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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Económico
Económico Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades y asociaciones de Cabrils

Subvención de hasta el 50% del coste del proyecto para entidades de Cabrils

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Cabrils para proyectos de interés público o social en el municipio.
Para quién
Asociaciones y entidades del municipio y, de forma excepcional, otras personas físicas o jurídicas con actividad de interés para Cabrils.
Cuánto
Hasta el 50% del coste total del proyecto que presentes
Qué cubre
  • Programas y actividades dirigidos a la ciudadanía de Cabrils en las áreas de la convocatoria

    Áreas subvencionables: cooperación y solidaridad; inclusión y diversidades; educación; cultura; juventud; deportes; comercio y hostelería; turismo.

  • Gastos que respondan de manera indudable a la naturaleza de la actividad subvencionada
  • Gastos realizados dentro del plazo de ejecución establecido para el proyecto
Requisitos
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Entidades del Ayuntamiento de Cabrils
  • Estás al corriente del reembolso de cualquier subvención municipal anterior
  • No pides subvención por el mismo concepto a otro departamento del Ayuntamiento
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Presentas la solicitud en la forma y el plazo que fija la convocatoria
  • Tu proyecto se ajusta a alguna de las finalidades descritas en las bases
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades subvencionadas de acuerdo con la solicitud presentada
  • Presenta la cuenta justificativa como máximo el 31 de enero de 2027
  • Aporta la memoria del proyecto y la relación de facturas originales al justificar
  • Comunica en 20 días hábiles si obtienes otra ayuda o ingreso para la misma finalidad
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control del Ayuntamiento
  • Devuelve la parte proporcional si el conjunto de ingresos supera el coste de la actividad
Cuándo
  • Abre: 7 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 27 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Cabrils
  • Quieres organizar un programa o actividad dirigida a la ciudadanía de Cabrils
  • Tu proyecto cumple una función de interés público o social en el municipio
  • Puedes cubrir el resto del coste con fondos propios o de terceros
  • Tu proyecto encaja en alguna de las áreas que fija la convocatoria
  • Tu proyecto no se ajusta a las finalidades descritas en las bases
  • Tienes pendiente el reembolso de una subvención municipal anterior
  • Ya has pedido subvención por el mismo concepto a otro departamento del Ayuntamiento
  • No estás al corriente de pagos con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
  • Tu proyecto no alcanza el mínimo de 25 puntos en la valoración
  • El presupuesto de tu proyecto genera déficit

Cuánto puedes recibir

El dinero se reparte de forma proporcional entre los proyectos que alcancen un mínimo de 25 puntos: el crédito disponible se divide entre la suma de todas las puntuaciones y a cada proyecto se le asigna el importe que le corresponde según sus puntos. La subvención no puede superar en ningún caso el 50% del coste total del proyecto que presentes; el resto lo aportas tú, directamente o con cofinanciación de terceros. Ninguna entidad puede recibir de forma individual más del 60% de la dotación económica. Cobras el 70% una vez la resolución se aprueba por la Junta de Gobierno Local y el 30% restante cuando presentas la justificación y se acredita el cumplimiento. El área de deportes (Apartado B) tiene un reparto distinto: su importe se distribuye de forma equitativa entre los deportistas federados menores de 18 años que hayan participado en competiciones oficiales durante el año, y solo pueden optar a él las entidades que hayan obtenido subvención en el Apartado A de deportes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu proyecto encaja con alguna de las áreas y finalidades de las bases

  2. Descarga los modelos normalizados de solicitud en la web del Ayuntamiento de Cabrils

  3. Reúne el resumen del proyecto, el presupuesto normalizado y las declaraciones responsables

  4. Presenta la solicitud exclusivamente por medios telemáticos ante el Ayuntamiento

  5. Subsana en 10 días la documentación si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Presenta después la cuenta justificativa por los formularios de la sede electrónica municipal

Documentación necesaria

  • Resumen del proyecto en formato normalizado, con declaración responsable de que cumples los requisitos para ser beneficiario
  • Modelo de presupuesto normalizado con el detalle de los programas y actividades para los que pides la subvención
  • Documento con los datos bancarios de pago a terceros
  • Declaración responsable del representante legal de que las personas implicadas no han sido condenadas por delitos contra la libertad e identidad sexual, solo si el proyecto implica contacto habitual con menores
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si mi entidad no está en el Registro Municipal de Entidades?
Excepcionalmente sí. Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas no inscritas cuando la actividad que desarrollan tenga incidencia o sea de interés para el municipio.
¿Cobro algo antes de hacer el proyecto?
Sí. Se abona el 70% de la subvención concedida una vez la resolución la aprueba la Junta de Gobierno Local. El 30% restante se paga tras presentar la documentación justificativa.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso público o privado, siempre que lo comuniques en 20 días hábiles desde la notificación de la concesión y el total no supere el coste de la actividad.
¿Qué pasa si no presento la justificación en plazo?
Si pasa el plazo sin justificar, se acuerda el reintegro de la subvención, previo requerimiento del Ayuntamiento.

Fuentes oficiales

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