Ayuda de material escolar para familias de Babilafuente
Importe individual máximo de 100€ para material escolar del curso 2026-2027
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Babilafuente para la compra de material escolar de tus hijos.
- Para quién
- Padres, madres o tutores legales de alumnos de 2º ciclo de educación infantil, primaria o secundaria obligatoria.
- Cuánto
- Importe individual máximo de 100€, o el importe justificado si es menor
- Qué cubre
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- Material escolar como estuches, bolígrafos, pinturas, rotuladores, lapiceros, carpetas, blocs, cuadernos, gomas de borrar, sacapuntas, pegamentos, reglas, tijeras, flautas, compases, grapadoras, mochilas escolares y material de manualidades
- Tabletas electrónicas y calculadoras
- Requisitos
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- Eres el padre, la madre o el tutor legal de un alumno matriculado en el curso 2026-2027
- El alumno cursa 2º ciclo de educación infantil, primaria o secundaria obligatoria
- Todos los miembros de tu unidad familiar estáis empadronados en Babilafuente antes de la publicación de la convocatoria y residís allí de modo efectivo
- El alumno está empadronado en Babilafuente antes de la publicación de la convocatoria y reside allí de modo efectivo
- Ambos progenitores estáis al corriente de pago con la Hacienda Municipal, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a la finalidad para la que te la concedieron
- Justifica ante el Ayuntamiento, en tiempo y forma, que has cumplido esa finalidad
- Sométete a las actuaciones de comprobación que realice el Ayuntamiento
- Comunica al Ayuntamiento si recibes otras ayudas que financien el mismo gasto
- Devuelve la ayuda, total o parcialmente y con intereses de demora, si incumples tus obligaciones o la finalidad
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres padre, madre o tutor legal de un alumno matriculado en el curso 2026-2027
- Tu hijo cursa 2º ciclo de educación infantil, primaria o secundaria obligatoria
- Toda tu unidad familiar está empadronada en Babilafuente y reside allí de modo efectivo
- Has comprado el material escolar y conservas las facturas
- Ambos progenitores estáis al corriente de vuestras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Tu hijo no cursa 2º ciclo de infantil, primaria o secundaria obligatoria
- Algún miembro de tu unidad familiar no está empadronado en Babilafuente
- Estás privado de la patria potestad de tu hijo
- La tutela o la guarda del menor las asume una institución pública
- Ya recibes otra ayuda con la misma finalidad
- Solo has gastado en uniformes, ropa deportiva, libros de texto o material deportivo
Cuánto puedes recibir
El importe individual máximo de la ayuda es de 100€. Si el gasto que justificas con facturas es menor que esa cantidad, solo cobras el importe justificado. Si el número de solicitudes supera la partida presupuestaria municipal y esta no puede incrementarse, el importe se reparte de forma proporcional entre todos los solicitantes. El pago se ingresa en la cuenta bancaria que indiques, una vez publicadas las listas definitivas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas del material escolar comprado y el resto de documentación
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Rellena el modelo de solicitud del Anexo I, una por cada alumno
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Babilafuente o en su sede electrónica
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Consulta la lista provisional de solicitudes en el tablón de edictos del Ayuntamiento
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Subsana los errores en un plazo de diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere
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Espera la resolución, que se publica en el tablón de edictos en un máximo de tres meses
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I, una por cada alumno
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitante (padre, madre o tutor legal; el alumno si es mayor de edad)
- Fotocopia del libro de familia
- Fotocopia de la sentencia y del convenio regulador, en casos de separación o divorcio
- Declaración jurada de que cumples los requisitos para ser beneficiario, según el modelo normalizado que facilita el Ayuntamiento
- Certificado de la dirección del centro educativo o justificante de la matrícula
- Facturas de la compra del material escolar, con el nombre del padre, madre o representantes legales, los datos del establecimiento, la fecha, cada artículo con su cantidad y coste, y el importe total
- Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria indicada