Concurso de escaparatismo para comercios de Ayora
Premios de hasta 500€ para comercios de Ayora que decoren su escaparate.
Lo que significa
- Qué es
- Premio en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ayora a la decoración de escaparates y establecimientos comerciales.
- Para quién
- Titulares de comercios y establecimientos hosteleros de Ayora: pymes, personas físicas o jurídicas.
- Cuánto
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- Tres premios en metálico según el fallo del jurado
Solo puedes optar a un premio.Premio Importe Primer premio 500€ Segundo premio 300€ Tercer premio 200€
- Tres premios en metálico según el fallo del jurado
- Qué cubre
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- Premio en metálico por la decoración de tu escaparate o la ambientación de tu establecimiento
- La decoración debe estar relacionada con la XXV edición del Primer Corte de la Miel
- Requisitos
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- Eres titular de un establecimiento comercial u hostelero abierto al público en Ayora
- Eres una pequeña o mediana empresa, persona física o jurídica
- Acreditas el alta en la actividad económica que desarrollas como titular
- Tu establecimiento está ubicado en Ayora y a pie de calle
- Abres el establecimiento regularmente al público
- Tu establecimiento no tiene consideración de gran superficie comercial
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Exhibe la decoración como mínimo del 5 al 12 de octubre de 2026, ambos inclusive
- No modifiques el escaparate ni la ambientación durante ese periodo
- Acepta las bases y las decisiones del jurado al presentar la inscripción
- Cede al Ayuntamiento el uso de las imágenes de la decoración de tu establecimiento
- Autoriza la obtención de tus datos fiscales y de la Seguridad Social para tramitar la subvención
- Cumplimenta los impresos necesarios para que te ingresen el premio en tu cuenta bancaria
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de un comercio o establecimiento hostelero en Ayora
- Tu negocio es una pequeña o mediana empresa, persona física o jurídica
- Estás dado de alta en la actividad económica que desarrollas
- Tu establecimiento está a pie de calle
- Abres tu establecimiento regularmente al público
- Quieres decorar tu escaparate por el Primer Corte de la Miel
- Tu establecimiento tiene consideración de gran superficie comercial
- No tienes establecimiento ubicado en Ayora
- Tu actividad comercial u hostelera no se desarrolla a pie de calle
- No puedes acreditar el alta en la actividad económica
- No eres el titular del comercio o establecimiento
Cuánto puedes recibir
Si el jurado premia tu escaparate, cobras 500€ con el primer premio, 300€ con el segundo o 200€ con el tercero. Solo puedes optar a un premio. El Ayuntamiento de Ayora paga el importe mediante ingreso en la cuenta bancaria de los ganadores, previa cumplimentación de los impresos correspondientes. Los premios están sujetos a tributación en el IRPF.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el formulario de solicitud y los certificados que pide la convocatoria
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Inscríbete mediante instancia general en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ayora
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Decora tu escaparate o ambienta tu establecimiento con motivo de la XXV edición del Primer Corte de la Miel
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Mantén la decoración expuesta del 5 al 12 de octubre de 2026 para la visita del jurado
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Consulta el fallo del jurado, que se hace público el 16 de octubre de 2026
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado
- Certificado de situación censal actual de la Agencia Tributaria
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social