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Ayudas Claras
Subvenciones Huesca Prestaciones
Prestaciones Huesca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de vecinos de Almudévar

Hasta el 80% del coste de la actividad para asociaciones de vecinos de Almudévar

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almudévar para inversiones de las asociaciones de vecinos de sus pueblos.
Para quién
Asociaciones de vecinos sin ánimo de lucro de los pueblos y barrios del municipio de Almudévar.
Cuánto
Hasta el 80% del coste de la actividad subvencionada
Qué cubre
  • Obras menores de arreglo y reparación del patrimonio rural o de uso común de los vecinos
  • Compra de bienes muebles y material inventariable
Requisitos
  • Tu asociación de vecinos está domiciliada en uno de los pueblos del municipio de Almudévar
  • Dispones de la estructura y los medios necesarios para llevar a cabo el proyecto
  • Presentas una única solicitud, indicando en ella el importe que pides
  • Si repites el mismo destino y finalidad de años anteriores, has justificado al menos el 10% de aquella actividad
  • Los gastos que presentas se ejecutan entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad en los términos que planteaste en tu solicitud
  • Mantén, cuida y usa las obras del patrimonio rural durante al menos diez años
  • Mantén, cuida y usa los bienes muebles o el material comprado durante al menos cinco años
  • Presenta la justificación en la sede electrónica del Ayuntamiento hasta el 30 de noviembre de 2026, último día del plazo
  • Aporta las facturas y los justificantes bancarios del pago; en efectivo no se admiten importes superiores a 300 €
  • Entrega material gráfico y fotografías en los que conste la colaboración municipal
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de vecinos domiciliada en un pueblo del municipio de Almudévar
  • Vas a hacer obras menores de arreglo o reparación del patrimonio rural
  • Vas a comprar bienes muebles o material inventariable para la asociación
  • Tu actividad interesa al conjunto de los vecinos que residen en el pueblo
  • Tus gastos se ejecutan entre diciembre de 2025 y noviembre de 2026
  • Tienes un convenio con el Ayuntamiento por el que cobras una subvención nominativa anual
  • Tu asociación no está domiciliada en ninguno de los pueblos del municipio
  • Pides la ayuda para el mismo destino y finalidad que en años anteriores y no has justificado al menos el 10% de aquella actividad
  • No dispones de estructura ni de medios para llevar a cabo el proyecto

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija por asociación: el importe que recibas no puede superar el 80% del coste de la actividad subvencionada. La convocatoria destina un crédito total de 3.000 € y las bases reparten la consignación en dos tramos: 500 € de forma lineal entre todos los solicitantes y otros 500 € en función de la puntuación de tu solicitud, que se valora por habitantes del núcleo donde se desarrolla la actividad (hasta 90 puntos), número de socios de la asociación (hasta 5 puntos) e inversiones a realizar (hasta 5 puntos). Las bases no explican cómo se reparte el resto del crédito, así que conviene confirmarlo con el Ayuntamiento. Si te conceden menos de lo que pediste, se te notifica una resolución provisional y puedes reformular la solicitud. Cobras después de presentar la justificación y de que los servicios municipales la comprueben, porque no se hacen abonos a cuenta ni pagos anticipados.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el modelo de solicitud y sus anexos en el área de subvenciones del Ayuntamiento

  2. Rellena la instancia dirigida al Alcalde con la razón social y el CIF de la asociación

  3. Prepara la memoria de la actuación con el presupuesto previsto y la declaración de otras subvenciones

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica de Almudévar dentro de los veinte días naturales

  5. Subsana los defectos en el plazo de diez días si el órgano instructor te lo requiere

  6. Justifica la subvención en la sede electrónica hasta el 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud dirigida al Alcalde (Anexo I)
  • Memoria de la actuación y presupuesto previsto (Anexo I.1)
  • Declaración de otras subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma finalidad (Anexo I.2)
  • Fotocopia del NIF o CIF del beneficiario
  • Documento acreditativo del número de socios que componen la asociación
  • Certificado de Hacienda de estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente
  • Ficha de terceros validada por la entidad bancaria, necesaria para cobrar el ingreso

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Esta subvención es compatible con cualquier otra concedida por administraciones o entidades públicas o privadas, siempre que su importe más los ingresos generados por la actividad no supere el 80% del coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si falta algún documento en mi solicitud?
El órgano instructor puede requerirte que lo subsanes. Si no aportas la documentación en el plazo máximo e improrrogable de diez días, se te tiene por desistido de la solicitud.
¿Y si no presento la justificación a tiempo?
El Ayuntamiento te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días. Si aun así no la presentas, se entiende que renuncias a la subvención y se procede a revocarla.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin resolución, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Tengo que aportar los certificados de Hacienda y Seguridad Social?
Al presentar la solicitud autorizas al Ayuntamiento a obtenerlos directamente; si deniegas expresamente ese consentimiento, tienes que aportarlos tú. Si la subvención que solicitas no supera los 3.000 euros, basta con una declaración responsable.

Fuentes oficiales

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