar en toda información o publicidad de la actividad que está subvencionada por el Ayuntamiento de Navia
  • Presenta la justificación en la sede electrónica como máximo el 30 de noviembre de 2026
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación cultural o social sin ánimo de lucro
  • Eres un centro escolar de primaria o secundaria del municipio de Navia
  • Desarrollas la actividad en Navia o atiendes necesidades de sus vecinos
  • Organizas actividades culturales o sociales durante 2026
  • Necesitas cubrir el mantenimiento y la gestión de tu asociación
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Has recibido una subvención nominativa del Ayuntamiento de Navia durante 2026
  • Tu proyecto puede financiarse por otra vía de financiación municipal
  • No has justificado subvenciones municipales recibidas en años anteriores
  • No realizaste actividad educativa, social o cultural el año anterior

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% del presupuesto total del proyecto que presentes: en la solicitud detallas el coste estimado y el importe que pides, con ese tope. El pago se hace de una sola vez, mediante ingreso en la cuenta bancaria que indiques, y siempre después de justificar la subvención. Para cobrar es indispensable aportar la Ficha de Acreedores cumplimentada y sellada por tu entidad bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara un único proyecto concreto con las actividades que vas a desarrollar

  2. Rellena la instancia de solicitud del Anexo I con la relación de facturas, el coste estimado y el importe que solicitas

  3. Firma y sella la solicitud por quien tenga capacidad legal para representar a la entidad

  4. Presenta la solicitud obligatoriamente por medios telemáticos en la sede electrónica del Ayuntamiento de Navia, hasta las 23:59 horas del último día de plazo

  5. Presenta la cuenta justificativa en la sede electrónica como máximo el 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud según el modelo normalizado (Anexo I), cumplimentada, firmada y sellada por el representante legal
  • Relación de facturas vinculadas al proyecto, con el coste estimado y el importe de la subvención solicitada
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Estado, la comunidad autónoma y el ayuntamiento y frente a la Seguridad Social, o autorización para que el Ayuntamiento los consulte
  • Declaración responsable del presidente sobre los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales (Anexo II), solo si la actividad se relaciona directamente con menores
  • Cuenta justificativa con memoria técnica de máximo 3 páginas y justificación económica de los gastos (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí. Los proyectos subvencionados pueden recibir subvención de otras instituciones, siempre que el importe total de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto se tarda en resolver la convocatoria?
La resolución se adopta en un plazo máximo de tres meses contados desde el último día del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Qué ocurre si no justifico la totalidad del proyecto?
El importe de la subvención concedida se reduce proporcionalmente. Si incumples total o parcialmente la justificación, o la presentas fuera de plazo, tendrás que reintegrar las cantidades no justificadas.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Puedes interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación. Antes, de forma potestativa, puedes presentar recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes.

Fuentes oficiales

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