Subvención a clubs deportivos de Moaña para equipamiento
Hasta el 50% del gasto en equipamiento deportivo, con tope de 1.000€ por entidad.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Moaña para comprar equipamiento deportivo inventariable.
- Para quién
- Asociaciones y clubs deportivos que desarrollan su actividad en el municipio de Moaña.
- Cuánto
- Hasta el 50% del gasto presentado, con tope de 1.000€ por entidad; si sobra crédito puede superarse ese tope, pero nunca el 50% del gasto
- Qué cubre
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- Equipamiento deportivo inventariable comprado durante 2026
- Material con el logotipo oficial del Ayuntamiento de Moaña, destinado a competiciones oficiales o a entrenamientos
- Vehículos, carros y remolques para transportar el material de competición oficial y de entrenamiento específico
- Requisitos
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- Eres una asociación o club deportivo que desarrolla su actividad en el municipio de Moaña
- Tu entidad está debidamente constituida y legalizada al finalizar el plazo de solicitudes
- Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Moaña
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Estado, la Comunidad Autónoma de Galicia, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Moaña
- El equipamiento es inventariable, lleva el logotipo oficial del Ayuntamiento y se destina a competiciones oficiales o entrenamientos
- Compras el equipamiento durante el ejercicio 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la subvención a la finalidad prevista: la compra del equipamiento solicitado
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que solicites u obtengas para el mismo equipamiento
- Da publicidad al carácter público de la financiación y haz constar que el equipamiento está cofinanciado por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Moaña
- Justifica la subvención con el Anexo IV en los 10 días hábiles siguientes a recibir la notificación de la concesión
- Mantén el equipamiento subvencionado y la aplicación de los fondos durante dos años desde la concesión; si no lo cumples tendrás que devolver la ayuda total o parcialmente
- Presenta facturas fechadas en 2026 y justificantes de pago por transferencia, certificación bancaria o extracto; no se admiten pagos en efectivo
- Aporta certificados en vigor de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Comunidad Autónoma y la Seguridad Social
- Fechas estimadas
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- Abre: 10 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 23 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación o club deportivo que desarrolla su actividad en Moaña
- Tu entidad está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Moaña
- Quieres comprar equipamiento deportivo inventariable durante 2026
- El material se destina a competiciones deportivas oficiales o a entrenamientos
- Aceptas que el equipamiento lleve el logotipo oficial del Ayuntamiento de Moaña
- Tu entidad no está constituida y legalizada al cierre del plazo de solicitudes
- Tu entidad no está inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Moaña
- El equipamiento no incorpora el logotipo oficial del Ayuntamiento de Moaña
- Compraste el material fuera del ejercicio 2026
- Tu entidad no está al corriente con Hacienda, la Xunta, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 50% del gasto que presentes en equipamiento deportivo, con un tope de 1.000€ por entidad. Si al repartir no se agota el crédito, el sobrante se distribuye entre las entidades beneficiarias según la puntuación obtenida, y en ese caso puedes superar los 1.000€, pero nunca el 50% del gasto. Cobras en un único pago por transferencia bancaria una vez justificada la subvención; si justificas menos de lo concedido, la ayuda se reduce hasta lo justificado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la solicitud oficial (Anexo I) con el presupuesto o factura del gasto y el resto de anexos y certificados
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Moaña en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia
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Si te requieren subsanar, completa o corrige la documentación en los 10 días hábiles siguientes a la notificación
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Espera la resolución de la Xunta de Gobierno Local, que tiene un plazo máximo de 3 meses desde el cierre de solicitudes
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Justifica la subvención con el Anexo IV en los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión
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Cobra la ayuda en un único pago por transferencia bancaria tras la comprobación de la justificación
Documentación necesaria
- Solicitud según modelo oficial (Anexo I) junto con presupuesto o factura del gasto
- Fotocopia del CIF de la entidad solicitante
- Fotocopia del DNI del presidente o presidenta de la entidad
- Certificado actualizado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia con identificación de cargos representativos
- Certificado original actualizado de titularidad de la cuenta bancaria de la entidad
- Documento acreditativo de la inscripción en el registro municipal de asociaciones (el Ayuntamiento lo gestiona de oficio)
- Anexo II (equipamiento deportivo)
- Certificados de la Federación Gallega de participación y de logros deportivos en categorías absoluta y previa a la absoluta (temporada 2024/2025 o año 2025)
- Certificación de logros de los deportistas con licencia en la entidad, en deportes individuales
- Certificado del reconocimiento vigente como deportista gallego de alto nivel o deportista de alto nivel
- Certificado de licencias del club de la temporada 2024/2025 o del año 2025, firmado por secretario/a y presidente/a, desglosado por sexo
- Certificado de licencias del club de deporte adaptado, firmado por secretario/a y presidente/a
- Facturas y justificantes de pago de los costes de las instalaciones que utiliza la entidad (en su caso)
- Declaración responsable firmada por secretario/a y presidente/a (Anexo III)