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Económico Fuerteventura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para clubes deportivos de Pájara 2026

Subvención por concurrencia para clubes deportivos sin ánimo de lucro de Pájara

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Pájara para el fomento del deporte en el municipio.
Para quién
Colectivos, clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro del municipio de Pájara.
Cuánto
  • Tu subvención se calcula por puntos: los que obtengas multiplicados por el valor del punto de tu línea
    Criterio de valoraciónPuntos
    Por cada club federado25
    Por cada actividad distinta de la principal5
    Por equipo en competición oficial2
    Por cada 15 niños inscritos en deportes individuales en la misma categoría hasta juvenil, o por cada equipo base hasta juvenil3
    Por cada 10 licencias o fichas federativas femeninas5
    Por cada 15 licencias o fichas federativas masculinas5
    Club en competición regional que se desplaza entre islas10
    Club en competición nacional que se desplaza a nivel nacional10
    Asociación cultural y deportiva, por cada actividad deportiva realizada10
    Por cada niño o niña derivado por los Servicios Sociales y admitido1
    La puntuación máxima de cada solicitud no puede exceder de 100 puntos. El valor del punto se calcula por separado en cada línea, dividiendo el crédito de esa línea entre la suma de los puntos de todas las entidades admitidas en ella. Ninguna entidad puede recibir en una línea más de lo que haya justificado como gasto en ella.
Qué cubre
  • Gastos federativos, desplazamientos, estancia y manutención de la actividad deportiva
  • Vestimenta deportiva, que debe llevar estampado el logotipo del Ayuntamiento de Pájara
  • Personal (monitores y entrenadores), gastos administrativos, sanitarios, equipos y medios electrónicos y gestoría
Requisitos
  • Tu club, colectivo o asociación deportiva no tiene ánimo de lucro
  • Está legalmente constituido e inscrito en el Registro de Entidades Deportivas Canarias o en el Registro de Asociaciones de Canarias
  • Mantiene vigentes sus obligaciones registrales
  • Tiene su sede en el municipio de Pájara
  • Realiza actividades deportivas que inciden directamente en el municipio de Pájara
  • No tienes entre el personal contratado a personas con antecedentes por delitos sexuales
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica los gastos con las facturas originales y sus justificantes de pago
  • Paga por transferencia o tarjeta: solo se admite el efectivo en importes inferiores a 1.000,00€
  • La suma de tus pagos en efectivo no puede superar el 20% del importe subvencionado
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que obtengas para la misma finalidad
  • Presenta cuenta justificativa simplificada si la subvención concedida es inferior a 60.000,00€
  • Conserva los documentos originales a disposición del Ayuntamiento y de los órganos de control
Fechas estimadas
  • Abre: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club, colectivo o asociación deportiva sin ánimo de lucro
  • Tu entidad tiene su sede en el municipio de Pájara
  • Estás inscrito en el Registro de Entidades Deportivas o de Asociaciones de Canarias
  • Participas en competiciones deportivas, federadas o no, de nivel aficionado
  • Tu club practica deportes autóctonos canarios
  • Tuviste gastos deportivos entre enero de 2025 y julio de 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu club no tiene su sede en el municipio de Pájara
  • Solicitas la ayuda como deportista individual y no como entidad
  • Compites en el ámbito profesional y no en el aficionado
  • Tus gastos se pagaron fuera del periodo subvencionable
  • Tu entidad no está inscrita en el registro correspondiente

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija: tu subvención sale de multiplicar los puntos que obtengas por el valor del punto de tu línea, y la puntuación máxima de cada solicitud es de 100 puntos. El valor del punto se calcula dividiendo el crédito de la línea entre la suma de puntos de todas las entidades admitidas en ella, así que depende de cuántas entidades concurran. En ningún caso cobrarás más de lo que hayas justificado como gasto en esa línea. Si quedan fondos sin asignar, se hace una segunda redistribución entre las entidades que aún no han llegado a su máximo.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el registro correspondiente y tiene su sede en Pájara

  2. Rellena el modelo normalizado de solicitud e indica la línea o líneas a las que concurres

  3. Prepara la memoria explicativa y la memoria económica de tus actividades y gastos

  4. Reúne los justificantes de gasto y de pago del periodo subvencionable

  5. Presenta la solicitud con certificado electrónico en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pájara

  6. Guarda el resguardo con el número y la fecha de registro que obtienes al presentarla

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
  • Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación
  • Número de Identificación Fiscal o Código de Identificación Fiscal del solicitante y del representante
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Memoria explicativa sobre la actividad a subvencionar (Anexo III), una diferenciada por cada línea
  • Memoria económica del coste total de cada evento o actividad (Anexo IV), una diferenciada por cada línea
  • Justificantes de gasto y de pago
  • Alta a terceros, si no consta o ha cambiado la cuenta bancaria
  • Certificado del Registro de Entidades Deportivas y acreditación de la identidad de quien ostenta la presidencia
  • Declaración responsable de no tener entre el personal contratado a personas con antecedentes por delitos sexuales
  • Autorización para verificar que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social o, en su defecto, los certificados acreditativos

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención junto con otras ayudas?
Sí. Son compatibles con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad. Eso sí, el conjunto nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Puedo presentarme a las dos líneas convocadas?
Sí, si el certificado del Registro de Entidades Deportivas acredita que tienes inscritas modalidades encuadrables en cada una. Tendrás que presentar un Anexo III y un Anexo IV diferenciados para cada línea.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín de la provincia. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Qué gastos puedo incluir en la solicitud?
Los producidos y pagados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de julio de 2026, ambos inclusive, siempre que estén relacionados con la actividad deportiva y se acrediten con sus justificantes.
¿Puedo justificar gastos pagados en efectivo?
Solo si cada pago es inferior a 1.000,00€. Además, el total pagado en efectivo no puede superar el 20% del importe subvencionado ni los 2.500,00€.

Fuentes oficiales

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