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Ayudas Gran Canaria Prestaciones
Prestaciones Gran Canaria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvención para deportistas individuales de Arucas

Ayuda del Ayuntamiento de Arucas para deportistas individuales del municipio.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Arucas para costear la práctica deportiva de deportistas individuales.
Para quién
Deportistas individuales del municipio de Arucas que compiten en la modalidad C.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Gastos federativos
  • Desplazamiento, estancia y manutención
  • Atención médica y pólizas de seguros, y equipamiento o material deportivo no inventariable
Requisitos
  • Estás empadronado en el municipio de Arucas
  • Compites como deportista individual en la modalidad C
  • Cuentas con un informe técnico favorable de tu federación deportiva o de otra institución pública
  • Presentas un proyecto detallado de las actividades que quieres financiar en 2026
  • Estás al corriente con Hacienda, la Agencia Tributaria Canaria y la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica los gastos en los 30 días hábiles siguientes al final del periodo de la actividad subvencionada
  • Presenta una memoria técnica del proyecto y una memoria económica con cada gasto, su acreedor, fecha e importe
  • Da la adecuada publicidad en todos los eventos deportivos en los que participes
  • Incluye, en la medida de lo posible, el escudo del municipio en tu publicidad física o digital identificando al Ayuntamiento de Arucas como patrocinador
  • Comunica y justifica por escrito, cuanto antes, si por circunstancias graves ajenas a tu voluntad no puedes realizar parte o toda la actividad
  • Devuelve la cuantía recibida si incurres en alguna causa de reintegro
Fechas estimadas
  • Abre: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres deportista individual y estás empadronado en Arucas
  • Compites por tu cuenta en la modalidad C durante 2026
  • Pagas licencias federativas, desplazamientos o material deportivo
  • Puedes conseguir un informe técnico favorable de tu federación deportiva
  • Tienes preparado un proyecto de tus actividades con presupuesto de gastos e ingresos
  • No estás empadronado en el municipio de Arucas
  • El club o la asociación deportiva a la que perteneces ya es beneficiario de estas subvenciones en el mismo ejercicio: no es compatible que lo seáis los dos
  • Eres una entidad deportiva de fútbol: te corresponde la modalidad A
  • Eres un club de otra especialidad deportiva: te corresponde la modalidad B
  • No puedes aportar un informe técnico favorable de una federación o institución pública
  • Tienes deudas pendientes con Hacienda, la Agencia Tributaria Canaria o la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Las solicitudes se comparan entre sí y se conceden a las que obtienen mayor valoración, hasta el límite del crédito de la convocatoria. El pago se hace por anticipado y en su totalidad una vez adoptada la resolución.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Elabora un proyecto detallado de las actividades deportivas que quieres financiar

  2. Prepara el presupuesto de gastos e ingresos previstos

  3. Pide a tu federación deportiva o a otra institución pública un informe técnico favorable

  4. Rellena la solicitud en el modelo normalizado del Anexo I marcando la modalidad C

  5. Presenta la solicitud en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Arucas dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín de la provincia

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I)
  • Fotocopia del NIF del solicitante y, en su caso, del representante legal
  • Certificado de empadronamiento en el municipio
  • Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas
  • Declaración responsable de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria Canaria y la Seguridad Social, o de no estar obligado a tributar
  • Informe técnico favorable de la federación deportiva u otra institución pública
  • Proyecto detallado de las actividades que se pretenden financiar, según los criterios del Anexo II
  • Presupuesto de gastos e ingresos previstos
  • Documento de la entidad bancaria con los códigos de la cuenta en la que se abonará la subvención

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe la subvención?
Las solicitudes se comparan entre sí y se ordenan por puntuación. En la modalidad C se valoran la elaboración técnica del proyecto, el presupuesto detallado de ingresos y gastos, el tipo de campeonato, los desplazamientos fuera de la isla, la discapacidad, ser deportista femenino y los resultados de la temporada anterior.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto puede tardar la respuesta?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si ese plazo vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la resolución?
Sí. Contra los actos de resolución expresa puedes interponer potestativamente un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo.

Fuentes oficiales

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