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Ayudas Claras
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Ayudas a centros concertados gallegos para apoyo educativo

Ayuda a centros concertados de Galicia para atender alumnado con apoyo educativo

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consellería de Educación de Galicia para atender al alumnado con necesidades de apoyo educativo
Para quién
Centros docentes privados concertados de Galicia que imparten infantil, primaria, ESO o formación profesional
Cuánto
Hasta 15.000 € por centro
Qué cubre
  • Contratación de personal complementario de apoyo

    Logopeda, fisioterapeuta, psicólogo/a, pedagogo/a, trabajador/a social, educador/a social, terapeuta ocupacional, intérprete de lengua de signos y cuidador/a.

  • Reparaciones, mantenimiento y obras o instalaciones menores del centro

    Su cuantía no puede superar el 15 % de la ayuda.

  • Compra de material específico para ese alumnado, inventariable y no inventariable
Requisitos
  • Tu centro tiene concierto educativo vigente con la Consellería de Educación de Galicia
  • El concierto es de segundo ciclo de infantil, primaria, ESO, formación profesional básica o ciclos formativos
  • Escolarizas alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en unidades concertadas
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Comunidad Autónoma
  • Tienes necesidades que no están ya cubiertas por el concierto educativo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a los fines para los que la pediste en tu memoria
  • Realiza antes del 31 de diciembre de 2026 los gastos que imputes al anticipo
  • Justifica la ayuda por vía electrónica hasta el 30 de junio de 2027
  • Presenta una memoria de las actividades realizadas firmada por el representante del centro
  • Aporta las nóminas y facturas de los gastos junto con los justificantes de su pago
  • Declara las otras ayudas que hayas solicitado o te hayan concedido para lo mismo
Cuándo
  • Abre: 2 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Diriges un centro privado con concierto educativo vigente en Galicia
  • Tu centro imparte segundo ciclo de infantil, primaria o ESO concertadas
  • Tu centro imparte formación profesional básica o ciclos formativos de grado medio o superior
  • Escolarizas alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo en unidades concertadas
  • Necesitas contratar personal complementario como logopeda, fisioterapeuta o cuidador
  • Quieres comprar material específico para atender a ese alumnado
  • Tu centro es un centro concertado específico de educación especial
  • Tu centro no tiene concierto educativo vigente con la Consellería de Educación
  • Tu centro tiene unidades concertadas de educación especial y pides la ayuda para algo que no sea material inventariable
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
  • Escolarizas al alumnado en unidades que no están concertadas

Cuánto puedes recibir

Cada centro puede recibir como máximo 15.000 €, y los decimales de la cantidad asignada se redondean a la unidad. El reparto es en concurrencia competitiva: se suman los puntos de cada centro (8 puntos por alumno o alumna matriculado en el curso 2026/27 con necesidades específicas, 4 por cada uno del curso 2025/26, más puntos por la proporción de ese alumnado sobre el total del centro y por el grado de discapacidad) y cada centro recibe un importe proporcional a su puntuación respecto a la suma de todas, dentro de la dotación total de la convocatoria. La distribución se hace por niveles educativos, en dos grupos: infantil, primaria y ESO por un lado, y formación profesional y FP básica por otro. Una vez resuelto el expediente se abona de oficio un anticipo, que en ningún caso excederá del 80 % de la ayuda concedida y no exige garantía; los gastos que imputes a ese anticipo deben estar realizados antes del 31 de diciembre de 2026. El resto se paga tras justificar la ayuda, y si la justificación es incompleta o incorrecta solo se abona la parte correctamente justificada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria explicativa con las necesidades específicas de tu centro y la finalidad de la ayuda

  2. Reúne la certificación del alumnado según su tipo de discapacidad y, si consta, el grado reconocido

  3. Rellena el formulario normalizado de solicitud y fírmalo como titular o representante del centro

  4. Preséntalo por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia dentro del plazo de un mes

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles

  6. Consulta la propuesta de resolución provisional en el portal educativo y alega en diez días hábiles si lo necesitas

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud (Anexo I)
  • Memoria explicativa con las necesidades específicas del centro y la finalidad prevista de la ayuda
  • Relación detallada de materiales, finalidades y necesidades, si prevés comprar material inventariable
  • Certificación con el detalle del alumnado según su tipo de discapacidad y, en su caso, el grado reconocido
  • Si te opones a la consulta administrativa, copia de los documentos de identidad y los certificados de estar al corriente de pagos
  • Modelo normalizado de justificación (Anexo II), con la memoria de actividades, las nóminas o facturas y sus justificantes de pago

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para lo mismo?
Sí. Es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad de cualquier administración o entidad pública o privada nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Debes declararlas en la solicitud.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. La presentación es obligatoriamente electrónica. Si la presentas presencialmente, te requerirán para que la enmiendes por vía electrónica y contará como fecha de presentación la de la enmienda.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
Te requerirán para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
La resolución definitiva se publica en el Diario Oficial de Galicia en un plazo máximo de cinco meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin publicarse, puedes entenderla desestimada.
¿Hasta cuándo tengo que justificar la ayuda?
Hasta el 30 de junio de 2027, por vía electrónica y dirigida a la Dirección General de Centros y Recursos Humanos.

Fuentes oficiales

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