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Ayudas Claras
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Educación León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para libros de texto en Santa María de Ordás

Cubre el 50% de la factura de libros de texto del curso 2026-2027, hasta 150€.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa María de Ordás para la compra de libros de texto.
Para quién
Padres, madres y tutores legales de menores que cursan educación infantil, primaria o ESO.
Cuánto
50% de la factura de libros de texto, hasta un máximo de 150€
Qué cubre
Los libros de texto establecidos y aprobados por el centro escolar al inicio del curso
Requisitos
  • Estás empadronado en Santa María de Ordás desde al menos 2 meses antes de la publicación de las bases
  • Eres padre, madre o tutor legal de un menor de edad matriculado
  • El menor estudia en un centro público del distrito escolar al que pertenece el municipio
  • El menor cursa infantil de 3, 4 o 5 años, primaria o ESO
  • Estás al corriente de pago con la hacienda municipal
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tienes pendiente la devolución de subvenciones concedidas antes por el ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a comprar los libros de texto del curso 2026-2027
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda que pidas o recibas para los mismos libros
  • Devuelve el exceso si la suma de todas las ayudas supera el coste de los libros
  • Comunica al ayuntamiento cualquier cambio en los datos de la solicitud
  • Devuelve la ayuda con intereses si se anula por datos falsos o por dejar de cumplir los requisitos
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre o tutor legal de un menor escolarizado
  • Estás empadronado en Santa María de Ordás desde hace al menos 2 meses
  • Tu hijo cursa infantil de 3, 4 o 5 años, primaria o ESO en 2026-2027
  • Tu hijo estudia en un centro público del distrito escolar del municipio
  • Ya has pagado los libros de texto y conservas la factura
  • Estás al corriente de pago con la hacienda municipal
  • Llevas menos de 2 meses empadronado en Santa María de Ordás
  • Tu hijo cursa etapas distintas de infantil, primaria o ESO
  • Tu hijo estudia en un centro que no es público, o que está fuera del distrito escolar al que pertenece el municipio
  • Tienes pendiente devolver una subvención concedida por este ayuntamiento
  • Solo tienes tickets de compra sin identificación, no facturas
  • Presentas la solicitud fuera de plazo

Cuánto puedes recibir

Recibes el 50% del importe de la factura de los libros de texto, con un máximo de 150€. Como se concede en concurrencia competitiva, las solicitudes se atienden por orden de puntuación hasta agotar el crédito disponible. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en la solicitud, una vez publicada la resolución definitiva.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la factura y el justificante de pago de los libros de texto adquiridos para el curso 2026-2027

  2. Rellena el modelo de solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexo II)

  3. Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en las oficinas del ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 horas, o por ventanilla única

  4. Subsana la solicitud en 10 días si el ayuntamiento te lo requiere

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de edictos de la web municipal y presenta reclamaciones en 10 días si procede

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Fotocopia del DNI o NIE en vigor del solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar mayores de 14 años
  • Fotocopia del libro de familia completo, o documentación oficial equivalente en familias extranjeras que no dispongan de él
  • Certificado de empadronamiento con todos los miembros de la unidad familiar (lo comprueba de oficio el ayuntamiento)
  • Copia de la sentencia de separación o divorcio y del convenio regulador, en los casos que proceda
  • Certificado del centro educativo donde está matriculado el menor o fotocopia compulsada de la matrícula
  • Listado de los libros de texto exigidos por el centro educativo
  • Certificado de discapacidad igual o superior al 33% del miembro de la unidad familiar afectado, si lo hay
  • Documentación que acredite la situación de desempleo, en su caso
  • Original o copia compulsada de la factura y del justificante de pago de los libros de texto

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya he recibido otra ayuda para los mismos libros?
Sí. Estas ayudas son compatibles con otras para la misma finalidad de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que la suma de lo percibido no supere el coste total de los libros. Si lo supera, tienes que devolver la cantidad que sobrepase ese importe.
¿Cuántas solicitudes puedo presentar si tengo varios hijos?
Se presenta una única solicitud por unidad familiar que cumpla los requisitos.
¿Qué pasa si se piden más ayudas que dinero hay disponible?
Se conceden por orden de puntuación hasta agotar el crédito. Puntúan la discapacidad reconocida de miembros de la unidad familiar (1 punto desde el 33% y 2 puntos desde el 65%), el número de hijos menores de 25 años que conviven en el domicilio (de 1 a 8 puntos) y que los progenitores estén en desempleo (2 puntos uno, 4 puntos los dos).
¿Me vale el ticket de compra como justificante?
No. Necesitas la factura original o copia compulsada, con el nombre o razón social del vendedor, su domicilio, su NIF o CIF, la fecha, el número de factura y el importe total con indicación del IVA. No se admiten tickets o similares sin identificación.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo de resolución y notificación es de 6 meses. La resolución se publica en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Si pasa el plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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