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Ayudas Claras
Subvenciones Huesca Prestaciones
Prestaciones Huesca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones deportivas de Almudévar 2026

Subvención municipal para el programa anual de actividades deportivas en Almudévar

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almudévar para financiar programas de actividades deportivas de la localidad.
Para quién
Asociaciones sin ánimo de lucro y clubes deportivos del municipio de Almudévar.
Cuánto
No hay una cuantía fija por entidad: la subvención es la suma del valor de los puntos que obtenga tu solicitud en el baremo
Qué cubre
  • Gastos del programa anual de actividades deportivas de tu entidad

    El presupuesto de gastos de la actividad se desglosa en personal (coste salarial y seguridad social), material, publicidad y propaganda, suministros, arrendamientos, reparaciones, primas de seguros, combustibles y servicios profesionales.

  • Gastos ejecutados desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026
  • No cubre gastos de inversión
Requisitos
  • Eres una asociación o club deportivo constituido conforme a la legislación vigente
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones y Entidades Deportivas del Gobierno de Aragón
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Almudévar
  • Tienes Código de Identificación Fiscal y estás al día con tus obligaciones fiscales
  • Tu sede social está en Almudévar y desarrollas allí tu actividad principal

    Se exceptúan las modalidades deportivas que necesiten espacios singulares no existentes en el municipio.

  • Dispones de la estructura y los medios necesarios para llevar a cabo el proyecto
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención íntegramente a la actividad para la que se concedió
  • Realiza la actividad en los términos planteados en tu solicitud
  • Presenta la cuenta justificativa antes del 30 de noviembre de 2026
  • Acredita los pagos con documentos o justificantes bancarios; en efectivo no valen importes superiores a 300 €
  • Comunica al Ayuntamiento, al justificar, cualquier otra subvención obtenida para la misma actividad
  • Comprueba que el conjunto de ayudas recibidas no supera el coste total de la actividad
  • Haz constar en toda la información de la actividad que está subvencionada por el Ayuntamiento de Almudévar
  • Admite la presencia de un miembro del Servicio Municipal de Deportes con funciones de inspección
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro o un club deportivo
  • Tu entidad tiene la sede social en el municipio de Almudévar
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones y Entidades Deportivas de Aragón
  • Estás inscrito en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Almudévar
  • Organizas un programa anual de actividades deportivas en la localidad
  • Tienes un convenio con el Ayuntamiento por el que cobras una subvención nominativa anual
  • Tu entidad no tiene la sede social en el municipio de Almudévar
  • Solo quieres financiar gastos de inversión
  • Tienes deudas con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento de Almudévar

Cuánto puedes recibir

La convocatoria reparte 4.000 euros en total entre todas las entidades admitidas y no fija un importe por solicitante. El valor del punto se obtiene dividiendo ese importe total entre los puntos asignados al conjunto de las solicitudes admitidas, y tu subvención es la suma del valor de todos los puntos que obtengas. Se puntúa la continuidad de la actividad deportiva (hasta 15 puntos), el número de jornadas (hasta 15), el número de participantes (hasta 10) y el presupuesto de la actividad (hasta 40). Si te conceden menos de lo que pediste puedes reformular la solicitud. El pago llega después de que presentes la justificación y el Ayuntamiento la compruebe: no hay abonos a cuenta ni pagos anticipados.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria de la actividad, el presupuesto de ingresos y gastos y la declaración de otras subvenciones

  2. Rellena la solicitud oficial firmada por el representante legal de tu entidad, indicando el importe que solicitas

  3. Presenta la ficha de terceros validada por tu entidad bancaria para poder cobrar el ingreso

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Almudévar dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto

  5. Presenta la cuenta justificativa en el Registro General del Ayuntamiento antes del 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención firmada por el representante legal (Anexo I)
  • Memoria de la actividad para la que se solicita la subvención (Anexo I.1)
  • Presupuesto previsto de ingresos y gastos de la actividad (Anexo I.2)
  • Declaración de otras subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma finalidad (Anexo I.3)
  • Fotocopia del NIF o CIF del beneficiario
  • Certificado de Hacienda de estar al corriente de las obligaciones tributarias, solo si deniegas expresamente que el Ayuntamiento lo consulte por ti; si la subvención que pides no supera los 3.000 euros basta una declaración responsable
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de las obligaciones, con las mismas condiciones que el de Hacienda
  • Certificado de la federación correspondiente con el número de deportistas que participan en la actividad
  • Fotocopias de las titulaciones de los monitores, educadores y entrenadores responsables
  • Ficha de terceros validada por la entidad bancaria

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya recibo otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Es compatible con cualquier otra concedida por otras administraciones o entes públicos o privados, siempre que el importe conjunto no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
Las subvenciones no justificadas antes del 30 de noviembre de 2026 se entienden renunciadas y el Ayuntamiento procede a revocarlas.
¿Cobro parte del dinero por adelantado?
No. El pago se realiza tras presentar la justificación y comprobarla los servicios municipales; no se hacen abonos a cuenta ni pagos anticipados.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si no hay resolución en ese plazo, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puede pedirla mi entidad si tiene un convenio con el Ayuntamiento?
No. Las entidades que tienen suscrito un convenio de colaboración por el que perciben anualmente una subvención nominativa no pueden presentar solicitud.

Fuentes oficiales

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