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Ayudas Claras
Subvenciones Aragón Prestaciones
Prestaciones Aragón Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades de protección animal en Zaragoza

Hasta el 80% del coste del proyecto para protectoras de animales de Zaragoza

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para proyectos de protección y bienestar animal en la ciudad.
Para quién
Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que trabajan en la protección animal, como las protectoras de animales.
Cuánto
Hasta el 80% del coste del proyecto; el importe de cada entidad se calcula proporcionalmente a la puntuación obtenida
Qué cubre
  • Atención directa de animales abandonados y maltratados: acogida, recuperación y entrega en adopción
  • Alimentación, asistencia veterinaria, tratamientos zoosanitarios, vacunaciones y desparasitaciones de los animales acogidos
  • Campañas de divulgación y sensibilización sobre protección animal y adopción responsable
Requisitos
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida y con personalidad jurídica propia
  • Acreditas al menos 1 año de actividad efectiva en la ciudad de Zaragoza y sus barrios rurales
  • Tu entidad lleva inscrita un año como mínimo en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas de Zaragoza
  • Estás al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, el Gobierno de Aragón, Hacienda y la Seguridad Social
  • Presentas un único proyecto: cada entidad solo puede presentar uno
  • Acreditas que dispones de un Plan de Igualdad si te resulta obligatorio
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la subvención a financiar el proyecto que indicaste en la solicitud
  • Ejecuta el proyecto a lo largo de 2026, con fecha final de ejecución el 31 de diciembre de 2026
  • Comunica por escrito en 15 días hábiles cualquier cambio en los datos aportados para la concesión
  • Avisa en 10 días hábiles si obtienes otras ayudas públicas para la misma finalidad
  • Justifica la subvención entre el 2 de enero y el 28 de febrero de 2027 con facturas o documentos de valor probatorio equivalente
  • Haz constar en toda la difusión del proyecto que está subvencionado por el Servicio de Salud Pública del Ayuntamiento de Zaragoza
Fechas estimadas
  • Abre: 5 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 25 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Desarrollas tu actividad en la ciudad de Zaragoza o sus barrios rurales
  • Acoges, recuperas o das en adopción animales abandonados o maltratados
  • Organizas campañas de divulgación o sensibilización sobre protección animal
  • Tu entidad está inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Llevas menos de un año desarrollando actividad efectiva en Zaragoza
  • Tu entidad lleva menos de un año inscrita en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas
  • No estás al corriente de tus obligaciones fiscales ni con la Seguridad Social
  • Quieres presentar varios proyectos: solo se admite uno por entidad
  • Tu entidad está sancionada por resolución firme por discriminación por razón de género

Cuánto puedes recibir

El importe que recibes se fija según la documentación que aportes, el informe de la Comisión de Valoración y la disponibilidad presupuestaria, y se calcula de forma proporcional a la puntuación que obtenga tu proyecto. La ayuda no puede superar el 80% del coste del proyecto. Si percibes otras ayudas públicas para la misma actividad, la suma de todas tampoco puede superar ese 80%.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria general de tu entidad y la memoria descriptiva del proyecto

  2. Cumplimenta la instancia de solicitud (Anexo I) y fírmala como representante legal de la entidad

  3. Presenta la solicitud de forma electrónica en el registro electrónico del Ayuntamiento de Zaragoza dentro de los 15 días hábiles

  4. Subsana la documentación en 10 días si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Presenta alegaciones o reformula el proyecto en los 10 días siguientes a la propuesta de resolución provisional

  6. Justifica la subvención entre el 2 de enero y el 28 de febrero de 2027

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud de la subvención (Anexo I), suscrita por quien ostente la representación legal
  • Certificación del secretario o secretaria de la entidad sobre quién ostenta la representación legal y la composición de la Junta Directiva
  • Memoria general de la entidad, según el modelo, con la acreditación del cumplimiento de los criterios de valoración
  • Memoria descriptiva del proyecto a realizar
  • Ficha de terceros: certificación bancaria de titularidad de la cuenta
  • Declaración de concurrencia de subvenciones
  • Certificados de estar al corriente de pagos, si no autorizas al Ayuntamiento a solicitarlos
  • Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal, solo si es la primera vez que solicitas esta subvención
  • Fotocopia de los estatutos de la entidad, solo si es la primera vez que solicitas esta subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto a esta convocatoria?
No. Cada entidad puede presentar un solo proyecto en esta convocatoria.
¿Puedo cobrar esta ayuda si ya tengo otras subvenciones para lo mismo?
Sí, pero la suma de todas las ayudas públicas no puede superar el 80% del coste de la actividad subvencionada. Si te conceden otra, debes comunicarlo al Ayuntamiento en un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación.
¿Puedo encargar a terceros las actividades del proyecto?
Sí. Las actividades objeto de subvención se pueden subcontratar hasta el 100% del proyecto.
¿Qué pasa si no presento la justificación a tiempo?
El Ayuntamiento te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días. Si no justificas, pierdes el derecho al cobro o tendrás que devolver el importe no justificado con los intereses que procedan.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses, contados desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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