Ayudas individuales para estudiar euskera en Galdakao
Hasta 500€ por persona para pagar la matrícula de euskera del curso 2025-2026.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Galdakao para pagar la matrícula de los estudios de euskera.
- Para quién
- Alumnado mayor de 16 años que estudia euskera: alumnado del euskaltegi municipal, padres y madres, comercio local y perceptores de ayudas.
- Cuánto
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- Un porcentaje de la matrícula según tu perfil, con un máximo de 500€ por persona
La cuantía máxima de concesión en la convocatoria por persona es de 500€.Línea de ayuda Porcentaje de la matrícula Línea 1 · Euskaltegi Municipal y centros homologados no públicos 50% Línea 2 · Padres y madres de niños de 0 a 12 años y comercio local 60% Línea 2.3 · Perceptores de Renta de Garantía de Ingresos, Ayuda de Emergencia Social, Ingreso Mínimo Vital o desempleo 100%
- Un porcentaje de la matrícula según tu perfil, con un máximo de 500€ por persona
- Qué cubre
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- Los gastos de matrícula de los cursos de euskera del curso académico 2025-2026
- La matrícula de los cursos intensivos de verano y barnetegis de 2026
- Tanto los cursos presenciales como los de autoaprendizaje
- Requisitos
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- Tienes más de 16 años
- Has pagado más de 20€ de matrícula
- Has estudiado euskera en uno de los centros admitidos por la convocatoria
Centros de aprendizaje homologados de HABE que no sean de titularidad pública, el Euskaltegi Municipal de Galdakao y la Universidad Vasca de Verano (Udako Euskal Unibertsitatea).
- Acreditas al menos un 75% de asistencia al curso y haber superado el nivel o, en su defecto, un informe favorable de aprovechamiento
- Estás empadronado en Galdakao desde el inicio del curso y lo mantienes al presentar la solicitud
El empadronamiento no se exige para la línea 2.2 (personas titulares o empleadas de comercios del municipio). El alumnado del Euskaltegi Municipal de Galdakao tampoco necesita estar empadronado para las líneas 1 y 2.3.
- Eliges una sola de las dos líneas de ayuda, porque son incompatibles entre sí
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Declara si has solicitado o percibido otra ayuda por el mismo concepto y aporta copia del acuerdo de concesión
- Subsana la documentación en diez días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere, o se entenderá que desistes
- Devuelve el exceso, con el interés de demora correspondiente, si el conjunto de ayudas supera el coste de la actividad
- Mantén la condición de perceptor de la prestación que alegas hasta el momento de presentar la solicitud
- Cuándo
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- Abre: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes más de 16 años y has estudiado euskera este curso
- Eres alumno o alumna del Euskaltegi Municipal de Galdakao
- Estudiaste euskera en un centro homologado no público estando empadronado en Galdakao
- Eres padre o madre de un niño o niña de 0 a 12 años empadronado en Galdakao
- Eres titular o trabajas en un comercio local de Galdakao
- Cobras la Renta de Garantía de Ingresos, el Ingreso Mínimo Vital o el paro
- Pagaste 20€ o menos de matrícula
- Tienes 16 años o menos
- Solo quieres cubrir gastos de estancia o manutención de un barnetegi
- No acreditas al menos un 75% de asistencia al curso
- Quieres cobrar las dos líneas de ayuda a la vez
Cuánto puedes recibir
Cobras un porcentaje de la matrícula que hayas pagado: el 50% si vas por la línea 1 y el 60% por la línea 2. Si percibes la Renta de Garantía de Ingresos, la Ayuda de Emergencia Social, el Ingreso Mínimo Vital o la prestación por desempleo, se cubre el 100% del coste de la matrícula abonada. En ningún caso recibes más de 500€ por persona en esta convocatoria. Si las concesiones superan el límite de una línea, el importe se reparte a prorrata entre todas las solicitudes de esa misma línea.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba a qué línea de ayuda te puedes acoger, ya que son incompatibles entre sí
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Reúne la hoja de acreedor, el justificante del pago de la matrícula y el certificado de asistencia y aprovechamiento
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Rellena el formulario en línea de la web del Ayuntamiento de Galdakao entre el 1 y el 15 de octubre de 2026
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Pide asistencia técnica en la oficina de atención al público ESAN del Ayuntamiento de Galdakao si la necesitas
Documentación necesaria
- Declaración jurada de no haber solicitado ni percibido otra ayuda por el mismo concepto
- Hoja de acreedor cumplimentada por tu entidad bancaria, salvo el alumnado del Euskaltegi Municipal de Galdakao
- Justificante de haber abonado la matrícula con indicación de su importe
- Desglose del coste correspondiente únicamente a la matrícula, en el caso de internados
- Certificado de asistencia mínima y aprovechamiento expedido por el centro o euskaltegi, con el nivel realizado, las horas impartidas y recibidas y la asistencia mínima del 75%
- Fotocopia del contrato de trabajo vigente, si eres personal empleado de un establecimiento comercial de Galdakao
- Copia del acuerdo de concesión, si has recibido otra ayuda por el mismo concepto
- Certificado de percepción de la Renta de Garantía de Ingresos, la Ayuda de Emergencia Social, el Ingreso Mínimo Vital o el desempleo, solo si te opones a la comprobación de oficio
- Certificado de empadronamiento individual o colectivo, solo si te opones a la comprobación de oficio
- Alta en el impuesto de actividades económicas en el municipio, solo si eres titular de un comercio y te opones a la comprobación de oficio