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Subvención a clubs deportivos de Moaña para equipamiento

Hasta el 50% del gasto en equipamiento deportivo, con tope de 1.000€ por entidad.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Moaña para comprar equipamiento deportivo inventariable.
Para quién
Asociaciones y clubs deportivos que desarrollan su actividad en el municipio de Moaña.
Cuánto
Hasta el 50% del gasto presentado, con tope de 1.000€ por entidad; si sobra crédito puede superarse ese tope, pero nunca el 50% del gasto
Qué cubre
  • Equipamiento deportivo inventariable comprado durante 2026
  • Material con el logotipo oficial del Ayuntamiento de Moaña, destinado a competiciones oficiales o a entrenamientos
  • Vehículos, carros y remolques para transportar el material de competición oficial y de entrenamiento específico
Requisitos
  • Eres una asociación o club deportivo que desarrolla su actividad en el municipio de Moaña
  • Tu entidad está debidamente constituida y legalizada al finalizar el plazo de solicitudes
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Moaña
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma de Galicia, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Moaña
  • El equipamiento es inventariable, lleva el logotipo oficial del Ayuntamiento y se destina a competiciones oficiales o entrenamientos
  • Compras el equipamiento durante el ejercicio 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a la finalidad prevista: la compra del equipamiento solicitado
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que solicites u obtengas para el mismo equipamiento
  • Da publicidad al carácter público de la financiación y haz constar que el equipamiento está cofinanciado por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Moaña
  • Justifica la subvención con el Anexo IV en los 10 días hábiles siguientes a recibir la notificación de la concesión
  • Mantén el equipamiento subvencionado y la aplicación de los fondos durante dos años desde la concesión; si no lo cumples tendrás que devolver la ayuda total o parcialmente
  • Presenta facturas fechadas en 2026 y justificantes de pago por transferencia, certificación bancaria o extracto; no se admiten pagos en efectivo
  • Aporta certificados en vigor de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Comunidad Autónoma y la Seguridad Social
Fechas estimadas
  • Abre: 10 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 23 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o club deportivo que desarrolla su actividad en Moaña
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Moaña
  • Quieres comprar equipamiento deportivo inventariable durante 2026
  • El material se destina a competiciones deportivas oficiales o a entrenamientos
  • Aceptas que el equipamiento lleve el logotipo oficial del Ayuntamiento de Moaña
  • Tu entidad no está constituida y legalizada al cierre del plazo de solicitudes
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Moaña
  • El equipamiento no incorpora el logotipo oficial del Ayuntamiento de Moaña
  • Compraste el material fuera del ejercicio 2026
  • Tu entidad no está al corriente con Hacienda, la Xunta, la Seguridad Social o el Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% del gasto que presentes en equipamiento deportivo, con un tope de 1.000€ por entidad. Si al repartir no se agota el crédito, el sobrante se distribuye entre las entidades beneficiarias según la puntuación obtenida, y en ese caso puedes superar los 1.000€, pero nunca el 50% del gasto. Cobras en un único pago por transferencia bancaria una vez justificada la subvención; si justificas menos de lo concedido, la ayuda se reduce hasta lo justificado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la solicitud oficial (Anexo I) con el presupuesto o factura del gasto y el resto de anexos y certificados

  2. Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Moaña en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

  3. Si te requieren subsanar, completa o corrige la documentación en los 10 días hábiles siguientes a la notificación

  4. Espera la resolución de la Xunta de Gobierno Local, que tiene un plazo máximo de 3 meses desde el cierre de solicitudes

  5. Justifica la subvención con el Anexo IV en los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión

  6. Cobra la ayuda en un único pago por transferencia bancaria tras la comprobación de la justificación

Documentación necesaria

  • Solicitud según modelo oficial (Anexo I) junto con presupuesto o factura del gasto
  • Fotocopia del CIF de la entidad solicitante
  • Fotocopia del DNI del presidente o presidenta de la entidad
  • Certificado actualizado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia con identificación de cargos representativos
  • Certificado original actualizado de titularidad de la cuenta bancaria de la entidad
  • Documento acreditativo de la inscripción en el registro municipal de asociaciones (el Ayuntamiento lo gestiona de oficio)
  • Anexo II (equipamiento deportivo)
  • Certificados de la Federación Gallega de participación y de logros deportivos en categorías absoluta y previa a la absoluta (temporada 2024/2025 o año 2025)
  • Certificación de logros de los deportistas con licencia en la entidad, en deportes individuales
  • Certificado del reconocimiento vigente como deportista gallego de alto nivel o deportista de alto nivel
  • Certificado de licencias del club de la temporada 2024/2025 o del año 2025, firmado por secretario/a y presidente/a, desglosado por sexo
  • Certificado de licencias del club de deporte adaptado, firmado por secretario/a y presidente/a
  • Facturas y justificantes de pago de los costes de las instalaciones que utiliza la entidad (en su caso)
  • Declaración responsable firmada por secretario/a y presidente/a (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir esta subvención si ya tengo otra ayuda para el mismo equipamiento?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, de cualquier administración o entidad pública o privada. Debes comunicarlas al Ayuntamiento, y la suma de todas no puede superar el coste final justificado de la inversión; si lo supera, se reduce esta ayuda en el exceso.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. La presentación es exclusivamente electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Moaña. Si la entregas en papel, te requerirán que la subsanes por vía electrónica y contará como fecha de presentación la de esa subsanación, que debe hacerse dentro del plazo.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué pasa si no justifico la subvención a tiempo?
Pierdes el derecho a cobrar la subvención. Si justificas un importe inferior al concedido, la ayuda se reduce hasta lo efectivamente justificado.
¿Puedo recurrir la resolución?
Sí. Puedes presentar recurso potestativo de reposición ante la Xunta de Gobierno Local en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Fuentes oficiales

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