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Ayudas Claras
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Educación León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Becas para libros de texto y material escolar en Camponaraya

El 60% de tus facturas de libros y material escolar, hasta un máximo de 120€.

Lo que significa

Qué es
Beca del Ayuntamiento de Camponaraya, en concurrencia competitiva, para comprar libros de texto, material didáctico y material escolar.
Para quién
Familias de Camponaraya con hijos que cursan Educación Infantil o Educación Primaria en centros públicos.
Cuánto
El 60% de tus facturas de libros y material escolar, hasta un máximo de 120€
Qué cubre
  • Libros de texto para el curso 2026/2027
  • Material didáctico que los docentes emplean en clase

    La convocatoria entiende por material didáctico los elementos que emplean los docentes para facilitar y conducir el aprendizaje: libros, carteles, mapas, fotos, láminas, vídeos, software, modelos y analogías.

  • Material escolar, justificable en factura hasta 50 euros con IVA incluido

    Utensilios de papelería, mobiliario, manualidades, música o deportes que se usan en el ámbito educativo. Debe figurar en el listado de material que pida el centro educativo. Quedan fuera las mochilas, el vestuario y el calzado.

Requisitos
  • Estás empadronado en el municipio de Camponaraya
  • Cursas Educación Infantil o Primaria en el curso escolar 2025/2026
  • Estudias en un centro educativo público de Camponaraya o del distrito escolar La Cogolla
  • Estás al corriente de todos tus pagos con la Hacienda municipal
  • Presentas facturas originales, sin enmiendas ni tachaduras, con el nombre del alumno en el concepto
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a comprar los libros de texto y el material didáctico y escolar del curso 2026/2027
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que recibas para esa misma compra
  • Devuelve la parte que exceda del coste total del material si sumando varias ayudas lo superas
  • Evita el absentismo escolar: la ayuda se deja sin efecto si se produce
  • Devuelve la ayuda con intereses de demora si se anula por datos falsos o por dejar de cumplir los requisitos
  • Comunica cualquier cambio en las circunstancias que se tuvieron en cuenta para concederla
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en el municipio de Camponaraya
  • Cursas Educación Infantil o Primaria en el curso escolar 2025/2026
  • Estudias en un centro público de Camponaraya o del distrito escolar La Cogolla
  • Has comprado con factura los libros de texto o el material escolar
  • Estás al corriente de tus pagos con la Hacienda municipal
  • No estás empadronado en Camponaraya
  • Cursas estudios distintos de Educación Infantil o Primaria
  • Estudias en un centro que no es público, o que no está en Camponaraya ni en el distrito escolar La Cogolla
  • Tienes pagos pendientes con la Hacienda municipal
  • Solo conservas tickets de compra o facturas simplificadas del material
  • Quieres financiar mochilas, vestuario o calzado

Cuánto puedes recibir

Recibes el 60% de la factura de libros de texto y material didáctico y el 60% de la factura de material escolar. Del material escolar solo puedes justificar en factura hasta 50 euros con IVA incluido. En conjunto la subvención puede alcanzar un máximo de 120€. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que figure en tu ficha de terceros.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consigue el modelo de solicitud en la Concejalía de Educación o en la página web del Ayuntamiento

  2. Reúne las facturas originales y el resto de documentación obligatoria

  3. Rellena una única solicitud para todos tus hijos escolarizados

  4. Fírmala como padre, madre o tutor y dirígela al Alcalde de Camponaraya

  5. Preséntala en el Registro General del Ayuntamiento o en su sede electrónica entre el 1 y el 30 de septiembre de 2026

  6. Consulta la lista provisional en el tablón de anuncios y reclama por escrito en diez días hábiles si no estás conforme

Documentación necesaria

  • DNI, NIE o pasaporte del solicitante
  • Documento bancario con los datos de la cuenta y su titular, que debe ser el solicitante
  • Facturas originales de libros de texto y material didáctico, con el nombre del niño en el concepto
  • Facturas originales de material escolar, con el nombre del niño en el concepto
  • Listado del material escolar y didáctico solicitado, sellado por el centro educativo
  • Libro de Familia o documentación oficial que acredite los miembros de la unidad familiar y sus fechas de nacimiento
  • Certificado de inscripción en el Registro de Parejas de hecho o certificado de convivencia, si no hay vínculo matrimonial
  • Certificado de discapacidad de grado igual o superior al 33%, en su caso
  • Volante colectivo del Padrón Municipal del solicitante y de los alumnos
  • Copia de la matrícula escolar del alumno
  • Documentación acreditativa de la situación de desempleo, en su caso
  • Fotocopia completa de la declaración del IRPF de cada miembro de la unidad familiar obligado a declarar, o certificado de ingresos de Hacienda si no está obligado

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar una solicitud por cada hijo?
No. Cada familia usa una única solicitud para todos los hijos escolarizados, aunque la concesión se resuelve de forma individualizada para cada alumno.
¿Me valen los tickets de compra como justificante?
No. Solo se admiten facturas originales, sin enmiendas ni tachaduras y con el nombre del niño en el concepto. No se admiten facturas simplificadas ni tickets de compra.
¿Puedo cobrarla si ya recibo otra ayuda para lo mismo?
Sí, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el importe de la compra. Tienes que comunicárselo al Ayuntamiento y devolver la cantidad que sobrepase ese importe.
¿Qué pasa si se piden más ayudas que dinero disponible?
Se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito. Puntúan la renta de la unidad familiar, el número de hijos menores de 25 años, los progenitores en desempleo y la discapacidad reconocida desde el 33%.
¿Tengo que justificar el gasto después de cobrar?
No. No procede justificación posterior porque la factura del gasto se presenta junto con la solicitud.

Fuentes oficiales

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